Varios Publicados en la Fecha 20 de Noviembre de 2009

CASACENTRAL C.C.POR 5 DÍAS – En I.P.P Nº 70818, seguida a Acosta Cristian Rodolfo por el delito de Abuso de Armas y Lesiones Leves, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados FERNANDO JAVIER HUEGES, con DNI Nº 23.030.255, cuyo último domicilio conocido era en calle Blanco de Encalada Nº 4497 de Villa Urquiza; AGUSTÍN ZAPETTINI, con DNI Nº 30.746.592, cuyo último domicilio conocido era en calle Mendoza Nº 5049 de Villa Urquiza; DANIEL JOSÉ SABA, con DNI Nº 26.301.908, cuyo último domicilio conocido era en calle Monroe y Plaza de Villa Urquiza; y a CRISTIAN ACOSTA, con DNI Nº 30.494.306, cuyo último domicilio conocido era en calle Acha Nº 2636 de Villa Urquiza, todos de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 21 de enero de 2009… Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 Inc. 3º, 62. Inc. 2º, y 67 del C. Penal; y arts. 321, 322, 323. Inc. 1º, y 324 y Conc. del C.P.P, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Cristian Rodolfo Acosta, Daniel José Saba, Agustín Zapettini y Fernando Javier Hueges, por los delitos de Abuso de Armas y Lesiones Leves, previsto y reprimido en los Arts. 104 y 89 del C. Penal , que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Regístrese, notifíquese. Proveo en subrogancia del titular. Fdo. María Fernanda Hachmann. Juez Subrogante del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mi: Dr. Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario". Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 16 de octubre de 2009. Autos y vistos: Atento el tiempo transcurrido, no habiéndose recepcionado en esta sede el oficio librado a la sede del Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, a los fines de notificar a los coimputados Cristian Rodolfo Acosta, Daniel José Saba, Agustín Zapettini y Fernando Javier Hueges, de la resolución obrante a fs. 88 y vta de autos, reitérese el mismo en iguales términos. (Art. 129 del C.P.P). Regístrese. Fdo. Mariana Irianni. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mi: Juan Miguel Nogara Abogado Secretario. Mariana H. Irianni, Juez. Dolores, 16 de octubre de 2009.C.C. 13.140 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS – Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi Nº 137, en causa Nº 651/2843 seguida a DIONISIO RIVEIRO NEVES por Robo Calificado por Efracción en San Clemente del Tuyú; a fin de notificar al nombrado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: "Dolores, 30 de octubre de 2009. y Considerando: Que corresponde considerar oficiosamente la obligatoriedad del pago de las costas establecida en el Art. 531 del ritual penal. Y es así que, que por los motivos expuestos precedentemente, se torna cuestionable la exigibilidad del pago de las costas procesales; por lo que se lo exime de abonarlas. Así se resuelve. Art. 533 2do. Párr. del C.P.P. Fdo. Dres. María Ester Zabala. Analía Graciela Ávalos. Jorge Alberto Tamagno. Jueces. "Tribunal Criminal Nº 2". Asimismo se transcribe la parte pertinente de la Resolución que dispuso el presente: "Dolores, 30 de octubre de 2009. Notifíquese a las partes técnicas librándose la cédula de rigor, y al encausado Riveiro Neves mediante la publicación de edictos Judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. (Art. 129 del C.P.P). Regístrese. Fdo. Dres. María Ester Zabala. Analía Graciela Ávalos. Jorge Alberto Tamagno. Jueces. Tribunal Criminal Nº 2 Dpto. Judicial Dolores". Marisol Moreno, Secretaria. Dolores, 30 de octubre de 2009.C.C. 13.139 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS – El Juzgado Correccional Nº 1 a cargo el Dr. Carlos Ariel PicCo, Secretaría Única a mi cargo, Dra. Mayra Geli, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Gral. Pinto 1251, cita y emplaza a JUaN CARLOS MARTÍNEZ, DNI Nº 20.016.982, cuyo último domicilio conocido es calle Fullana Nº 1372 de Pergamino, a los efectos de que comparezca al presente Juzgado a los fines que se le harán saber oportunamente dentro del plazo de quince días de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde (Arts. 129 y 303 del C.P.P.). Mayra Geli, Secretaria.C.C. 13.138 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS – El Juzgado Correccional Nº 1 a cargo del Dr. Carlos Ariel Picco, Secretaría Única a mi cargo, Dra. Mayra Geli, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Gral. Pinto 1251, cita y emplaza a CRISTIAN BERNARDO FLORES, DNI Nº 30.948.312, cuyo último domicilio conocido es calle Prudencio González Nº 1479 de la localidad de