Varios publicados en la fecha 05 de marzo de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.

Graciela María Buscarini, cita y emplaza a CARLOS WILLIAM AGUIRRE CASTILLO, DNI. 94. 079.083, de nacionalidad peruana, de 53 años de edad, de ocupación chofer, nacido el 27/12/1958 en Lima Perú, hijo de Carlos Aguirre Campos y de Juana Castillo Morales, con domicilio en calle Pueyrredón Nº 1211, 1er. Piso habitac. 2 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el delito de robo en grado de tentativa, para que en el término de cinco (5) días; comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57, 1º Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 5 de febrero de 2014. Por recibido el informe obrante a fs.

122 en tanto el Consulado General del Perú informa que el último domicilio que registra Aguirre Castillo Carlos William es el de calle Pueyrredón Nº 1211, piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que con el objeto de dar con el encartado a fin de notificarlo del cómputo de pena han sido diligenciados reiterados oficios con resultado negativo (ver fs. 105-117) y atento que se ignora el lugar donde se encuentra, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco (5) días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo (Art. 150 del CPP). Graciela M. Buscarini.

Jueza. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.

C.C. 1.646 / feb. 25 v. mar. 5

POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.

Graciela María Buscarini, cita y emplaza a RIQUE ÁNGEL OSVALDO, argentino, hijo de Félix Ángel y de Bello, Graciela Marta, nacido el 28 de enero de 1974 en Avellaneda, de estado civil soltero, ocupación chofer, titular del DNI Nº 23.532.951, con último domicilio en calle Jujuy Nº 2295 de Quilmes, en causa Nº 3344-3 (IPP 26442/07 UF 10, Juzgado de Garantías Nº 3) seguida al nombrado por el delito de Homicidio Culposo Agravado, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: “La Plata, 10 de febrero de 2014. Atento el informe policial de fs. 284, que da cuenta que el imputado Rique Ángel Osvaldo se ha ausentado del domicilio fijado en autos (fs. 241), ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco (5) días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 8 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo (Art. 150 del CPP). Fdo.: Graciela M. Buscarini. Jueza”. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.

C.C. 1.647 / feb. 25 v. mar. 5

POR 5 DÍAS - En los autos caratulados “Igoa Juan Carlos c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro/a s/ Pretensión indemnizatoria", que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1, con domicilio en calle 11 Nº 864 del Departamento Judicial de La Plata, a los fines de que tenga a bien publicar edictos por cinco días notificando al Sr. VÍCTOR JAVIER ÁVALOS que se lo cita a que conteste demanda en el plazo de 45 días como demandado en los autos de mención. El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice: "La Plata, 20 de noviembre de 2013. Atento lo solicitado y toda vez que se han realizado sin éxito las gestiones pertinentes para integrar la Litis, procédase a notificar mediante edictos para que el Sr.

Víctor Javier Ávalos, se presente a contestar demanda en el término de cuarenta y cinco (45) días, dicha publicación deberá realizarse durante cinco (5) días (Art. 145,146 y 147 del CPCC), a cuyo fin líbrese oficio al Boletín Oficial y al diario de mayor circulación del lugar del último domicilio conocido. Fdo: Luis Federico Arias. Juez. Juz. Cont. Adm.

Nº 1. Dto. Jud. La Plata. Otro auto dice: "La Plata, 12 de diciembre de 2013. Atento a lo peticionado, aclárese que deberá librarse el oficio ordenado en el Diario El Día de La Plata. Fdo: Luis Federico Arias. Juez. Juz. Cont. Adm. Nº 1. Dto. Jud. La Plata. En el expediente caratulado: "Igoa Juan Carlos c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro/a s/ Pretensión Indemnizatoria" se ha resuelto: "La Plata, 30 de octubre de 2007. Autos, Vistos y Considerandos: 1. Toda vez que la pretensión procesal deducida en autos se encuentra prevista en los Arts. 12 Inc. 3 y 2 Inc. 4 del CCA, y merituando: que el caso constituye un supuesto de demandabilidad directa de modo que no resultan exigibles los requisitos de admisibilidad previstos en los Art. 14 y 18 del CCA (SCBA "Gaineddu"

del 23-04-03; reg. 641/03).- 2. En consecuencia, siendo el infrascripto competente en razón de la materia y del territorio; y en tanto el escrito de demanda reúne los requisitos previstos en el artículo 27 del CCA. Resuelvo: 1.

