Varios Publicados en la Fecha 7 de Mayo de 2007

VariosCONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA Resolución Nº 4/07La Plata, 18 de abril de 2007.POR 3 DIAS - VISTO: El expediente número 0000-000048/07.CONSIDERANDOQue el Decreto Provincial 1596/99 transfiere al Consorcio de Gestión del Puerto La Plata la administración y la explotación de todos los espacios terrestres y acuáticos públicos comprendidos dentro de la zona de su jurisdicción portuaria del Puerto La Plata.Que asimismo el Decreto Provincial 1596/99 le otorga facultades suficientes para el cobro de tarifas por el solo uso de los espacios transferidos en administración y explotación.Que el Artículo 9° del Decreto Nacional 817/92 y el artículo 20 de la Ley Nacional 24.093 pone a cargo y bajo la responsabilidad de las administraciones portuarias el dragado, el balizamiento y otras actividades conexas en sus respectivos canales de acceso y espejo de aguas.Que el Artículo 75 inc. 2) de la Constitución Nacional establece que "No habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos".Que el inciso g del artículo 7 del Decreto Provincial 1596/99 establece que será una función del Consorcio de Gestión, planificar, dirigir, ejecutar por sí o por terceros el dragado, balizamiento en el Canal de Acceso al Puerto La Plata; y el inc. e) y g) del Artículo 8° establece que "el patrimonio y los recursos del Consorcio se constituyen e integran con: ... e) las tasas que cobre por el servicio de mantenimiento y profundización de los canales existentes en el ámbito de actuación". ... y f) las tasas que cobre por el servicio de dragado en las zonas de maniobras, accesos y sitios........Que conforme surge de la documentación obrante en el expediente número 0000-000048/07. es el Consorcio quien económicamente sostiene el servicio de faros, balizas y dragado en todo su ámbito de actuación.Que de conformidad con lo estatuido en el Art. 24 inc. b) y Art. 7° del Estatuto del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, aprobado por el Decreto Provincial nro. 1596/99, otorga al Directorio facultades suficientes para el dictado de la presente resolución.Por todo ello, el Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, en uso de sus legítimas atribuciones, RESUELVE:Artículo 1°: Establécese que todos los buques que ingresen a aguas jurisdiccionales del Puerto La Plata deberán abonar por el uso de las vías navegables las siguientes tarifas:a) Embarcaciones de ultramar, cualquiera sea su bandera, la suma de U$S 0,10 por tonelaje de registro neto.b) Embarcaciones de Cabotaje Marítimo Internacional, la suma de U$S 0,05 por tonelaje de registro neto.c) Embarcaciones de Cabotaje, la suma de $ 0,15 por tonelaje de registro neto.Las embarcaciones que actualmente poseen certificado trimestral de uso de puerto podrán optar por el pago trimestral del presente servicio, en cuyo caso abonarán el equivalente a 20 ingresos.Artículo 2°: Exceptúese del pago de la tarifa descripta en el artículo primero a las embarcaciones pertenecientes Organismos del Estado no dedicados al tráfico comercial que ingresan al puerto en cumplimiento de su misión.Artículo 3°: Las tarifas establecidas en la presente resolución serán de aplicación, pata todas las embarcaciones que ingresen o egresen del puerto a partir de la hora cero (00:00 hs) del día 01/06/07.Artículo 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese en el "Boletín Oficial" de la Provincia de Buenos Aires y archívese.Daniel Rodríguez Paz, Presidente; Argañaraz Jorge, Cacciamani Roberto, Garaza Ramón, Gliemmo Francisco, Morales Miguel, Souto Omar Alberto,Directores.C.C. 4.776 / may. 7 v. may. 9INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPOR 1 DIA.- Tabla General de Indices de Intereses Compensatorios, según Art. 12 Decreto-Ley 9650/80 (T.O. Decreto 600/94 y modif. Ley 11562) y Resoluciones IPS n° 5/97 (del 13/11/97) y n° 9/00 (del 27/7/00. Fernando E. Ucar Director de Recaudación y Fiscalización.-2007 - MES APLICABLE MAYOT.N.A.V. 17,00%VIGENTE AL 3-4-2007T.E.M. 1,40%T.E.D.V. 0,00047DIAS MAYO INDICE 1 2,0273 2 2,0278 3 2,0282 4 2,0287 5 2,0292 6 2,0296 7 2,0301 8 2,0306 9 2,0311 10 2,0315 11 2,0320 12 2,0325 13 2,0329 14 2,0334 15 2,0339 16 2,0343 17 2,0348 18 2,0353 19 2,0358 20 2,0362 21 2,0367 22 2,0372 23 2,0376 24 2,0381 25 2,0386 26 2,0390 27 2,0395 28 2,0400 29 2,0405 30 2,0408 31 2,0413Fernando E. UcarDirector de Recaudacióny FiscalizaciónC.C. 4.844CONSEJO DE LA MAGISTRATURATERNAS REMITIDAS ALPODER EJECUTIVO 24/04/07POR 1 DIA.- El Consejo de la Magistratura, por medio de la siguiente publicación informa las ternas elaboradas para la cobertura de vacantes en el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, según el siguiente detalle.-Ternas votadas por el Consejo el día 16 de abril de 2.007 y comunicadas al Poder Ejecutivo el día 24 de abril de 2007Agente Fiscal del Departamento Judicial Azul - Sede Tandil (1 cargo correspondiente al concurso cuya prueba escrita fuera tomada el día 7 de junio de 2.006)Dr. Damián Pablo Borean - Legajo 004524Dr. Marcelo Claudio Fernández - Legajo 002314Dra. Silvia Araceli Torres -...

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