Varios Publicados en la Fecha 6 de Febrero de 2009

CONTADURIA GENERAL INSTRUCCION DE SUMARIOSPOR 5 DIAS - La Instrucción Sumarial -Contaduría General de la Provincia- cita y emplaza a LEIVA CLAUDIO CESAR, DNI N° 22.902.422, a efectos de prestar declaración indagatoria en expediente N° 21.100-769648/04 en el cual se sustancia sumario administrativo de responsabilidad patrimonial ordenado por el Señor Contador General de la Provincia mediante Resolución N° 459/07, fijando audiencia para tales fines el día 24 de febrero de 2009 a las 09:00 hs y como supletoria el día 25 de febrero siguiente en el mismo horario, ante esta Instrucción Sumarial sita en calle 46 entre 7 y 8 -primer piso-La Plata Prov. de Bs. As. C.P. 1900. Notificado. Fdo. Dra. Rafaghelli María Fernanda-Instructora Sumariante. Contaduría General de la Provincia.C.C. 285 / feb. 4 v. feb. 10TRIBUNAL FISCAL DE APELACIONPOR 5 DIAS- Se notifica a JORGE HUGO GONZALEZ, representante del apelante Transportes El Onda SA, en el expediente Nº 2306-100254/03, caratulado "Transportes El Onda S.A. ", en trámite por ante la Sala 1ª del Excmo. Tribunal Fiscal de Apelación, que se ha dictado la siguiente resolución: "La Plata, 16 de diciembre de 2008. Autos y Vistos I) Conforme las notificaciones efectuadas a los responsables solidarios mediante cartas documento obrantes a fojas 1388/1341, y ante la no presentación en autos a fin de cumplimentar los recaudos procesales que fueran requeridos por providencia de fs. 1385/ 1385 vta., hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en la misma y téngase por constituido el domicilio legal en los estrados del Tribunal (conf. Art. 4 del C.F. t.o. 2004 y Arts. 40, 41 y 42 del C.P.C.C.). II). Asimismo y atento el resultado negativo de la carta documento de foja 1387, remitida al apoderado de la firma del epígrafe señor Jorge Hugo González procédase a dar cumplimiento a lo prescripto por el Art. 136 última parte del Código Fiscal (t.o. 2004) y publíquense Edictos durante el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial, a fin de notificar la providencia de fs. 1385/1385 vta., a los mismos fines y bajo el apercibimiento allí dispuesto. Firmado: Dr. Luis Adalberto Folino. Ante mí: María Cristina Semorile. Secretaria Sala I."C.C. 287 / feb. 4 v. feb. 10INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 2350-89563-00 ABERASTEGUI HERMINIO s/Suc. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 205 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 21557-37674-06 ANDRIN ROSA MARGARITA, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes, el contenido de la Resolución del Honorable Directorio N° 564.952 de fecha 28 de septiembre de 2.006. Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y, considerando: Que el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 9.650 Texto Ordenado 1994. Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes. Por ello el Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, Resuelve: Artículo 1: Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Puros a Andrin, Rosa Margarita nacido/a el 14/12/1939 con documento de identidad DNIF. 3877425 y domiciliado/a en Avda. Alberdi N° 387 San Nicolás.- Artículo 2: el beneficio acordado será liquidado a partir del día 01/03/200, y será equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de maestra de grado R - 1 (30%) con 27 años desempeñados en Dirección de Cultura y Educación. Artículo 3: notificar por la presente lo dispuesto por el art. 60 decreto Ley 9.650 cuyo texto se acompaña. Artículo 4: Aprobar el cómputo de servicios de fs. 13 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 27 años 06 meses y 22 días de servicio. Artículo 5: el Departamento inclusiones procederá a incluir el beneficio en planillas de pago de la Sección Magisterio. Observaciones: Se deberá tener en cuenta la real fecha de comienzo del que se otorga por la presente. El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad. Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto-Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo. Artículo 6: Regístrese en Actas, notifíquese al interesado y pase al Departamento Adecuaciones y altas para su cumplimiento. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 206 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 21557-88294-07 CARRASCO ANGEL FELlCIANO s/Suc. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 207 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 2350-102993-01 COULTER EDUARDO SANTIAGO s/Suc. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 208 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 21557-27032-05 GUERCI JORGE EDUARDO s/Suc. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 209 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 2350-129512-02 ROBLEDO NEMESIO s/Suc. a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes. Juan Carlos Lightowler Stahlberg, Presidente, Instituto de Previsión Social.C.C. 210 / feb. 4 v. feb. 10La Plata, 25 de noviembre de 2008.POR 5 DIAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente n° 2350-127829-02 RUBINO OBDULlO MARIO VICENTE s/Suc. a Herrera Selva Emilia, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes, el contenido de la Resolución del Honorable Directorio N° 574.729 de fecha 07 de junio de 2.007. Se presentan en autos Doña Lidia Amada Lugo Gimenez y Doña Selva Emilia Herrera solicitando el beneficio de pensión en su carácter de conviviente en aparente matrimonio y esposa, respectivamente de don Obdulio Mario Vicente Rubino ex - empleado de la Sección Administración General, y fallecido el 21/09/1999 y Considerando: que con fecha 21/09/1999 falleció el Sr. Obdulio Mario Vicente Rubino, por la que se presenta la Sra. Lidia Amada Lugo Giménez, en su carácter de concubina, peticionando beneficio pensionario en los términos del Dec - Ley 9.650/80 (T.O. 1994) en fecha 22/07/02. Asimismo con fecha 10/06/04 se presenta la Sra. Selva Emilia Herrera en su carácter de esposa separada de hecho del Sr. Obdulio Mario Vicente Rubino. Que la normativa señalada precedentemente prevé el beneficio para "la conviviente en el mismo grado y orden y con las mismas modalidades que la viuda en el supuesto que el causante hubiera convivido en aparente matrimonio durante por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o de tres si hubiera habido descendencia entre el causante y la conviviente..." En tal sentido surgen elementos probatorios tendientes a la acreditación de la convivencia con "visos matrimoniales", tal como lo prescribe la normativa provisional vigente. Correspondería en esta instancia acceder al beneficio pretendido por la Sra. Lidia Amada Lugo Giménez. Que se ha acreditado en autos que la Sra. Selva Emilia Herrera se encontraba separada de hecho del causante de autos en forma personal y no encuadrarse dicha situación bajo las prescripciones del segundo párrafo del inc.1 del Art. 34 del Dec-Ley 9.650/80 (T.O. 1994), corresponde el rechazo de la solicitud impetrada. Que habiéndose expedido la Asesoría General de Gobierno a fs. 105 y contando con la vista del Señor Fiscal de Estado a fs. 107 y siguiendo los lineamientos vertidos por el Departamento Relatoría de Fs. 109; Por ello el Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, Resuelve: Artículo 1°: Denegar el beneficio de Pensión solicitado por Doña Selva Emilia Herrera, clase 1.935, D.N.I. 1762711, domiciliada en la calle Palumbo N° 1902 de la Localidad de Longchamps, Partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires. Artículo 2°: Contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte días de notificado (Art. 74 Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994).- Artículo 3°: Acordar el beneficio de pensión a Doña Lidia Amada Lugo Giménez, clase 1.949...

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