Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 27 de Septiembre de 2018, expediente COM 037872/2010/CA002

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

37872 / 2010 VENTURUCCI OSVALDO LUIS c/ ORGANIZACION

VERAZ S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

Juzg. 24 S.. 48 15-13-14

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2018.-

Y VISTOS:

Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión,

así como la naturaleza y monto del proceso -computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (conf. argumentos desarrollados por este tribunal en pleno en la causa “Banco del Buen Ayre S.A.”, del 29/12/94)-, se reducen a OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA

PESOS ($ 8.560) los honorarios regulados a favor del doctor R.F.Y., letrado patrocinante de la parte actora. Asimismo, se reducen a SIETE MIL DOSCIENTOS

DIEZ PESOS ($ 7.210) los correspondientes al doctor R.J.A. y se confirman los del doctor J.J.C. –letrados apoderados de “Organización Veraz S.A.”- y, se reducen a CINCO MIL SETECIENTOS

CUARENTA PESOS ($ 5.740) los del doctor F.d.V. y se confirman los de la doctora M.d.P.G. –letrados apoderados de “Industrial and Commercial Fecha de firma: 27/09/2018

Alta en sistema: 17/12/2018

Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CAMARA 37872/2010

Expte. N°

Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA

Pág. 1

Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA

Bank of China (Argentina) S.A.” (ley 21.839, t.o. ley 24.432: 6, 7, 9, 19, 37 y 38).

De acuerdo -en lo pertinente- con las pautas ut supra consideradas y ponderando la complejidad e importancia de los trabajos realizados en autos, se reducen a DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS ($ 2.640)

los estipendios del perito contador A.F...

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