Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 15 de Abril de 2011, expediente 61498

Fecha de Resolución15 de Abril de 2011

Incidente de apelación del procesamiento planteado por la defensa de Vicios Marcelo VÉLEZ MACHADO

sÁNCHEZ, formado en la causa N° 757/09, caratulada: "vELEZ MACHADO, V.M.

S/INFRACCI6N ART. 302", Juzgado Nacional en lo Penal Económico W3, Seco 5, Sala "B", N° 61498, folio N° 038, orden N° 23.838.

Buenos Aires, lS de abril de 2011.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de V.M.V.M. sÁNCHEZ a fs. 93/94 vta. del expediente principal (fs. 20/21 vta. del presente incidente) contra la resolución de fs. 85/90

vta. del legajo principal (fs. 14/19 vta. de este incidente), por la cual se dispuso el procesamiento, sin prisión preventiva, del nombrado y se mandó a trabar embargo sobre los bienes de aquél hasta cubrir la suma de mil ochocientos pesos ($ 1.800).

...J El memorial presentado por la defensa de Víctor Marcelo VÉLEZ

« MACHADO sÁNCHEZ de fs. 34/36 vta. del presente incidente.

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O y CONSIDERANDO:

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  1. ) Que, por la resolución recurrida se dispuso el auto de . procesamiento de V.M.V.M. sÁNCHEZ, por el libramiento y la posterior orden de no pagar el cheque No. 03400178,

    correspondiente a la cuenta corriente No. 034 358486/6 del Banco Santander Río, sucursal S.C., a nombre de Víctor Marcelo VÉLEZ MACHADO

    sÁNCHEZ y C.A.R., en el carácter de autor del delito previsto por el primer supuesto 'del inc. 3 o del arto 302, del Código Penal.

  2. ) Que, conforme surge de las constancias de la causa, se encontraría acreditado que V.M.V. l'vIACHADO sÁNCHEZ

    completó y entregó el cheque investigado a Acencio del Señor SALBATIERRA

    en concepto de pago por una operación comercial (confr. fs. 8 del expediente principal). Por otra parte, V.M.V.M. sÁNCHEZ

    realizó la denuncia policial de extravío de aquel cheque, formuló una denuncia ante la Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Criminal y Correccional de la Capital Federal por extravío, y efectuó la contraorden de pago del documento en cuestión ante el banco girado (conf. fs. 1/2 de los autos principales y la documentación reservada por Secretaría).

  3. ) Que, los agravios desarrollados por la defensa en cuanto a que V.M.V.M. sÁNCHEZ no entregó el cheque investigado, y que habría dado la orden de no pagar en la creencia que aquel había sido extraviado,. no pueden prosperar.

  4. ) Que, en este sentido, la entrega del cheque investigado se encontraría acreditada por las manifestaciones de· Acencio del Señor SALBATIERRA, quien señaló al prestar la declaración testifical que recibió.

    aquel documento...

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