Varios Publicados en la Fecha 10 de Diciembre de 2009

CASA CENTRAL C.C.

POR 5 DÍAS – Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en causa N° 7.254 caratulada “Aquino, Jorge Daniel; Pinto Carrasco, Omar Laberto y Pinto Carrasco, Cristian Ezequiel s/Inf. Art. 85 Dec. Ley 8.031/73”, cítase mediante el presente edicto a JORGE DANIEL AQUINO, con DNI 26.439.415, con domicilio en calle Azucena y Aratat de Mariano Acosta, que deberá comparecer ante el asiento de este Juzgado de Paz Letrado Departamental, sito en la calle Solanet N° 68 de la localidad de Merlo, partido homónimo, a efecto de estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo (art. 303, 304 del C.P.P.). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: “Merlo (Bs. As.), 20 de noviembre de 2009 … Por devuelta la presente causa contravencional. Téngase presente las diligencias efectivizadas y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Jorge Daniel Aquino, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo de lo dispuesto por este Juzgado a fs. 62/63 y que deberá presentarse en calidad de “citado” dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado rebelde (art. 129 C.P.P., por aplicación del art. 3° del C.P. bonaerense). Fdo. Dr. Eduardo A. Diforte, Juez”. Dado en Merlo (Bs. As.), a los 20 días del mes de noviembre de 2009. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 14.293 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS – El Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Mercedes, Doctor Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a WALTER JESÚS ESPINOSA BUTSOS, sin apodos, argentino, DNI. 22.614.600, nacido el 17 de mayo de 1972 en Tandil (B), hijo de Jorge Villar Espinosa y Elsa Amanda Bustos, con último domicilio en calle El Cano Nº 6787 de Moreno (B) para que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho respecto a la causa Nº 1390/09-3472 que se le sigue por el delito de Hurto Simple, conforme surge de la resolución que se transcribe: Mercedes, 18 de noviembre de 2009. Autos y Vistos: Atento a lo informado por la Comisaría de Moreno 2da. a fs. 29, cítese por cinco días a Walter Jesús Espinosa Bustos para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 129 del C.P.P.). Notifíquese. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila. Juez en lo Correccional. María Cecilia Renzelli, Secretaria. Secretaría, 18 de noviembre de 2009.

C.C. 14.384 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS – El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 2, Dr. Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a MARCOS GERARDO DANIEL LORENZO Y ACOSTA, para que dentro del término de cinco días comparezca a estará a derecho respecto a la causa Nº 1527/09-3490 que se le sigue por el delito de Daño y Resistencia a la Autoridad en concurso real, conforme surge de la resolución que se transcribe: Mercedes, 18 de noviembre de 2009. Autos y Vistos: Atento a lo informado precedentemente por la Comisaría de Moreno, cítese por cinco días a Marcos Gerardo Daniel Lorenzo y Acosta para que comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. (Art. 129 del C.P.P.). Notifíquese. Fdo. Dr. Roberto Daniel Vila Juez. Secretaría, 18 de noviembre de 2009. María Cecilia Renzelli, Secretaria.

C.C. 14.344 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS – En relación carpeta de Causa Nº 00461-09 autos caratulados “Casado, Adriel Elián Josué s/ Lesiones Leves en Santa Teresita “de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal. A mi cargo, sito en calle Pellegrini Nº 19 de Dolores, Secretaría Única de la Dra. Agustina Franco, de este Departamento Judicial Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar al joven CASADO, ADRIEL ELIÁN JOSUÉ y persona mayor responsable, cuyo último domicilio conocido era calle 10 Nº 456 de Santa Teresita, la siguiente resolución, la cual en su parte pertinente dice: “Dolores, 09 de octubre de 2009. Autos y Vistos.. Considerando.. Resuelvo: 1º). Declarar al menor Casado, Adriel Elián Josué, nacido el 4 de enero de 1993, en Capital Federal, con Documento Nº 37.989.602, hijo de Marcela Beatriz Casado, con domicilio en calle 10 Nº 456 de Santa Teresita, No punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente causa Nº 00461-09, caratulada “Casado, Adriel Elián Josué s/ Lesiones Leves en Santa Teresita”, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del departamento Judicial Dolores, No sometiendo al mismo a proceso penal. 2º) Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3º) Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, Cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. Fdo: María Fernanda Hachmann Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Asimismo transcribe el auto que dispuso el presente… “Dolores, 19 de noviembre de 2009. Por recibidas las notificaciones solicitadas a Comisaría de Santa Teresita en la presente causa Nº 00461-09, IPP Nº 00-006985-09, autos caratulados “Casado, Adriel Elián Josué s/ Lesiones Leves”. Y atento a lo informado. Agréguese y procédase a notificar por Edicto. Fdo: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal.

