Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Febrero de 2005, expediente Ac 91912

PresidenteNegri-Roncoroni-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 91.912 "V., N. y D., J.. Pedido de quiebra. Acreedor: E.. P.S.R.. de queja".

//Plata, 9 de febrero de 2005.

AUTOS Y VISTO:

El pronunciamiento de la Cámara, que deja firme el rechazo del pedido de quiebra efectuado por el acreedor por no encontrarse acreditado el estado de cesación de pagos ni haberse agotado las vías legales para obtener la satisfacción del crédito, no reviste carácter definitivo en el concepto de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. Ac. 41.368 del 11-X-1988; Ac. 88.237 del 6-VIII-2003; Ac. 88.699 del 28-VII-2004, entre otras).

POR ELLO, se declara bien denegado el...

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