Varios publicados en la fecha 08 de setiembre de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Sr. Juez integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, Dr.

Osvaldo Fabián Cedarri, cita y emplaza a AZUL ALEJAN- DRO SCHRAMM, por el término de tres días computables a partir de la última publicación del presente, a estar a derecho en los autos Nº 3657 caratulada “Schramm, Azul Alejandro y otro s/ Robo Agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y con la participación de un menor de dieciocho años de edad en grado de Tentativa“ (I.P.P. 10-00-031187-13 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.I.J. Nº 6 Departamental; del Juzgado de Garantías Nº 1 Departamental; identificada a los fines de su sorteo en la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 1746/2013) del registro de la Secretaría única; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: “Morón, agosto de 2014.

Tiénense por evacuadas las vistas oportunamente conferidas a las partes, y sin perjuicio de lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial, dispónese su citación y emplazamiento mediante notificación por edicto para que en el término de tres días se presente a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarse su comparendo o detención según corresponda, a cuyo fin (Conf. Art. 129 del C.P.P.)... Fdo.

Osvaldo Fabián Cedarri, Juez.”. Secretaría, agosto 9 de 2014. Jorgelina Del Villar, Auxiliar Letrada.

C.C. 9.090 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS - El Señor Juez integrante del Tribunal - oral- en lo Criminal N° 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Elisa Beatriz López Moyano, por medio del presente, notifica, por el término de cinco días, a ROBER- TO DAMIÁN BARBOZA, la resolución dictada en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N° 1358/7, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa que se transcribe: Banfield, 15 de abril de 2014. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa registrada en Secretaría bajo el N° 1358/7 seguida a Roberto Damián Barboza en orden al delito de robo simple en grado de tentativa. Y Considerando: Que a fs. 246/vta., obra la presentación efectuada por el Sr.

Fiscal de Juicio actuante, Dr. Andrés Procopio, quien solicitó se declare la extinción de la acción penal por prescripción respecto del hecho investigado en la presente causa, respecto de Roberto Damián Barboza. Que al nombrado se le imputa la comisión del delito de robo simple en grado de tentativa en los términos de los Arts. 42 y 164 del C.P., el cual fue cometido con fecha 24 de agosto de 2002 -cfr. fs. 104/106. Asimismo el delito de robo simple en grado de tentativa es sancionado con una pena máxima de cuatro (4) años de prisión. Que conforme se desprende de fs. 135/vta. con fecha 4/8/204, el incusado Roberto Damián Barboza fue declarado rebelde, ordenándose su comparendo compulsivo. Que con fecha 16/12/13 el nombrado fue habido -cfr. fs. 235. Sentado ello, y toda vez que desde la fecha de radicación de la presente causa por ante este organismo (27/4/04 cfr. fs. 112), transcurrieron con exceso los plazos previstos por el Art.

62 inc. 2) del Código Penal, en orden a lo expresamente dispuesto por el Art. 67 inc. d), sin que se haya producido en dicho período una causal interruptiva de la prescripción - cfr. informes del R.N.R. de fs. 240/243 y del Ministerio de Seguridad Registro de antecedentes policiales de fs. 244- , corresponde declarar extinguida la acción penal por prescripción. En consecuencia, corresponde dictar el sobreseimiento del nombrado Roberto Damián Moreyra, en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa, a tenor de los Art. 45, 55 y 164 del Código Penal. Por ello, este Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 Departamental, Resuelve: I. Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del imputado Roberto Damián Barboza, en orden al delito de robo simple en grado de tentativa, a tenor de los arts. 45, 55, y 164 del C.P. II. Sobreseer al imputado Roberto Damián Barboza, en orden al delito de robo simple en grado de tentativa, por haberse extinguido la acción penal por prescripción. Artículos 59 inc. 3°, 62 inc. 2°,67 inc. d) del Código Penal y 6, 321, 323 inc. 1° del Código de Procedimiento Penal. III. Notifíquese al Registro Nacional de Reincidencia y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires mediante oficio. Fdo.: Elisa Beatriz López Moyano, Jorge Eduardo Roldán, Jueces. Ante mí: Paula Soledad Silveti, Auxiliar Letrada. Secretaría, 15 de agosto de 2014. Paula Soledad Silveti, Auxiliar Letrada.

