Vasquez Nelly del Valle S/ Quiebra (por Carneiro de Trujillo Mirta y Otros)

Fecha de publicación26 Junio 2009
Fecha de disposición26 Junio 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31682

2009 para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la Sindicatura designada, 'Estudio Herrera & Asociados', en el domicilio sito en la calle Viamonte 1454, piso 4º 'A', de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se hace saber a los acreedores que dentro de los siete días del vencimiento del período de observación de créditos (art. 34 LCQ), podrán presentar al síndico una contestación a las observaciones que se hubieran formulado respecto de sus propios créditos. Fíjanse los días 19 de noviembre de 2009 y 4 de febrero de 2010 para la presentación de los informes de los artículos 35 y 39 de la ley 24.522, respectivamente. Designase el día 7 de julio de 2010, a las 11 horas, para que tenga lugar la audiencia informativa (cfr. Art. 45 LCQ). Publíquese por cinco días en Boletín Oficial.

Buenos Aires, 17 de junio de 2009.

Juan Pablo Sala, secretario interino.

e. 23/06/2009 Nº 51993/09 v. 29/06/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 piso 4º de Capital Federal, en los autos 'Vásquez Nelly Del Valle s/ Quiebra (Por Carneiro de Trujillo Mirta y otros)' (Nº 100641) comunica por cinco días que con fecha 29.05.09 se decretó la quiebra de Nelly Del Valle Vásquez (DNI: 11.477.390), con domicilio en Abaucan sin número, San José, San Fernando del Valle de Catamarca, de la Provincia de Catamarca.

Los pedidos de verificación de crédito deberán presentarse ante el síndico Sergio Diego Hernán Gómez Marti con domicilio en Frias 145 piso 2 dpto. '6' (tel: 4857.0804; 4375-4377) hasta el día 02.09.09; los informes que establecen los arts. 35 y 39 de la LCQ se presentarán los días 15.10.09 y 26.11.09, respectivamente. La resolución prevista por el art. 36 LCQ será dictada el 29.10.09. Se intima a todos aquellos que tengan bienes o documentación de la fallida para que dentro del quinto día los ponga a disposición del síndico. Se prohibe efectuar pagos o entregar bienes a la fallida, bajo pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida a efectos que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los bienes, libros y demás documentación que tuviere en su poder y constituya domicilio dentro de las 48 hs, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se cita a la fallida a la audiencia de explicaciones del día 03.12.09 a las 11:00 hs.

Buenos Aires, 12 de junio de 2009.

Juan Pablo Sala, secretario interino.

e. 22/06/2009 Nº 51353/09 v. 26/06/2009 N° 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº 20 a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B. Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 26.05.09 se decretó la quiebra de Gamboa Claudia Raquel (DNI: 17.286.866), en la cual ha sido designada síndico la contadora Maria del Pilar Enriquez con domicilio constituido en Adolfo Alsina 1495, 4º '4' CABA., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el 13.08.09 (ley 24.522: 32) en el horario de 12:00 a 18:00 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el 25.09.09 y el general el 9.11.09 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímase al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que dicho funcionario tome inmediata y segura posesión de los mismos. Prohíbese a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.:217:1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Intímase al fallido para que en el plazo de 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de Tribunal. Se libra el presente en los autos Gamboa Claudia Raquel s/Quiebra, en...

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