Varios Publicados en la Fecha 5 de Junio de 2003

Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERAL POR 5 DIAS - Se notifica por este medio a la firma "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", que en el expte. 5400-4928/02, el señor Contador General de la Provincia dictó la Resolución 575/03, la que seguidamente se transcribe: "Expte. 5400-4928/02. La Plata, 14 de mayo de 2003. Visto: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra nº 10361/00, emitida por el Ministerio de Salud, correspondiente a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de abril de 2001, en el Hospital Descentralizado Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli", de la Localidad de Necochea, por parte de la exproveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L." legajo nº 8776, y, Considerando: Que se ha acreditado el incumplimiento contractual. Que la firma no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada. Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 96 inc. a) , ap. 2), con los alcances del Art. 99, del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores, Por ello, El Contador General de la provincia resuelve: Artículo 1º: Aplícase a la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo nº 8776, la sanción de apercibimiento, prevista en el artículo 96, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra nº 10361/00, emitida por el Ministerio de Salud, correspondiente a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de abril de 2001, en el Hospital Descentralizado Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico. Dr. José Domingo Taraborelli", de la Localidad de Necochea. Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: Víctor E. Pereira Contador General de la Provincia". Fdo: Dra. Norma Beatriz Giménez. Directora del Registro de Proveedores y Licitadores. Contaduría General de la Provincia.C.C. 3.879 may. 30 v. jun. 5POR 5 DIAS - Se notifica por este medio a la firma "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", que en el expte. 5400-4923/02 y ag. 5400-4925/02, el señor Contador General de la Provincia dictó la Resolución nº 576/03, la que seguidamente se transcribe: "Expte. 5400-4923/02 y ag. 5400-492-5102. La Plata, 14 de mayo de 2003. Visto: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la orden de Compra nº 10632/00, emitida por el Ministerio de Salud, relativa a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de noviembre y diciembre de 2000, en el Hospital Zonal de Agudos "Evita Pueblo", de la Localidad de Berazatequi, por parte de la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo nº 8776, y, Considerando: Que atento a que en los expedientes 5400-4923/02 y 5400-4925/02, tramita la aplicación del Art. 96 de Reglamento de Contrataciones, por distintos períodos de la misma Orden de Compra, se procede a acumular los mismo para su tratamiento en conjunto. Que se ha acreditado el incumplimiento contractual. Que la firma no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada. Que es opinión del Ministerio de Salud y de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 96 inc. a) , ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, con los alcances del Art. 99, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores, Por ello, El Contador General De La Provincia Resuelve: Artículo 1º: Aplícase a la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo nº 8776, la sanción de apercibimiento, prevista en el artículo 96, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, con los alcances del Art. 99, por incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra nº 10632/00, emitida por el Ministerio de Salud, relativa a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante los meses de noviembre y diciembre de 2000, en el Hospital Zonal de Agudos "Evita Pueblo", de la Localidad de Berazategui. Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: Víctor E. Pereira Contador General de la Provincia". Fdo: Dra. Norma Beatriz Giménez. Directora del Registro de Proveedores y Licitadores. Contaduría General de la Provincia.C.C. 3.880 may. 30 v. jun. 5Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALPOR 5 DIAS - Se notifica por este medio a la firma "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", que en el expte. 5400-5187/02, el señor Contador General de la Provincia dictó la Resolución nº 574/03, la que seguidamente se transcribe: "Expte. 5400-5187/02. La Plata, 14 de mayo de 2003. Visto: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la orden de Compra nº 10361/00, emitida por el Ministerio de Salud, relativa a la prestación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de julio de 2001, en el Hospital Descentralizado Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Domingo Taraborelli", de Necochea, Por parte de la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L. legajo nº 8776, y, Considerando: Que se ha acreditado el incumplimiento contractual. Que la firma no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada. Que es opinión del Ministerio de Salud, de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 96 inc. a) , ap. 2), con los alcances del Art. 99, del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores, Por ello, el Contador General de la Provincia Resuelve: Artículo 1º: Aplícase a la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo nº 8776, la sanción de Apercibimiento, prevista en el artículo 96, inciso a), apartado 2), con los alcances del Art. 99, del Reglamento de Contrataciones, por incumplimiento de contrato, celebrado mediante la orden de Compra nº 10361/00, emitida. Por el Ministerio de Salud, relativa a la prestación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de julio de 2001, en el Hospital Descentralizado Subzonal Especializado Neuropsiquiátrico "Dr. José Dominqo Taraborelli", de Necochea. Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuniquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archivese. Fdo: Víctor E. Pereira Contador General de la Provincia". Fdo: Dra. Norma Beatriz Giménez. Directora del Registro de Proveedores y Licitadores. Contaduría General de la Provincia.C.C. 3.881 may. 30 v. jun. 5Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALPOR 5 DIAS - Se notifica por este medio a la firma "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", que en el expte. 5400-4933/02, el señor Contador General de la Provincia dictó la Resolución 570/03, la que seguidamente se transcribe: "Expte. 5400-4933/02. La Plata, 14 de mayo de 2003. Visto: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra no 158/99, emitida por el Ministerio de Salud, corresponde ente a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de septiembre de 2000, en el Hospital Zonal General "Carlos Alberto Boccalandro", de la Localidad de Tres de Febrero, por parte de la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina De Servicios S.R.L.", legajo 8776, y, considerando: Que se ha acreditado el incumplimiento contractual. Que la firma no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada. Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 96 Inc. a), ap. 2), con los alcances de Art. 99, del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores, Por ello, El Contador General de la Provincia Resuelve: Art. 1º: Aplícase a la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo 8776, la sanción de apercibimiento, prevista en el artículo 96, inciso a), apartado 2), con los alcances del Art. 99, del Reglamento de Contrataciones/ por incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra nº 158/99, emitida por el Ministerio de Salud, correspondiente a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de septiembre de 2000, en el Hospital Zonal General "Carlos Alberto Boccalandro", de la Localidad de Tres de Febrero. Artículo 2º: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo: Víctor E. Pereira Contador General de la Provincia". Fdo:Dra. Norma Beatriz Giménez. Directora del Registro de Proveedores y Licitadores. Contaduría General de la Provincia.C.C. 3.882 may. 30 v. jun. 5Provincia de Buenos Aires CONTADURIA GENERALPOR 5 DIAS - Se notifica por este medio a la firma "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", que en el expte. 5400-5192/02, el señor Contador General de la Provincia dictó la Resolución 566/03, la que seguidamente se transcribe: "Expte. 5400-5192/02. La Plata, 14 de mayo de 2003. Visto: El incumplimiento de contrato, celebrado mediante la Orden de Compra nº 10153/01, emitida por el Ministerio de Salud, relativa a la contratación del servicio de racionamiento en cocido, durante el mes de abril de 2001, en el Hospital "Diego Paroissien", de la Localidad de Berazatequi, por parte de la ex-proveedora "Exempla Cía. Argentina de Servicios S.R.L.", legajo 8776, y, Considerando: Que se ha acreditado el incumplimiento contractual. Que la firma no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada. Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, que la firma nombrada se hace pasible a la...

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