Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 10 de Mayo de 2017, expediente B 74259

PresidenteKogan-Negri-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.74.259 "VELA DARIO RENE Y OTROS C/ MASSUH Y OTROS S/ LEGAJO DE APELACION (NACIÓN FIDEICOMISOS SA APELA RES. 25/11/15 Y 2/12/15). --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 161 INC. 2° CONST. PROV.--"

La Plata, 10 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS :

Toda vez que esta Corte, al anular oficiosamente la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata en los autos Q. 71.817 "Vela, D.R. y Otros c/ Massuh SA s/ Leg. de apelación de medidas cautelares" (res. del 11-XII-2013), ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que, integrado como corresponda, dicte nuevo pronunciamiento, compete a aquélla -con distintos jueces- el conocimiento y la decisión de la presente causa (doctr. causas B. 73.843 "F.F. y de Administración Empresa Papelera Quilmes", res. de 21-X-2015 y B. 73.872 "Vela", res. de 22-XII-2015).

Siendo así, en atención a que tras la inhibición de los camaristas del Fuero Contencioso Administrativo previnieron los miembros de la Sala I de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata (cfr. causa Q. 71.817 "Vela", res. de 13-IV-2016), corresponde que sea la Alzada natural al juez recurrido integrada con los magistrados mencionados en segundo término la que entienda en la apelación deducida por la demandada a fs. 41 (arts. 6 inc. 1°, 189 y...

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