C.C. 14.383 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS – Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 9.227 caratulada “González, Daniel Esteban y Franco, Alejandro s/ Infracción artículo 85 Decreto Ley 8031/73”; cítase mediante el presente edicto a publicarse por el término de cinco días a DANIEL ESTEBAN GONZÁLEZ, con DNI Nº 13.862.583, con domicilio en calle Areco Nº 330 de Virrey del Pinto. Que deberá comparecer ante al asiento de este Juzgado de Paz Letrado Departamental, sito en la calle Solanet Nº 68 de la localidad de Merlo, Partido Homónimo, a efecto de estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo (Art. 303, 304 del C.P.P). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: “Merlo (Bs. As.) 20 de noviembre de 2009.. Por devuelta la presente causa contravencional. Téngase presente las diligencias efectivizadas, y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Daniel Esteban González, es oportuno disponer que se notifique por edictos al mismo de lo dispuesto por este Juzgado a fs. 37/vta y que deberá presentarse en calidad de “citado” dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante ésta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado Rebelde (Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3º C.F. bonaerense). Merlo (Bs. As.) 20 de noviembre de 2009. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.

C.C. 14.294 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, del Departamento Judicial de La Matanza, a cargo de la Dra. Nora Graciela Modolo, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Patricia Sara Gunsberg, sito en Presidente Perón 3.333, San Justo, Partido de la Matanza, Provincia de Buenos Aires, comunica por cinco días que, con fecha 3 de noviembre de 2009 se ha decretado la quiebra de AGRARIA SEGUÍ S.C.A. (CUIT 30-54948439-1). Se mantiene la sindicatura designada en el trámite concursal, el Estudio Caro, Urueña & Zaga (Tel.: 4952-3451/8782), con domicilio en Dr. Luis Pasteur 2945, San Justo, Provincia de Buenos Aires. Intímase a la fallida y a los terceros que tengan bienes de la misma, a ponerlos a disposición del Síndico en el término de cinco días. Intimar a la fallida a fin de que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio, y demás documentación relacionada con su contabilidad. Los acreedores que deban verificar créditos deberán adecuar sus pretensiones a lo prescripto en el Art. 202 de la Ley Concursal. El informe previsto por el Art. 39 y 202 in fine, deberá ser presentado el día 10 de febrero de 2010. Asimismo, adviértase a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerar los mismos ineficaces. Buenos Aires, 18 de noviembre de 2009. Patricia Sara Gunsberg, Secretaria.

C.C. 14.380 / dic. 3 v. dic. 10

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargo interinamente del Dr. Luis Alberto Ruiz Díaz, Secretaría Única, a mi cargo, sito en la calle Ituzaingó 340, Piso 2º, del Departamento Judicial de San Isidro, comunica por cinco días que con fecha 13 de octubre de 2009 se decretó la quiebra de don MARCELO HORACIO VIVIANI, DNI 10.125.639, se intima al deudor y a terceros para que dentro de las 24 hs. entreguen al síndico los bienes que tuvieren en su poder de aquél. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 hs. los libros y demás documentación relacionada con la contabilidad. Hácese saber la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán considerados ineficaces. A los fines de que el síndico proceda a recalcular los créditos de los acreedores verificados en el concurso preventivo (Arts. 202, 2° párr. L.C.) fíjase el día 3 de febrero de 2010 para la presentación del informe individual. San Isidro, 25 de noviembre de 2009. María Teresa Petrone, Secretaria.

C.C. 14.471 / dic. 4 v. dic. 11

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, del Departamento Judicial de San Isidro, hace saber que en autos “Bonnardel Enrique Manuel s/ Quiebra”, Expte. 76086, con fecha 18/08/2009, se ha decretado la quiebra de BONNARDEL ENRIQUE MANUEL, DNI 5.099.537, los acreedores podrán solicitar la...

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