Varios publicados en la fecha 01 de setiembre de 2011

CASA CENTRALC.C.POR 10 DÍAS - La Sra. Jueza, Dra. Alejandra C.Bozzano, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería N° 2, sito en calle Rivadavia 205-211, 5° piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza por el término de diez días, al Sr. ALEJANDRO AVIT, DNI N° 18.180.094, nacido el 01/07/1966 para que comparezca a estar a derecho en autos caratulados: “Avit Alejandro s/ Sucesión Ab-Intestato“ Expte N° 404594/09.Secretaría, 26 de abril de 2011. María Lorena Spikerman, Secretaria.C.C. 9.565 / ago. 25 v. sep. 7 POR 5 DÍAS - En la Causa N° 19200 (I.P.P. N° 03/149/11) seguida a “Quisver Edgardo/Leby Ignacio/Pérez Jorge y otros s/ Resistencia a La Autoridad/Lesiones Leves (Flagrancia)”, de trámite anteeste Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a los encartados LEBY IGNACIO CECILIA MARSICO, JORGE ERNESTO PÉREZ LÓPEZ y PANDOLFI FRANCISCO, la resolución que dictara este Juzgado en el marco de la audiencia celebrada en fecha 28/02/2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “Por ello... Resuelvo:Sobreseer a los imputados Quisver Edgardo, Leby Ignacio, Pandolfi Francisco, Pérez Estévez Jorge Ernesto, Vergani Norberto Pablo, Marsico Cecilia y Cardello Nicolás, por los fundamentos expuestos... “. Fdo. Dra.Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1 Dptal. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso la reiteración del presente: “Dolores, 08 de julio de 2011. Por recibidas las presentes actuaciones vía fax del Juzgado Nacional en lo Penal de Rogatorias, atento que los encartados Leby Ignacio y Cecilia Marsico, no pudieron ser notificados de la resolución dictada en el marco de la audiencia celebrada en fecha 28/02/2011 que dispone el sobreseimiento, conforme surge de fs. 55 y 57, y que los imputados Jorge Ernesto Pérez López y Pandolfi Francisco, no fueron notificados en forma personal -ver fs. 54 y 59-, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P.”. Fdo. Dra. Laura Inés Elías. Juez de Garantías N° 1 Dptal. “Dolores, de agosto de 2011. Atento al tiempo transcurrido, no habiendo sido recepcionado el Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada, reitérese el oficio librado a fs. 60”. Fdo.Dra. Laura Inés Elías. Juez de Garantías N° 1 Dptal.C.C. 9.602 /ago. 26 v. sep. 1° POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, en autos “Zanguitu María Guadalupe s/ Quiebra“, Expte. N° 3379/2009, hace saber que el 01 de abril de 2011 se ha decretado la Quiebra de MARÍA GUADALUPE ZANGUITU, DNI 14.849.968, domiciliada en Cuartel XIII de la ciudad de Treinta de Agosto (Pdo. de Trenque Lauquen). Los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso (30/11/2009) pero anteriores a la de declaración de esta quiebra, podrán requerir verificación por vía incidental de acuerdo a lo normado por el Art. 202 de la Ley N° 24.522. La persona fallida deberá entregar al síndico sus libros de comercio y demás documentación contable dentro de las 24 hs. Serán ineficaces los pagos que se hagan a la persona fallida. Síndico: Julio Alberto Disanti, con domicilio en Uruguay 188 de Trenque Lauquen. Trenque Lauquen, 26 de abril de 2011. Elsa Marcela Cohen, Secretaria.C.C. 9.599 / ago. 26 v. sep. 1° POR 5 DÍAS – En la causa Nº 11236 (I.P.P. Nº 88782) seguida a “Ayala Anibal Pedro/ Parodi Sergio Oscar s/ Lesiones Culposas”, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Rivadavia s/n de Ranchos, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de agosto de 2.011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:.. Resuelvo:… Sobreseer totalmente a PARODI, SERGIO OSCAR, argentino, soltero, DNI Nº 28.762.750, de 27 años de edad, domiciliado en calle Rivadavia s/n de Cuartel II de Ranchos, nacido el 12 de agosto de 1981 en la Pcia. de Buenos Aires, hijo de Oscar Ceferino y de María Ester Ezeiza y declarar la Extinción de la Acción Penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas. (Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º y 94 del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P.). Regístrese, notifí- quese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1.Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:“Dolores, de agosto de 2011. Autos y Vistos… Resuelvo…2º) Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo: Dra. Laura Inés Elías de Garantías Nº 1.” Dolores, 11 de agosto de 2011. C.C. 9.605 / ago. 26 v. sep. 1° POR 5 DÍAS – En la Causa Nº 12217 (I.P.P. Nº 97858) seguida a “Aguilera Jorge Gabriel s/ Hurto Simple”, de trá- mite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Estados Unidos Nº 3560 Depto. 3 de Capital Federal, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de agosto de 2011 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo:… 1º) Sobreseer Totalmente a AGUILERA, JORGE GABRIEL, argentino, de 26 años de edad, soltero, empleado, domiciliado en calle Estados Unidos Nº 3560 Depto. 3 de Capital Federal, DNI Nº 31.348.302, nacido el 21 de septiembre de 1984 en San Clemente del Tuyú, y declarar la Extinción de la Acción Penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurto Simple. (Arts. 162 y 62 inc. 2º del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P.). Fdo:Laura Inés Elías de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de agosto de 2011. Autos y Vistos:…. Resuelvo… 2º) Regístrese.Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocer su domicilio actual. Fdo: Dra.Laura Inés Elías de Garantías Nº 1.” Dolores, 11 de agosto de 2011.C.C. 9.604 / ago. 26 v. sep. 1° POR 5 DÍAS – En la Causa Nº 19363 I.P.P. Nº 02/324/11 seguida a Beatriz Javier s/ Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil (Flagrancia), de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1, a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Esquiú entre Gaboto y El Cano de la localidad de San Bernardo, la resolución que dictara este Juzgdo con fecha 14 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “…. se Resuelve: Sobreseer totalmente a JAVIER BRÍTEZ, en orden al delito calificado como Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil sin la debida autorización legal en concurso real adulteración o supresión en la numeración o grabado de Armas de Fuego previsto y penado por los arts,. 189 bis inc. 2 y 5 del Código Penal…” Fdo. Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1 Dptal. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 04 de julio de 2011. Atento lo que surge de la notificación obrante a fs. 58/61 de la Carpeta de Causa, en la que se informa que el encartado Britez Javier no pudo ser notificado del sobreseimiento dictado en fecha 14/03/2011, por encontrarse el mencionado trabajando en la ciudad de Buenos Aires, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P.” Fdo. dra. Laura Inés Elías. Juez de Garantías Nº 1 Dptal. “Dolores, de agosto de 2011. Atento al tiempo transcurrido, no habiendo sido recepcionado el Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada, reitérese el oficio librado a fs. 62 de la Carpeta de Causa. “Fdo. Dra. Laura Inés Elías. Juez de Garantías Nº 1 Dptal. Dolores, 11 de julio de 2011.C.C. 9.603 / ago. 26 v. sep. 1° POR 5 DÍAS – El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a MAURO MAC INTY- RE en su calidad de víctima con último domicilio conocido en calle A. Brown Nº 2160 piso 6 depto. E de esta ciudad de Mar del Plata en causa Nº 5336 seguida a Ludueña Daniel Javier por el delito de Robo Calificado Art. 167 la Resolución que a continuación se transcribe: Mar del Plata, 29 de mayo de 2007. A fin de hacerle llegar las sinceras disculpas, en relación al hecho acaecido el día 21 de mayo de 2007, a raíz del cual se iniciara la causa Nº 27.403 de trámite por ante el Juzgado de Garantías Nº 1, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad Civil… Fdo. Ludueña Daniel Javier. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 17 de agosto de 2011.Autos y Vistos:… Resuelvo:… III) en razón de lo informado a fs. 60 en cuanto a la imposibilidad de hallar a Mauro Maz Intyre en su calidad de víctima, notifíquese al mismo a tenor del art. 129 del C.P.P., por...

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