Varios Municipalidad de Godoy Cruz
Orden 6° Juzgado de Paz, autos N° 252810 "MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ c/TITULAR DOMINIO 899-DCW p/EJEC. LEY 8018", notifica al titular registral del dominio 899-DCW, Sr. Abdala, Víctor Rolando, DNI 14978240 demandado, con domicilio México N° 2136, Villa Hipódromo, Godoy Cruz, Mendoza, y a quienes se consideren con derecho sobre el bien automotor, el proveído de fs.13: Mendoza, 17 de Abril de 2015. Emplázase al titular registra¡ dominio 899-DCW en el término de veinte días, a fin de que retire el bien automotor individualizado en la demanda bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 7 de la ley 8018, en cuyo caso quedará exceptuado del pago de las costas generadas por el secuestro y multas que re-caigan sobre el bien siempre que acepte retirarlo en el estado que se encuentre y expresamente renuncie a cualquier reclamo derivado de dicho estado (art. 5° ley 8018). A tal fin se transcribe la parte pertinente de dicho art. "... En caso de no comparecer se presumirá el abandono de la cosa, pasando a propiedad del estado en condición de bien mostrenco dentro de los procedimientos definidos en este artículo debiendo procederse a realizar la venta en pública subasta". Sin perjuicio de tal notificación procédase a la publicación edictal por una vez en el Boletín Oficial (art. 7º ley 8018), convocando a quienes se consideran con derecho sobre el bien para que lo retiren en el plazo referido. Así mismo y para el caso de automotores y/o bienes registrables que se encuentren radicados fuera de la Provincia, procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial y Diario de mayor circulación de la Provincia (Uno o Los Andes) por una vez y a los efectos referidos (art. 6° y 7° ley 8018). Fdo. Dra. Norma Silvia Laciar de Luquez, Juez. Y a fs. 20 el Tribunal proveyó: " Mendoza, 27 de Mayo de 2015". Amplíese la demanda con respecto la persona denunciada Sr. Víctor Rolando Abdala en el Informe acompañado, a quien deberá notificársele la demanda en el domicilio denunciado. Fdo.: Dra. María Wilsa Blayotta, Secretaria Vespertina.
Bto. 62880
1/7/2015 (1 Pub.) $ 88,00
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Orden 6° Juzgado de Paz, autos N° 252816 "MUNICIPALIDAD DE GODOY CRUZ c/TITULAR DOMINIO 680-GBP p/EJEC. LEY 8018", notifica al titular registral del dominio 680-GBP, Sr. Pongetti, Miguel Octavio, DNI 33578780 demandado, con domicilio Av. España 866, Ciudad, Mendoza, y a quienes se consideren con derecho sobre el bien automotor, el proveído de fs. 13. Mendoza, 17 de Abril de 2015". Emplázase al titular registral dominio 6
80- GBP en el término de veinte días, a fin de que retire el bien automotor individualizado en la demanda bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 7 de la ley 8018, en cuyo caso quedará exceptuado del pago de las costas generadas por el secuestro y multas que recaigan sobre el bien siempre que acepte retirarlo en el estado que se encuentre y expresamente renuncie a cualquier reclamo derivado de dicho estado (art. 5° ley 8018). A tal fin se transcribe la parte pertinente de dicho art.: "... En caso de no comparecer se presumirá el abandono de la cosa, pasando a propiedad del estado en condición de...
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