Varios publicados en la fecha 21 de setiembre de 2015

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 3, Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Osvaldo Sergio Lezcano, Secretaría Única, a mi cargo, en los autos “Pérez Alberto Domingo s/ Quiebra (pequeña), (Expediente N° 79005, hace saber con fecha del 19/05/2014 se ha decretado la quiebra del Sr. ALBER- TO DOMINGO PÉREZ, D.N.I. 11.069.753, con domicilio en la calle Marco Avellaneda N° 674 (planta Baja, Remedios de Escalada, Pdo. de Lanús, Provincia de Buenos Aires.

Síndico designado: Galdys Benito, con domicilio constituido en Balcarce N° 225, Casillero N° 5 Lomas de Zamora (Tel: 4951-2638 / Mail: estudiozms@fibertel.com.ar). Y domicilio para recibir los pedidos de verificación en Sargento Cabral N° 380, Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires, horario de lunes a viernes de 10:00 a 17:00. Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos, justificativos de los mismos hasta el 16/10/2015. El 02/12/2015 y el 17/02/2016 se presentarán los informes previstos en los Arts. 35 y 39 LCQ. Intimar al fallido y terceros para que entreguen al síndico, los bienes de aquél, prohibir la realización de pagos al mismo, los cuales serán ineficaces. Intimar al deudor para que cumpla con el Art.

86 LCQ y para que dentro de las 24 hs. del auto de quiebra entreguen al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Intimar al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio so pena de tenerlo constituido en los estrados del juzgado. Lomas de Zamora, 2 de septiembre de 2015. Gustavo F. Giordano, Secretario.

C.C. 10.882 / sep. 15 v. sep. 21

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría N° 34 a cargo del Dr. Fernando Delgado, sito en la calle Marelo T. de Alvear 1840 3° piso, hace saber por cinco días que con fecha 24 de agosto de 2015 se ha decretado la quiebra de CABAÑA AVÍCOLA JORJU S.A.C.I.F.A. (CUIT N° 30- 53734181-1). El síndico titular interviniente es el contador Estudio Celano y Rodríguez con domicilio en la calle Tucumán 811, piso 2° “A”; Cap. Fed., Tel. 4322- 1775/0141. De conformidad con el Art. 202 -primer párrafo- LCQ hágase saber a los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo de la sociedad hoy fallida (20/12/2013), que podrán hacer valer sus derechos por la vía incidental, los acreedores que hubieran obtenido verificación de sus créditos durante el trámite de concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar. La sindicatura deberá recalcular los créditos verificados (LCQ:

202). Fíjese el día 30 de octubre de 2015, para que la sindicatura presente el informe previsto por el Art. 39 de LCQ. Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico en el término de 72 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b) Se ordena a la fallida y tercero que entreguen al síndico los bienes de aquélla que se encuentren en su poder. c) Se prohíbe hacer pagos a la fallida los que en su caso serán considerados ineficaces. Buenos Aires, 27 agosto de 2015. Fernando Delgado, Secretario.

C.C.10.888 / sep. 15 v. sep. 21

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa Correccional Nº 2062 seguida a Gustavo Alejandro Quinteros por el delito de Robo simple en grado de tentativa, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a GUSTAVO ALE- JANDRO QUINTEROS, sin apodos; de 26 años de edad;

de nacionalidad argentina; nacido el 1° de mayo de 1989 en Morón; mecánico; titular del D.N.I. Nº 34.547.512; con último domicilio en la calle Lavalleja Nº 631 de la localidad y partido de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires; instruido; hijo natural de Karina Quinteros; mediante edicto a publicarse por el término de cinco (5) días a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta (30) días corridos a contar desde la publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección “k” de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente:

Morón, 11 de agosto de 2015. Habida cuenta de lo que surge del contenido de las actuaciones glosadas a fs.

121/124, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Gustavo Alejandro Quinteros por el término de cinco (5) días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro de los treinta (30) días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. (Arts. 129, 304 y cctes.

del C.P.P.P.B.A.). Fdo.: Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional

. Secretaría, 11 de agosto de 2015. Dra.