C.C. 9.093 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Isabel Ación, cita y emplaza por el término de cinco días a VÍCTOR MATÍAS DORTY sin apodos, de nacionalidad argentino, nacido el día 6 de febrero del año 1.993 en San Vicente, titular del DNI N° 36.483.536, hijo de Víctor Emilio Dorty (v) y de Ramona Gregoria Coronel (v), de estado civil soltero, instruido, de ocupación ayudante de albañil y con domicilio en calle Argentina N° 305 barrio Panamérica de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón, a fin de que comparezca por ante este Juzgado sito en la calle Talcahuano N° 278 de la Ciudad de Banfield, 1° piso, de lunes a viernes de 8:00 a 13:30 horas a estar a derecho (Art. 129 del C.P.P) en el marco del Incidente de Ejecución de Sentencia N° 49.096. Para mayor ilustración se transcribe el auto que así lo ordena: “Lomas de Zamora, 15 de agosto de 2014 ... Teniendo en cuenta la información brindada a fs. 26/vta. por la Defensa, y en razón de ignorarse el domicilio de Víctor Matías Dorty de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. cítase y emplázase al mencionado para que en el plazo de 5 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena impuesta. Líbrese Edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el plazo de ley...“ Fdo.

Isabel Ación, Juez. Se hace constar que de no presentarse en el término fijado se revocará la condicionalidad de la condena impuesta. Dado, firmado y sellado en la Sala de mi público Despacho, en Lomas de Zamora, a los 15 días del mes de agosto de 2014. Claudia Ungaro, Prosecretaria.

C.C. 9.094 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N° 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo del Sr.

Juez Dr. Luis M. Gabian, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a BALBUENA, CRISTIAN GUSTAVO, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N° 36502- 13, seguida al nombrado en orden al delito de Tcia.

Ilegitima de Arma de Fuego de uso Civil y de Guerra, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo, o se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención. Arts. 303, 304 del C.P.P). Lomas de Zamora, 15 de agosto de 2014, Andrea Viviana Ramos Perea, Secretaria.

C.C. 9.095 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS - Dr. José Luis Arabito, Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora. Provincia de Buenos Aires. Secretaría Única a cargo del Dr. Javier Oscar Vitale, por medio del presente notifica a JONES, ALAN EZEQUIEL hijo de Carlos Mario Jones y de Andrea Fabiana Muller, nacido el 7 de enero de 1991, en Avellaneda, DNI 35.019.979 de la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 28 de mayo de 2014. Autos y Vistos: Para resolver sobre la presente causa N° 007991-09/2 acumulada a la causa N° 000724-09/2, seguida a Jones, Alan Ezequiel en orden al delito de robo agravado por el empleo de arma en grado de tentativa... Considerando:... Resuelve: I. Declarar extinguida la acción penal que se siguiera contra Jones, Alan Ezequiel, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, respecto del hecho denunciado como ocurrido 14 de mayo de 2009, en las arterias Vélez Sarfield y la vías férreas en la localidad y partido de Avellaneda, calificado como constitutivo del delito de robo agravado por el empleo de arma en grado de tentativa, de conformidad con lo normado por los Arts. 76 bis y cc. del C.P. II.

Sobreseer a Jones, Alan Ezequiel, por el hecho descripto en el párrafo que antecede, cuyo proceso se registra por Secretaría del Tribunal como causa N° 007991-09/2 acumulada por cuerda floja a la causa N° 000724-09/2, conforme lo preceptuado por los Arts. 341, 404 y cc. del C.Pr.P. III. Notifíquese a las partes, regístrese y, consentido que sea el presente, comuníquese. Fdo.: Dres. Silvia S.

González, José Luis Arabito y Etel Bielajew, Jueces. Ante mí: Dr. Javier O. Vitale, Secretario.” (Arts. 129 del C.P.P.

Fdo. Dr. José Luis Arabito, Juez. Banfield, 15 de agosto de 2014 Ante mí: Dra. Gabriela Villar, Secretaria. Mariana González, Secretaria.

C.C. 9.096 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS – El Titular del Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L. Maffucci Moore notifica a HERNÁN JORGE RODRÍGUEZ VIGO en la causa N° 07-00-001568-13 (UFlyJ Nº 23 Flagrancia) la resolución que a continuación se transcribe: “Banfield, 10 de julio de 2014. Autos y Vistos... Considerando... Resuelvo: l. No hacer lugar a la nulidad planteada por la defensa (Arts. 201, 202 y 203 contrario sensu del C.P.P.). II. Sobreseer a Hernán Jorge Rodríguez Vigo, de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo supuesto autor penalmente responsable del delito de portación ilegal de arma de guerra atenuada que le fuera formalmente imputado (Art. 323, inciso 3 del C.P.P.). Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí: Luciana Caraballal”. C.C. 9.097 / sep. 2 v. sep. 8

POR 5 DÍAS – El Señor Titular del Juzgado de...

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