Varios publicados en la fecha 12 de setiembre de 2011

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. Nº 06-00-014301-10 caratulada “García Sergio Gustavo Bautista S/ Encubrimiento“, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días a GARCÍA SERGIO GUSTAVO BAUTISTA, D.N.l. N° 23.806.132, para que comparezca ante este Juzgado.

Fdo.: Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. Agosto 10 de 2011. Alessandro F. M. Vitale, Secretario.

C.C. 10.034 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, me dirijo a Ud. en la I.P.P. Nº 06-00-006868-08 caratulada “Ernesto Nicolás Herrera s/ Tenencia de Estupefacientes para consumo personal“, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, notifica a ERNESTO NICOLÁS HERRERA DNI 26.178.878 del siguiente resolutorio dictado por la Excma.

Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal Departamental (Sala II): “La Plata, 12 de julio de 2011...Por ello el Tribunal Resuelve: Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el señor Defensor Oficial, doctor Juan Gabriel Mendy, revocar el auto obrante a fs. 121/123 y sobreseer a Ernesto Nicolás Herrera en la presente causa seguida al nombrado por el delito de Tenencia de Estupefacientes para consumo personal, por los fundamentos expuestos en el considerando (Arts. 19 y 75 inc.

22 de la Constitución Nacional; 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 5 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 14 2º párrafo de la Ley 23.737; 210, 323 inc. 3º, 439 y concordantes del C.P.P.). Fdo.: Dres. Ricardo G.

Szelagowski, Sergio R. Almeida y Laura l. Lasaga, Jueces.

La Plata, 11 de agosto de 2011. Alessandro F. M. Vitale, Secretario.

C.C. 10.033 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. Nº 06-00-013055-10 caratulada “Scop Julio s/ Denuncia“, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal N° 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días a LUIS ALFREDO VISCARRA, D.N.I. N° 8.525.506, para que en el término de tres días de notificado comparezca ante este Juzgado a fin de notificarse de lo resuelto a fs. 23 del presente Incidente correspondiente a la I.P.P. N° 13055-10. Fdo.: Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. La Plata, 24 de agosto de 2011.

Alessandro F. M. Vitale, Secretario.

C.C. 10.032 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.

Graciela María Buscarini, cita y emplaza a DANIEL BEN- GOCHEA, argentino, nacido el 5 de agosto de 1950 en Capital Federal, hijo de Félix y Elena Velaz, DNI M8.626.454 y con último domicilio en diagonal 73 Nro.

2858 1/2 de La Plata. De conformidad con lo previsto en el en causa nro. 2526-3 (IPP 06-00-91-07 UFI 4, carpeta 15435 J. Gtías. 3) Seguida al nombrado por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional nro. 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 el 56 y 57, 1° Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: “La Plata, 19 de agosto de 2011. Atento las constancias de fs. 321/vta., y 331/vta. y 333, de las que resulta que el imputado Daniel Bengochea se ha ausentado del domicilio fijado, ignorándose su lugar de residencia actual, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo durante cinco días por edictos a estar a derecho, término durante el cual el causante deberá comparecer ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo (Arts. 129, 150, 303 y 304 del CPP). Para su cumplimiento, ofíciese al Boletín Oficial. Fdo.: Graciela M.

Buscarini. Jueza. Francisco R. N. de Lázzari, Secretario.

C.C. 10.030 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos Nº 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a MEDINA FRANCISCO DNI 14.250.495, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la l.P.P. 06-00-033572-08 caratulada” Medina Francisco S/Lesiones Culposas “ en trámite por ante esta U.F.l., a cargo de la Agente Fiscal mencionada, seguida a Medina Francisco por el delito de Lesiones Culposas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: “La Plata, 9 de agosto de 2011. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Medina Francisco, cíteselo en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra.” Fdo. Dr. María Antonieta Scarpino. Agente Fiscal. Secretaría, agosto de 2011. Dra.

Verónica Patricia Savián, Secretaria.

C.C. 10.028 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - en Causa N° 9227 Investigación Penal Preparatoria N° 787/09, seguida Cabral Víctor Joaquín y otro por el delito de Robo en Grado de Tentativa, de trá- mite por ante este Juzgado de Garantías N° 3, a mi cargo por licencia del titular, Secretaría Única a cargo del Dr.

Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido CABRAL VÍCTOR JOAQUÍN cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Plata, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 15 de julio de 2011 Autos y. Vistos ...Por ello Resuelvo: Sobreseer totalmente a los imputados Víctor Joaquín Cabral, sin apodos, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación gastronómico, de nacionalidad argentino, nacido el 25 de abril de 1987, en Monte Grande Prov. de Bs. As, y a Carlos José Fernández, DNI 30.262.934, de 25 años de edad, hijo de Jesús (v) y Catalina (v) de estado civil soltero, de ocupación empleado, de nacionalidad argentino, nacido el 24 de abril de 1983, en orden al delito de Robo en Grado de Tentativa, en atención a lo dispuesto en el

Art. 59

inc. 3° del C.P y 323 inc. 1° del C.P.P., por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha en esta causa N° 9227/IPP N° 787/09, caratulada Cabral Víctor Joaquín y Fernández Carlos José/ Robo en Grado de Tentativa. Regístrese... Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de Agosto de 2011 Autos y Vistos:... Resuelvo:... II- Proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Cabral Víctor Joaquín sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento. Proveo por licencia del titular. Dolores, 9 de agosto de 2011. Laura Inés Elías, Juez.

C.C. 10.024 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - En Causa N° 7.776 / I.P.P. N° 660-08 seguida a TOBÍAS CASAFUS por el delito de Uso de Estupefacientes con Ostentación y Trascendencia, de trá- mite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Casafus Tobías cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 19 de mayo de 2011. Autos y Vistos:...; y Considerando:..., Resuelvo: - Sobreseer totalmente al imputado Tobiás Casafus en órden al delito de Uso de Estupefacientes con Ostentación y Trascendencia, Art. 12 inc. b de la Ley 23.737, en atención a lo dispuesto en el Art. 59 inc. 3° del C.P y 323 inc. 1 ° del C.P.P., por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha en esta Causa Nº 9680/ I.P.P. N° 03-00-4961-09.- Notifíquese. Fdo. Gastón E.

Giles. Juez”. Dolores, 10 de agosto de 2011. Jorge A.

Mollard, Secretario.

C.C. 10.023 / sep. 6 v. sep. 12

POR 5 DÍAS - En Causa N° 11.608 /I.P.P. N° 03-00- 7290-10, seguida a BARRERA ALEJANDRO ANÍBAL; trá- mite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 interinamente a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría a mi cargo, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Barrera Alejandro Aníbal cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe:

Dolores, 9 de abril de 2011. Autos y Vistos, Considerando, Resuelvo. 1.- Sobreseer totalmente a Alejandro Aníbal Barrera en orden al delito de Tenencia de...

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