Varios publicados en la fecha 11 de marzo de 2014

CASA CENTRALC.C.POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martini, cita y emplaza a WAL- TER OSCAR DEGAN, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Poseedor del DNI Nº 17.526.780, de nacionalidad argentina, nacido el día 27 de octubre de 1964 en la localidad de Adrogué, partido de Almirante Brown, de 48 años de edad, instruido, de estado Civil, de ocupación comerciante, domiciliado en la calle 23 y Eva Perón Nº 105 de la localidad de Guernica, hijo de Margarita Salvatierra y de Mario Degan, para que en el término de cinco (5) días, comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 07-00-064697-12, registro interno Nº 2519 caratulada “Degan, Walter Oscar s/ Hurto simple en grado de tentativa”, cuya resolución se transcribe: “Lomas de Zamora, 21 de noviembre de 2013. Visto el contenido de las actuaciones glosadas a fs. 183/184, 187/189, cítese al procesado Walter Oscar Degan, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art.129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo. Dra. Nora Alicia Martini. Juez en lo Correccional”. Viviana L. Gardenal, Auxiliar Letrada.C.C. 2.133 / mar. 5 v. mar. 11 POR 5 DÍAS - LA Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martini, cita y emplaza a ÁLVARO JESÚS LORENZO quien es argentino, soltero, de ocupación herrero, nacido el 27 de septiembre de 1984 en el partido de Florencio Varela, hijo de Ruth Magdale Villagra y de Rodolfo Luis Lorenzo, con DNI Nº 31.288.921, con ultimo domicilio conocido en la calle Cabildo Nº 1840 entre Lagos y Ramos Mejía de Florencio Varela, para que en el término de cinco (5) días, comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 874.363 registro interno Nº 002801, caratulada “Álvaro, Lorenzo Jesús s/ Robo simple”, cuya resolución se transcribe: “Lomas de Zamora, 04 de febrero de 2012. Visto el contenido de las actuaciones glosadas a fs. 202/206, 207/210, cítese al procesado Alvaro Jesús Lorenzo, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual.A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo. Dra. Nora Alicia Martini. Juez en lo Correccional”. Viviana L. Gardenal, Auxiliar Letrada.C.C. 2.134 / mar. 5 v. mar. 11 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ADRIÁN ANÍBAL ALBORNOZ VALLE, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del incidente de ejecución de condena en suspenso Nº 764840/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: “Lomas de Zamora, 4 de febrero de 2014. En atención a lo que surge de fs. 15, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Adrián Aníbal Albornoz Valle, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 07-764840/3 del registro del Juzgado en lo Correccional Nº 3 departamental. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de ejecución". Se hace constar que de no presentarse el mencionado Adrián Aníbal Albornoz Valle en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura (Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Cecilia Vázquez, Secretaria.Secretaría, 4 de febrero de 2014.C.C. 2.135 / mar. 5 v. mar. 11 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a JUAN ANTONIO GONZÁLEZ PRIETO, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del incidente de ejecución de condena firme Nº 703237-06/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 29 de noviembre de 2013. En atención a lo que surge de las constancias glosadas en la presente incidencia, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Juan Antonio González Prieto, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocár-sele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 0-703237-06 del registro del Tribunal en lo Criminal Nº 10 Departamental. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto. Conste.... Fdo. Dra. Etel B.Bielajew Juez de ejecución. “Se hace constar que de no presentarse el mencionado Juan Antonio González Prieto en el término fijado, se revocará el beneficio de Libertad Condicional otorgado en fecha 01/11/2.012, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura (Arts.26, 27, 27 bis -in fine- y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Secretaría, 29 de noviembre de 2013. Alejandra S.Fran, Secretaria.C.C. 2.136 / mar. 5 v. mar. 11 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ABEL GÓMEZ, D.N.I Nº 16.411.955, apodo U 1.515.338, nacido el 13 de junio de 1963, en la Provincia de Santiago del Estero, de estado civil Divorciado, de ocupación Peluquero, hijo de N.N. y de Jorgelina Gómez, con último domicilio en calle A. Morel Nº 1970 e/ Cohihue y Florida de la localidad de Adrogué, provincia de Buenos Aires, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del incidente de ejecución de condena en suspenso Nº 638782/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 12 de noviembre de 2013. En atención a lo que surge de fs. 68, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Abel Gómez, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa Nº 2835/5 del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 5 Departamental. Líbrese edicto y publí- quese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto. Conste Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de ejecución". Se hace constar que de no presentarse el mencionado Abel Gómez en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de dos (2) años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura (Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Secretaría, 12 de noviembre de 2013. Alejandra S. Fran, Secretaria.C.C. 2.137 / mar. 5 v. mar. 11 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a JAVIER LUCIO PEREYRA GODOY, argentino, soltero, hijo de Virginio y de María Zara Godoy, nacido en Lanús el 08 de marzo de 1987, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del incidente de ejecución de condena en suspenso Nº 822959/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 10 de enero de 2014. En atención a lo que surge de fs. 14, 16 y 19, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Javier Lucio Pereyra Godoy, de conformidad con lo...

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