Varios Publicados en la Fecha 5 de Febrero de 2003

POR 5 DIAS - En I.P.P. Nº 27.058, seguida a Turón Martín Alfredo y otros por el delito de Daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a mi cargo, por ausencia del Titular, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Juan Miguel Nogara, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de notificar al encartado MARTIN FEDERICO MIHARY cuyo último domicilio conocido era en calle Indio Nº 1142 de la ciudad de San Antonio de Padua, Prov. de Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 25 de junio de 2002... Autos y vistos... y Considerando... Por ello: Argumentos expuestos, y lo que preceptúa el Art. 336 y Conc. del C.P.P., Resuelvo: 1) Denegar el sobreseimiento solicitado por la Sra. Defensora Oficial Adjunta, Dra. Muriel Mendoza, en favor de Martín Alfredo Turón, Lucas Calabrese, Emanuel Sebastián García, Javier Jorge Turón, Gabriel Eduardo Prieto y Martín Federico Mihary. 2) No hacer lugar al cambio de calificación impetrado por la Defensa, debiéndose mantener la atribuida “prima facie” como Daño agravado. 3) En consecuencia, elevar la presente causa a juicio. Regístrese, notifíquese, firme y consentida, elévese a la Secretaría de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, para su posterior remisión a la sede correspondiente, acompañando los formularios de rigor. Fdo. Mariano Cazeaux. Juez de Garantías Nº 2. Ante mí: Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 12 de diciembre de 2002... Procédase a su notificación por edicto judicial, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo. Gastón Eduardo Giles. Juez de Transición Nº 2, a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mí Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario.C.C. 11.249 - ene. 30 v. feb. 5 POR 5 DIAS - En I.P.P. Nº 36.802, seguida a NESTOR FABIAN DELALOYE por el delito de Tenencia de arma de guerra de uso civil condicionado, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a mi cargo, por ausencia del Titular, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Juan Miguel Nogara, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle Don Rossi Nº 2726 de la localidad de La Matanza, Prov. Buenos Aires, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 10 de junio de 2002... Autos y vistos... y Considerando... Resuelvo: Proveyendo el recurso de apelación interpuesto por el Agente Fiscal interviniente a fs. 55/57 y vta., contra el auto dictado por el suscripto a fs. 47/48, concédese recurso de apelación contra el auto citado y en consecuencia elévese la presente causa a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, a sus efectos (Arts. 439, 444 y Conc. del C.P.P.), sirviendo esta providencia de muy atenta nota de elevación. En orden a lo estatuido por el Art. 443 del ritual, emplázase a las partes haciéndoseles saber que podrán comparecer ante el Tribunal “Ad Quem” manifestando su intención de mejorar los recursos en los plazos normados por el citado artículo. Regístrese. Notifíquese. Fdo. Mariano Cazeaux. Juez de Garantías Nº 2. Ante mí: Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 19 de diciembre de 2002... Atento el tiempo transcurrido sin que se haya recepcionado el oficio librado, a los fines de notificar al encartado Nestor Fabián Delaloye de la Resolución Nº 11868 obrante a fs. 58 de la I.P.P. de referencia y de fecha 10 de junio de 2002, reitérese el mismo en iguales términos. Regístrese. Proveo en subrogancia del titular. Fdo. Gastón Eduardo Giles. Juez de Transición Nº 2, a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mi Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario.C.C. 11.250 - ene. 30 v. feb. 5POR 5 DIAS - En I.P.P. Nº 34.892, seguida a MANUEL LOPEZ por el delito de Hurto simple en grado de tentativa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a mi cargo, por ausencia del Titular, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Juan Miguel Nogara, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle 105 entre 20 y 22 Nº 719 de la ciudad de Balcarce, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 16 de mayo de 2002... Autos y vistos... y Considerando... Por ello, argumentos expuestos, y lo que preceptúa el Art. 336 y Conc. del C.P.P., Resuelvo: 1) Denegar el sobreseimiento solicitado por el Sr. Defensor Oficial Adjunto, Dr. Paul Alfredo Orellano, a favor de Manuel López. 2) Previamente elevar la presente causa a juicio, remítanse las presentes actuaciones a la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3, interviniente, a fin de que se cumplimente con la agregación de la planilla de antecedentes que pudiere detentar el encartado Manuel López, (Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal), como así también se certifique la planilla que luce agregada a fs. 24 (Ministerio de Seguridad y Justicia de la Prov. de Buenos Aires). Regístrese, notifíquese, firme y consentida, elévese a la Secretaría de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, para su posterior remisión a la sede correspondiente, acompañando los formularios de rigor. Fdo. Mariano Cazeaux. Juez de Garantías Nº 2. Ante mí: Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 19 de diciembre de 2002... Autos y Vistos... y Considerando... Resuelvo: Atento el tiempo transcurrido sin que se haya recepcionado el oficio librado, respecto del encartado Manuel López, reitérese el mismo en iguales términos. Regístrese. Proveo en subrogancia del titular. Fdo. Gastón Eduardo Giles. Juez de Transición Nº 2, a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mí Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario.C.C. 11.251 - ene. 30 v. feb. 5POR 5 DIAS - En I.P.P. Nº 4.336, seguida a MIGUEL ANGEL MANZANO, MIGUEL ANGEL JUDZISKI y MANUEL HECTOR TEJEDA por el delito de Atentado y resistencia a la autoridad, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a mi cargo, por ausencia del Titular, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Juan Miguel Nogara, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de notificar a los prevenidos nombrados cuyos últimos domicilios conocidos eran en calle Barrio Callegari. Casa Nº 64 de la...

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