Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Septiembre de 2018, expediente COM 035937/2015

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C VENADOS MANUFACTURA PLASTICA S.A. c/ COARCOS S.R.L.

s/ORDINARIO Expediente N° 35937/2015/CA1 Juzgado N° 21 Secretaría N° 42 Buenos Aires, 13 de septiembre de 2018.

Y VISTOS:

La presente regulación de honorarios se efectúa bajo las pautas arancelarias vigentes al tiempo en que fueron realizadas las tareas que aquí

se ponderan (conf. C.S.J.N. en los autos: "F.C. e Hijos Agropecuaria c/Buenos Aires, provincia de s/daños y perjuicios", del 12.09.96).

Habida cuenta la tarea profesional cumplida, su utilidad, el tiempo insumido y la naturaleza del asunto, se elevan a tres mil pesos ($ 3.000) los honorarios de la perito contadora, A.C.B.K., regulados a fs. 115/4 (decreto ley 16.638/57 y art.478 CPCC).

N. por Secretaría.

Fecha de firma: 13/09/2018 Alta en sistema: 14/09/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), VENADOS MANUFACTURA PLASTICA S.A. c/ COARCOS S.R.L...

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