Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 27 de Abril de 2017, expediente CAF 043650/2013/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación Causa Nº 43.650/2013/CA1: “De la Vega, M.E. y otros c/ EN-

Correo Oficial de la República Argentina SA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”

En Buenos Aires, a 27 de abril de 2017, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de tratar los recursos interpuestos en los autos: “De la Vega, M.E. y otros c/ EN-Correo Oficial de la República Argentina SA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, contra la sentencia de fs. 264/267, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que los señores M.E. de la Vega, V.H.V.A., R.E.A., N.G.M., José

    Reynaldo Perulero, R.E.G., R.I.P. y L.A.J., promovieron demanda contra el Correo Oficial de la República Argentina SA (en adelante CORASA) con el objeto de que se le ordene el pago del “…‘Complemento Mensual’ otorgado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1244/98…”, por los períodos no prescriptos…, con más los intereses de ley desde la fecha de devengamiento de los montos adeudados hasta su efectivo pago, gastos y costas de ley…” (v. fs. 2/9vta.).

    Pusieron de manifiesto que participaron en el conflicto bélico de Malvinas, en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, “…revistiendo en su consecuencia, la calidad de Ex Combatientes o Veteranos de Guerra de Malvinas (V.G.M.)…” (v. fs. 3vta.) y que ingresaron en diversas fechas a prestar servicios laborales en relación de dependencia en la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos SA (ENCOTESA) “…situación jurídica que se mantuvo cuando se adjudicó la concesión de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba dicha empresa al CORREO ARGENTINO SA en el año 1997, mediante el dictado del Decreto 840/97…” (v. fs. 3vta., tercer párrafo) y que dicha “…continuidad Fecha de firma: 27/04/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #16380497#177374208#20170427110132481 Poder Judicial de la Nación Causa Nº 43.650/2013/CA1: “De la Vega, M.E. y otros c/ EN-

    Correo Oficial de la República Argentina SA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”

    laboral, se mantuvo cuando en el año 2004 y mediante el dictado del Decreto 721/2004, se constituye el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. siendo en la actualidad empleados del mismo…” (v. fs. 3vta./4).

    En virtud de ello, concluyeron que reunían “…la doble condición de Veteranos de Guerra de Malvinas y desempeñarse en el Correo Oficial de la República Argentina S.A. [por lo que] les corresponde la percepción del COMPLEMENTO MENSUAL establecido por el Decreto 1244/98…” (v. fs. 5), por los períodos no prescriptos, con más los intereses de ley desde la fecha en que se devengaron los montos adeudados y hasta su efectivo pago.

  2. ) Que la señora juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a CORASA al pago de los suplementos previstos por el decreto 1244/98 (v. fs. 266vta., in fine).

    Para así decidir, destacó que los demandantes habían acreditado la condición de “ex combatientes…con los certificados emitidos por el Mº de Defensa a nombre de cada uno de ellos, como ex soldado conscripto ‘veterano de guerra’ (v. fs. 131/138)”, los que “… dan cuenta de su participación en el TOAS…” (v. fs. 265vta., quinto párrafo).

    Asimismo, a fs. 232, el EMGE, también había comunicado que los actores eran ex combatientes de aquel conflicto bélico (v. fs. 265vta., sexto párrafo).

    Tras citar jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, advirtió que en autos no se discutía el desempeño de los actores ni tampoco que los ex combatientes incorporados a la Administración Pública gozan del beneficio mensual previsto por la ley 23.109 y el decreto 1244/98.

    En este punto, destacó que el Correo Oficial de la República Argentina había sido constituido como “…un ente jurídico, en la órbita de la Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios ‘que tiene bajo su responsabilidad la operación del Servicio Oficial del Correo’(anteriormente a cargo de ENCOTESA y luego de Correo Argentino SA)…” (v. fs. 266).

    Fecha de firma: 27/04/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #16380497#177374208#20170427110132481 Poder Judicial de la Nación Causa Nº 43.650/2013/CA1: “De la Vega, M.E. y otros c/ EN-

    Correo Oficial de la República Argentina SA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”

    Tras aclarar que el 100% de su capital pertenece al Estado Nacional y a que, en definitiva, el beneficio en cuestión tiene como finalidad “…premiar a quienes pusieron en juego su vida en pos de la recuperación de las Islas Malvinas durante el conflicto bélico de 1982…”

    (v. fs. 266), concluyó que se debía declarar el derecho de los demandantes a que se les abonase el suplemento previsto por el decreto 1244/98 “…

    conforme la liquidación que se practicará en la etapa de ejecución de sentencia. Todo ello, por el período no prescripto de 5 años tomando como referencia el 23/5/13, fecha en que los actores reclamaron en sede administrativa (ver. fs. 13, 28, 43, 56, 73, 88, 103 y 118), con más intereses desde que cada suma es debida, aplicando la tasa pasiva del BCRA…” (v.

    fs. 266vta., párrafos segundo y tercero).

    Impuso las costas al vencido (art. 68 del CPCCN).

  3. ) Que, contra ese pronunciamiento, tanto CORASA como los actores dedujeron recursos de apelación (fs. 268 y 270), que fueron concedidos libremente a fs. 269 y 271, respectivamente.

    Puestos los autos en la Oficina, los actores expresaron sus agravios a fs. 274/275, que fueron replicados a fs...

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