VASQUEZ, MARCELA FABIANA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Fecha | 28 Febrero 2023 |
Número de expediente | CNT 036563/2022/CA001 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII
Expediente nro. CNT 36563/2022/CA1
JUZGADO Nº 39
AUTOS: "VASQUEZ, M.F. c/ PROVINCIA ART S.A. S/
RECURSO LEY 27348"
Ciudad de Buenos Aires, 28 del mes de febrero de 2023.-
VISTO
Y CONSIDERANDO:
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El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 13/22, contra la sentencia de fs. 12, que declaró desierto el recurso interpuesto a folios 91/112.
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A fin de contextualizar el análisis de la cuestión, el caso versa sobre una trabajadora de la empresa REX ARGENTINA S.A, que presta tareas de “Limpieza de Aeronaves”, desde el 01-06-2019.
Según su relato, en fecha 23/04/2021, se encontraba limpiando los asientos de metal de los aviones y sus cojines, los cuales estaban apoyados sobre una mesa, cuando uno de dichos asientos se zafa y cae sobre la trabajadora,
impactando violentamente en su cabeza, hombro izquierdo y mama izquierda.
Realiza la correspondiente denuncia en la A.R.T., es derivada al Centro Médico ambulatorio ubicado en Hipólito Irigoyen 688, donde le realizan estudios,
radiografías, resonancias y le diagnostican cervicobracalgia con protusión discal,
omalgia izquierda con lesión tendinosa y en manguito rotador post trauma y traumatismo de mama izquierda.
Le indican a modo de tratamiento calor, miorrelajante, control clínico, y la realización de kinesiología 15 sesiones.
En fecha 27/04/2021, le otorgan el alta médica, a su modo de ver, de forma prematura.
Mediante la disposición del Titular del Servicio de Homologación de folios 88/89, se aprobó el procedimiento llevado a cabo en sede administrativa, por el cual la Comisión Médica Jurisdiccional determinó que la actora, como consecuencia del accidente sufrido el día 23/04/2021, no posee incapacidad laboral.
Disconforme con ello, la accionante interpuso recurso de apelación contra dicha disposición a folios 91/112.
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Ahora bien, se solicita a este Tribunal que se provea la pericial médica, susceptible de abonar la postura de la actora.
Fecha de firma: 28/02/2023
Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA
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Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA 1
De la lectura de las constancias de autos surge que la resolución adoptada por la señora J. de grado fue sin efectuar las pruebas ofrecidas.
La evaluación de las secuelas del evento lesivo debería realizarse a través de una pericia médica, por facultativo sorteado de oficio, pues precisamente el dictamen médico obrante en el expediente es el que impugna el damnificado.
En este sentido, resulta también vinculante, lo señalado por esta CNAT
en el Acta nro. 2669/18 en cuanto a que: a) (…) recibidas las actuaciones,
sortearán el Juzgado que deba intervenir, el Juez determinará si los escritos recursivos fueron presentados en tiempo y forma y, en relación al recurso en sí;
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se faculta a las partes a peticionar las medidas de prueba denegadas o defectuosamente producidas, ello sin perjuicio de las medidas para mejor proveer que se pudieran adoptar.
Nótese que a ello debe añadirse la irregularidad en la elevación de las actuaciones por parte de la Comisión Médica, la cual una vez interpuesto el recurso ante la justicia ordinaria se encuentra, en términos imperativos, obligada a la elevación de las actuaciones con la totalidad de los estudios y constancias médicas que fueron realizados al reclamante, pues pasaron a conformar la prueba producida.
Todo ello, tiene correlato en el principio de tutela judicial efectiva, que encuentra basamento en nuestra N.F. en el artículo 18, en el cual se establece la garantía del debido proceso y el derecho de defensa en juicio,
todo lo cual tiene carácter supra legal (conf. artículos 75 inciso 22 de la C.N.)
por estar contemplado en la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo l0), Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo XVIII), Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 14) y Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica (artículos l.l.2,8...
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