Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita404/15
Número de SAIJ15090271
Número de CUIJ21 - 509408 - 6

VELEZ, J. Y OTROS c/ EPE Y OTROS -DAÃ'OS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 404/15 Nº Saij: 15090271 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 264 Pág. de inicio: 020 Pág. de fin: 025 Fecha del fallo: 28/07/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > RESPONSABILIDAD OBJETIVA > DAÑO CAUSADO CON LA COSA Tesauro > ENERGIA ELECTRICA Tesauro > DAÑOS Y PERJUICIOS > CULPA DE LA VICTIMA Tesauro > DAÑOS Y PERJUICIOS > RELACION DE CAUSALIDAD > CULPA DE LA VICTIMA Tesauro > VICTIMA > CULPA CONSTITUCIONAL - CIVIL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. DAÑOS Y PERJUICIOS. RESPONSABILIDAD OBJETIVA. DAÑO CAUSADO CON LA COSA. ENERGIA ELECTRICA. RELACION DE CAUSALIDAD. CULPA DE LA VICTIMA La presente queja debe ser rechazada, desde que los argumentos esgrimidos por la quejosa enderezados a cuestionar la valoración de la prueba -aduciendo que se ha omitido la consideración de las declaraciones testimoniales y las periciales y que no se ha aplicado correctamente lo prescripto por el artículo 1113 del Código Civil, en tanto era obligación del demandado acreditar la ruptura del nexo causal a partir de la demostración de la culpa exclusiva y excluyente de la víctima- no lucen idóneos para desvirtuar los fundamentos dados para la Alzada al rechazar la acción indemnizatoria por entender que fue la conducta del occiso la generadora del desgraciado desenlace por el cual se reclama, al vulnerar indebidamente la traza de alambres y manipular elementos conductores de electricidad en derredor de una cabina eléctrica donde eran perfectamente observables los cables y los aisladores. (Del voto de la mayoría. En disidencia: D.. Falistocco y E.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Civil, artículo 1113.

  1. > DAÑOS Y PERJUICIOS > DAÑO CAUSADO POR EL RIESGO O VICIO DE LA COSA Tesauro > DAÑOS Y PERJUICIOS > RELACION DE CAUSALIDAD > NEUTRALIZACION DE LOS RIESGOS T. > DAÑOS Y PERJUICIOS > RESPONSABILIDAD OBJETIVA > COSA RIESGOSA Tesauro > DAÑOS Y PERJUICIOS > CULPA DE LA VICTIMA Tesauro > DAÑOS Y PERJUICIOS > RELACION DE CAUSALIDAD > CULPA DE LA VICTIMA CIVIL DAÑOS Y PERJUICIOS. RELACION DE CAUSALIDAD. NEUTRALIZACION DE LOS RIESGOS.

    CULPA DE LA VICTIMA.

    A juicio de los sentenciantes, no ha sido el riesgo propio de la electricidad lo que ha generado el perjuicio por el que se reclama, sino que el mismo fue causado por el hecho de la víctima que -interponiéndose en el curso ordinario de las cosas- desvinculó la relación de causalidad entre el hecho nocivo y los daños sufridos; conclusión que no se ve enervada por una supuesta tolerancia de la empresa codemandada propietaria del predio respecto del ingreso por parte de quienes trabajaban en el carribar ubicado en las inmediaciones de la cabina eléctrica, puesto que -según expresa la sentencia- para que el daño sea resarcible debe afectar un interés legítimo, no pudiendo provenir del menoscabo a un interés repudiado expresa o implícitamente por el orden jurídico considerado en su conjunto, como es en la especie el hecho de ingresar ilícitamente a una propiedad ajena en provecho propio. (Del voto de la mayoría. En disidencia: D.. Falistocco y E.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Civil, artículos 1111 y 1113, segundo párrafo, segunda parte.

    Texto del fallo Reg.: A y S t 264 p 20/25.

    Santa Fe, 28 de julio del año 2015.

    VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la parte actora contra la resolución de fecha 19 de noviembre de 2012, dictada por la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, en autos "VELEZ...

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