Varios Hoffman

HOFFMAN S.A. - Por acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de fecha 31 de Octubre de 2016 resolvió aumentar el capital social de la suma de pesos doce mil con 00/100 ($12.000,00) a la suma de pesos un millón ochenta con 00/100 ($ 1.000.080.000). Así mismo resolvió modificar el artículo sexto de su estatuto social, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto: Se fija el capital social en la suma de un millón ochenta mil ($1.000.080,00) representado por ocho mil trescientas treinta y cuatro (8.334) acciones ordinarias nominativas no endosables de ciento veinte pesos (120,00) valor nominal cada una, con derecho un voto por acción. El capital social podrá ser elevado por resolución de la asamblea ordinaria de accionistas unánime, hasta su quíntuplo, guardando las proporciones del artículo ciento noventa y cuatro de la Ley General de Sociedades y las limitaciones establecidas en el artículo ciento noventa y siete de la misma, pudiendo delegar en el Directorio la oportunidad, forma y condiciones de pago. Cada resolución de aumento de capital deberá comunicarse a los organismos de contralor y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza. Seguidamente en la misma asamblea se decidió modificar dos artículos más del estatuto referidos a la limitación en la transmisibilidad de las acciones y las atribuciones del órgano de administración, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: Artículo Sexto: Derecho de preferencia, de acrecer y limitación a la transmisibilidad de acciones: Los socios de Hoffman S.A. pretenden mantener el control de la sociedad y la titularidad de sus acciones en el grupo de personas físicas que está integrado por los socios actuales; todo en virtud del conocimiento personal y confianza existente entre dichas personas. Por estas razones se establecen restricciones a la transmisibilidad de las acciones de Hoffman S.A., que persiguen limitar y restringir el ingreso de terceras personas ajenas. 6.1. Derecho de Preferencia y de acrecer: Los Accionistas tendrán derecho de preferencia para suscribir las nuevas acciones que la Sociedad pudiera emitir, en proporción a sus tenencias de acciones al momento de dicha emisión, con derecho de acrecer en igual proporción sobre la totalidad de las acciones no suscriptas por los accionistas que no hayan ejercido el derecho de preferencia, las que no podrán ser ofrecidas a terceros mientras existan Accionistas dispuestos a suscribirlas. 6.2. Limitaciones a la Transferencia: Las acciones de la sociedad, son transferibles entre sus accionistas y a favor de terceros en los siguientes términos. Definiciones: Por "Transferencia" se interpretará cualquier transacción onerosa o a título gratuito, que tenga como fin, la transferencia de la titularidad de las acciones, incluyendo pero no limitado a la venta, cesión, contribución, fusión, transferencia resultante de prendas o de gravámenes, incluyendo acuerdos de voto o bien la entrega o cesión del derecho a votar de las acciones y ejercitar los derechos políticos sobre las mismas aun cuando ninguna transferencia de titularidad se haga efectiva.6.3. Transferencias a herederos forzosos de socios. Asimismo los socios, podrán transferir libremente parte o la totalidad de su tenencia accionaria en la Sociedad, alos herederos legitimarios...

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