Silvia L. Caparelli, Secretaria.

C.C. 10.880 / sep. 15 v. sep. 21

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional Nº 1.950 seguida Lucas Agustín Tula por el delito de Daño Agravado, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese a LUCAS AGUSTÍN TULA, sin apodos; de 21 años de edad; de nacionalidad argentina; nacido el 24 de junio de 1993 en San Martín; provincia de Buenos Aires;

titular del D.N.I. Nº 37.810.992; con último domicilio en la calle Alvear Nº 2345 de la localidad de Villa Ballester, Partido de Gral. San Martín, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Lucas Raúl y de Marciana Acosta ; mediante edicto a publicarse por el término de cinco (5) días a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta (30) días corridos a contar desde la publicación, a este Juzgado, sito en la calle Colón y Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sección “k” de la localidad y partido de Morón, provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente:

Morón, 13 de agosto de 2015. Habida cuenta de lo que surge del contenido de las actuaciones glosadas a fs.

228/231, citese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Lucas Agustín Tula por el término de cinco (5) días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro de los treinta (30) días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. (Arts. 129, 304 y cctes. del C.P.P.P.B.A.). Fdo.: Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez de lo Correccional

. Secretaría, 13 de agosto de 2015. Dra.

Silvia L. Caparelli, Secretaria.

C.C. 10.881 / sep. 15 v. sep. 21

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 22135, caratulada “Sinatra, Darío Raúl s/lnf. Art. 74 Inc. a) Dec. Ley 8.031/73”; cítaselo a SINATRA, DARÍO RAÚL; argentino;

con último domicilio conocido en la calle De La Carcova Nº 2.882, perteneciente al Partido de Merlo. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de lo resuelto por la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Morón cuya parte pertinente a continuación se transcribe:

Acuerdo: En la ciudad de Morón, a los tres días del mes de marzo del año dos mil quince.. Antecedentes.

Cuestiones Votación. Sentencia- confírmase, la sentencia apelada, en cuanto fue materia de recurso, con modificación, todo ello de manera tal, que Darío Raúl Sinatra, de las demás circunstancias personales obrantes en la causa, queda condenado a las penas conjuntas de multa de pesos dos mil ciento noventa y seis con setenta centavos- equivalente al veinte porciento del actual cargo de inicio de la jerarquía policial-, y veinte días de arresto, el que se deberá tener por compurgado, atento el tiempo sufrido en detención preventiva, con costas, por resultar autor material y responsable, de la falta prevista y reprimida por el artículo setenta y cuatro inciso a) del Decreto Ley ocho mil treinta y uno barra setenta y tres, acaecida el nueve de diciembre de dos mil catorce, en la localidad de Merlo, partido homónimo, Artículos ciento treinta y cuatro a ciento treinta y siete del Decreto ocho mil treinta y uno.

Regístrese...

Hay una firma ilegible y debajo un sello que reza: Sandra Claudia Mingolo, otra firma ilegible y debajo un sello que reza: Elisabet Miriam Fernández, y otra firma ilegible y debajo un sello que reza: Ana Laura Picerno, Secretaria”. Asimismo, deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet Nº 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarada Rebelde, y ordenar su comparendo compulsivo (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: “Merlo (Bs. As.), de agosto de 2015.

Atento al tiempo. transcurrido en que se encomendarán diligencias tendientes a verificar si el encartado Darío Raúl Sinatra, reside en el domicilio que ha fijado -oportunamente- en los presentes obrados, sito en la calle De La Carcova Nº 2882, perteneciente al Partido de Merlo; y dado que hasta el momento no fue posible ubicarlo allí, es oportuno disponer que se Notifique por edictos, a Darío Raúl Sinatra lo resuelto por la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Deptal., en la forma de estilo (Art. 129 del C.P.P., por aplicación del Art. 3º del C.

F. Bonaerense). Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de dos días; debiendo constar allí que el mencionado...

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