Pergamino, a los efectos de que comparezca al presente Juzgado a los fines de que se le haga saber la fecha del debate en audiencia pública y juicio oral que se celebrará en este Juzgado, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde (Art. 129 y 303 del C.P.P.). Mayra Geli, Secretaria.C.C. 13.137 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS – El Juzgado en lo Comercial Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a MAXIMILIANO GABRIEL LAPALMA, con último domicilio en French y Humaita de la localidad de San Fernando, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres (3) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 1748, que se le sigue por Robo Simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el derecho que ordena al presente: "San Isidro, 4 de noviembre de 2009. En atención al informe policial obrante a fs. 77, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Maximiliano Gabriel Lapalma, cíteselo por edicto que se publicará por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo (Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P). "Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario". Secretaría, 4 de noviembre de 2009. Estanislao Osores Soler, Secretario.C.C. 13.122 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS – Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en IPP N° 004409-08, seguida a Damián Orieta y ot. por el delito de Robo Simple, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días a fin de notificar al prevenido nombrado DAMIÁN ORIETA, cuyo último domicilio conocido era en calle 9 y 70 N° 6970 de la localidad de Mar del Tuyú, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 3 de junio de 2009. Autos y Vistos.. Y Considerando… Por ello, argumentos expuestos, y disposiciones legales citadas. Resuelvo: Sobreseer totalmente a Gastón Damián Orieta, de nacionalidad argentina, con DNI 34.861.986, nacido el día 19 de septiembre de 1990 en San Clemente del Tuyú, hijo de Omar Gilberto (v) y de Karina Estela Altamirano (v) de estado civil soltero, instruido, desocupado, domiciliado en calle 9 y 70 N° 6970 de la localidad de Mar del Tuyú, Pdo. de La Costa, y a Rodolfo Mario Donnet, de nacionalidad argentina, con DNI 18.162.344, nacido el día 13 de diciembre de 1966, hijo de María Angélica Esteban y de Carlos de estado civil casado, instruido, de ocupación comerciante, domiciliado en calle Miranda N° 1360 e Merlo Matera, Prov. de Buenos Aires, en orden al delito de Robo simple, previsto y reprimido en el Art. 164 del C. Penal, y por el cual se les recepcionará declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P. Regístrese, notifíquese. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez Subrogante del Juzgado de Garantías N° 2, Departamento Judicial Dolores, Preveo por subrogación del titular. Ante mí: Dr. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario". Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 31 de octubre de 2009. Procédase a la notificación por edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Mariana Irianni, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N° 2. Ante mí: Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario. Mariana H. Irianni, Juez. Dolores, 31 de octubre de 2009.C.C. 13.141 / nov. 16 v. nov. 20POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 1 del D. Jud. de Trenque Lauquen, Bs. As., a cargo del Dr. Gustavo N. Bértola, Sec. a cargo Dr. Venticinque, hace saber por cinco días que el 26 de octubre de 2009 se ha decretado la quiebra del Sr. WALTER DANIEL PRIMO, DNI. 17.168.072, domiciliado en calle Los Arrayanes y Los Nogales N° 871 de General Villegas, Provincia de Buenos Aires; Síndico: Cr. Claudio Sergio Figal, Mitre N° 257 de Trenque Lauquen, haciendo saber que los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso pero anteriores a la declaración de esta quiebra, podrán requerir verificación por vía incidental de acuerdo a lo normado por el Art. 202 de la Ley 24.522. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico todos los bienes y documentación de aquél, bajo las penas y responsabilidades de ley. Intimar al deudor para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas toda la documentación relacionada con su contabilidad que no hubiere sido ya puesta a disposición del Juzgado. Autos: "Primo, Walter Daniel s/ Quiebra (Pequeña)" – Expte. Nº 682/2008, T. Lauquen, 3 de de noviembre de 2009. Diego B. Venticinque, Secretario.C.C. 13.130 / nov. 16 v nov. 20POR 5...

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