Téngase al peticionante por presentado, parte a mérito de la representación acreditado y constituido el domicilio legal indicado (Art. 40 y 56 del CPCC). Resérvese en la caja de seguridad del Juzgado, la documentación original acompañada de fs.1 a 12. 2. Con el escrito de demanda dásele por promovida la acción contencioso administrativo en los términos del Art.12 Inc. 3º del Código Contencioso Administrativo. 3. De la acción que se deduce, que tramitará por las normas del proceso ordinario (Art. 27 y cc. del CCA), córrase traslado a la demandada por término de cuarenta y cinco (45) días, juntamente con la documentación acompañada. 4. Hágase saber a la parte actora que deberá dar cumplimiento con el pago del bono Ley 8.480 y del ius previsional (Art. 3 de la Ley 8.480,

Art.13 de la Ley 6.716). 5. Advirtiendo en este acto que la demanda se dirige contra el Fisco de la Provincia, tiénese por promovida la misma contra la Provincia de Buenos Aires en virtud que el organismo demandado carece de legitimación pasiva; sin recaratulación de los presentes obrados. Regístrese. Notifíquese íntegramente el presente despacho a Fiscalía de Estado mediante cédula y con copias (Arts. 33 Inc. 1º y 38 Inc. 1º del CCA; Art. 20 del CPCC y Art. 1 del Decreto Ley 7.543/69 TO según Ley 12.748). Fdo: Luis Federico Arias. Juez. Cont. Adm. Nº 1.

Dto. Jud. La Plata. Asimismo otro despacho, dice: "La Plata, 26 de febrero de 2008. Atento la modificación, amplíase el auto de fs. 31 respecto del codemandado Víctor Javier Ávalos. Notifíquese mediante cédula juntamente con el de Fs. 31 y con adjunción de copias". La Plata, febrero de 2014. Eva Marina González, Abogada.

C.C. 1.648 / feb. 25 v. mar. 5

POR 5 DÍAS - Por disposición del señor Presidente de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial La Plata, doctor Raúl Dalto, en

la causa Nº S-19848 de este Cuerpo caratulada "Sánchez, Mario Alejandro s/ Recurso de Casación" (Nº 57282 de la Sala Quinta del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires) (causa Nº 4680 del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 Departamental), a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: "La Sala Quinta del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en la causa Nº 57.282 caratulada "Sánchez, Mario Alejandro s/ Recurso de Casación" (Nº 57282 de la Sala Quinta del Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires) (causa Nº 4680 del Juzgado de Ejecución Penal Nº 2 Departamental) notifica a MARIO ALEJANDRO SÁNCHEZ, D.N.l.: 28.868.797, que en fecha 08 de octubre de 2013 la Sala Quinta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "La Plata, 08 de octubre de 2013. Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, la Sala V del Tribunal de Casación Penal por unanimidad Resuelve: I.

declarar formalmente admisible el recurso de casación interpuesto por el Sr. Defensor Oficial. II. Casar, por haber sido inobservado el Art. 104 de la Ley 12.256, y revocar el resolutorio dictado por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial La Plata, debiendo estarse a lo dispuesto oportunamente por el Juzgado de Ejecución interviniente, cuando concediera la libertad asistida al condenado Mario Alejandro Sánchez. Sin costas en esta instancia (artículos 450 in fine, 451, 454 inciso 4º, 464, 465, 530, 531 y ccdtes. del Código Procesal Penal). Número único 06-00-34642-09. Regístrese, Notifíquese a la Defensa y al Ministerio Público Fiscal y devuélvase para el cumplimiento de las notificaciones pendientes. Fdo.: Martín Manuel Ordoqui, Jorge Hugo Celesia. Ante mí: Virginia Fontanarrosa.” Sírvase remitir los ejemplares de la publicación requerida a la sede de esta Sala Primera de la Cámara de Apelación y Garantías en el Penal del Departamento Judicial La Plata, sito en calle 8 e/56 y 57, 2º piso de la ciudad de La Plata, con telefax 4102400, interno 52290. La Plata, 6 de febrero de 2014.

C.C. 1.649 / feb. 25 v. mar. 5

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.

Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa Nº 15.004, caratulada "Márquez, Cristian Sebastián s/ Inf. Art. 85 Dec...

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