Varios Publicados en la Fecha 5 de Abril de 2005

POR 5 DIAS - El Juz. C.C. 13, MdP, decretó el 2/3/05 quiebra indirecta de RUOCCO ACEVEDO CARLOS ELADIO C.U.I.T. 20-20633804-1 domiciliado en Bermejo N° 2.523 de Mar del Plata, dictándose las siguientes medidas b) La intimación a terceros que tengan en su poder bienes de los fallidos a que oportunamente hagan entrega al Síndico de los mismos; c) La prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados, h) Continuará Síndico designado en el Concurso Preventivo de los deudores. C.P.N. Salvador Moffa, (Art. 253 inc. 7° L.C.Q.) Corrientes 1.847 5° piso MdP; j) A tenor de lo dispuesto en el Art. 202 de la L.C.Q. en el presente supuesto no procede la apertura de un nuevo período informativo, debiendo los acreedores posteriores a la presentación en concurso verificar por la vía incidental; k) Hágase saber asimismo a los acreedores e interesados que contarán con 30 (treinta) días posteriores a la última publicación de edictos a fin de observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos que fuera oportunamente propuesta por el Síndico en su informe general a tenor de lo prescripto por el Artículo 117 L.C.Q. Mar del Plata, 8 de marzo de 2005. Dr. Raúl Eduardo Garros, Secretario. C.C. 2.151 - mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría Nro. 44, desempeñada interinamente por el suscripto, con asiento en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3° de esta Ciudad de Buenos Aires, comunica por cinco días que se ha decretado la quiebra de IMPRESIONES ARCO IRIS CORDOBA SA (antes Arco Iris Impresiones SA) ( CUIT 30 -64142551-2) en fecha 7 de marzo de 2005. El síndico desinsaculado en autos es el Sr. Brezinski Carlos Daniel con domicilio constituido en la calle Lambare 1140 1° “A” de la ciudad de Buenos Aires, ante quien los acreedores con causa o título anterior podrán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 23 de mayo de 2005. La sindicatura presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 los días 6 de julio de 2005 y 2 de septiembre de 2005 respectivamente. Se intima a cuantos tengan bienes de la fallida ponerlos a disposición del síndico en el término de cinco días, prohibiéndose hacer pagos o entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida para que entregue al síndico sus libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, en el término de 24 horas. Asimismo deberá constituir domicilio en el radio del Juzgado dentro del plazo de 48 hs. bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 15 de marzo de 2005. Pablo Caro, secretario.C.C. 2.149 - mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 6, cargo del Dr. Jorge Luis Zunino, Secretaría Nro. 11 a mí cargo, del Departamento Judicial de San Isidro, con domicilio en la calle Ituzaingó 340, Piso 6°, de San Isidro, comunica por cinco días que en fecha 27/11/03, se ha decretado la quiebra la Sra. ANGELA MARIA TRAVIGLIA, D.N.I. N° 4.217.413; ama de casa, hija de José Traviglia de Angela Malvino; domiciliada en la calle Adolfo Alsina 2355, de la Localidad de Florida, Partido de Vicente López, Pcia. de Buenos Aires, en el que se ha designado Síndico Contador a María Cecilia Darolles, con domicilio en la calle Ituzaingó 369, Piso 2°, Oficina 208, San Isidro; ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos, los días lunes, martes, jueves y viernes de 14 a 17 hs, hasta el día 26/04/05, inclusive. El Sr. Síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39, de la Ley 24.522, los días 08/06/05 y 21/07/05, respectivamente. Se hace saber al fallido y/o terceros que quedan intimados para que en el término de cinco días pongan a disposición de la Sindicatura los bienes y/o documentación de los negocios de éstos, quedan prohibidos hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces los mismos. Decrétase la intercepción de la correspondencia del fallido debiendo remitirse la misma al Sr. Síndico designado. Asimismo se intima a los deudores y/o a sus Administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: a) Presenten los requisitos exigidos por el art. 86, de la Concursal; b) Entreguen al síndico sus libros papeles y bienes que tuvieren en su poder, en 24 hs.; c) Constituyan domicilio procesal dentro de las 48 horas bajo apercibimiento de practicar las sucesivas notificaciones en los Estrados del Juzgado (L.C. 88, inc. 7); d) Se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal (L.C. 103). San Isidro, 9 de marzo de 2005. Silvina A. Mauri, secretaria.C.C. 2.152 - mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS- Por disposición del Señor Juez titular a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 Departamental, Dr. JOSE ANTONIO MICHILINI, tengo el agrado de dirigirme a Ud. con relación a la causa nº 533.582, caratulada “527 Castillo, Diego Armando; Rojas, Daniela Elizabeth s/ Hurto Agrav. por Escalamiento en grado de Tentativa (juzg. Gtias Nº 6 UFI Nº 8 IPP Nº 533.582)”, del registro de la Secretaría única a mi cargo, con el objeto de solicitarle se sirva publicar el edicto que se acompaña al presente, por el término de cinco días, conforme lo establece el Art. 129 del Código Procesal Penal. Asimismo transcribo la resolución que así lo dispone: “///field, 16 de marzo de 2005 .- Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio de la imputada - ver fs. 104 y 109, cítese a ROJAS DANIELA ELIZABETH por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.-Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fín líbrese oficio de estilo.- A efectos de dar cumplimiento con lo ordenado a fs. 86, pase los presentes obrados a la Fiscalía de Juicio Actuante.- Fdo. Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: María Claudia Julianello, Secretaria”. Saludo a Ud. muy atte.C.C. 2.168- mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS- El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 9, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Victoria Ballvé, cita y emplaza a JUAN FELIPE ACUÑA para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 539/9 seguida al nombrado en orden al delito de Robo Calificado en grado de Tentativa. El presente se libra en causa 539/9 por el. delito de robo calificado por el empleo de arma en grado de tentativa., según decreto que se transcribe: “///mas de Zamora, 15 de marzo de 2005. Visto el contenido de los informes de fs. 143/144, 145 y 147 surge que el encartado de autos Juan Felipe Acuiña se ausentó del domicilio en el que fijara su residencia.. sin autorización de este Tribunal, no constando en autos un grave y legítimo impedimento, corresponderá citar y emplazar al nombrado por el término de cinco días para que comparezca a estar a derecho. A tal fin, líbrese edicto que se publicará por el mismo término en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en el. artículo 129 del C.P.P., bajo apercibimiento que, en caso de incomparecencia , se procederá conforme lo normado en el Art. 304 del ritual, Art. 303 y sig. del C.P.P.”. Fdo. Dra. Victoria Ballve, Juez. Secretaría, 15 de marzo de 2005. M. Angel del Castillo, Secretario.C.C. 2.173- mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS- El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 7, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Elisa Beatriz López Moyano, cita y emplaza a JULIO ALBERTO SORIA, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 1593/7 seguida al nombrado en orden al delito de Robo Simple en grado de Tentativa. El presente se libra en causa 1593/7 por el delito de robo Simple en grado de tentativa, según decreto que se transcribe: “///mas de Zamora, 17 de marzo de 2005. Visto lo planteado por el Sr. Fiscal de Juicio en el escrito de fs. 70 y encontrándose el imputado de autos Julio Alberto Soria, ausente del domicilio en el que fijara su residencia, sin autorización de este Tribunal, conforme lo informado a fs. 65 y no habiendo comparecido éste a la citación Judicial, no constando en autos un grave y legítimo impedimento, corresponderá citar y emplazar al nombrado Soria por el término de cinco días para que comparezca a estar a derecho. debiéndose librar edicto que se publicará por el mismo término en el Boletín Oficial. en la forma establecida en el artículo 129 del C.P.P., bajo apercibimiento que, en caso de incomparecencia, se procederá conforme lo normado en el Art. 304 del ritual. Fdo. Dra. Elisa B. López Moyano, presidente. Ante mí Mariano Grandoli, Aux. Letrado. Secretaría, 17 de marzo de 2003.C.C. 2.177- mar. 30 v. abr. 5POR 5 DIAS- El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 7, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Elisa Beatriz López Moyano, cita y emplaza a MATIAS BLANCO, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 508.208 (1463/7), seguida al nombrado en orden al delito de Robo Agravado por su comisión en lugar poblado y en banda en grado de Tentativa. El presente se libra en causa 508.208 (1463/7) por el delito de Robo Agravado por su comisión en lugar poblado y en banda en grado de Tentativa, según decreto que se transcribe: “///mas de Zamora, 17 de marzo de 2005. Visto lo planteado por el Sr. Fiscal de Juicio en escrito de fs. 74 y encontrándose el imputado de autos Ariel Matías Blanco, ausente del domicilio en el que fijara su residencia, sin autorización de este Tribunal, conforme lo informado a fs. 68/69 y no habiendo comparecido éste a la citación Judicial, no constando en autos un grave y legítimo impedimento, corresponderá citar y emplazar al nombrado Blanco por el...

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