Varios publicados en la fecha 23 de agosto de 2013

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - En la Causa N° 69732, seguida a DOMÍNGUEZ, LEANDRO por el delito de Robo, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado, la resolución que dictara el Juzgado de Transición Nº 1 Dptal., con fecha 5 de junio de 2003, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "Autos y Vistos: ... Por ello, Resuelvo: declarar extinguida por la prescripción operada la acción penal en esta causa Nº 4-69732, seguida contra Domínguez Leandro... por el transcurso del tiempo conforme lo normado por los Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2°, 67 y 84 del Código Penal... Fdo: Carlos Enrique Colombo - Juez en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 1 - Ante mí: Federico Omar Marasco, Abogado - Secretario”. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:"Dolores, de julio de 2013 - procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art.

129 del C.P.P. Dra. Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Dolores, 29 de julio de 2013.

C.C. 7.861 / ago. 16 v. ago. 23

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Moreno, cita y emplaza por el término de cinco días al/los Sr./es.

CARO ROBERTO DAMIÁN con el objeto de notificar.

Moreno, 5 de noviembre de 2012 Resuelvo: Condenar a Caro Roberto Damián a la sanción de diez días de arresto y pesos seiscientos sesenta y ocho ($ 668) de multa, por portar un arma blanca donde había reunión de personas.

Firmado: Lezcano Osvaldo Sergio, Juez. En los autos caratulados: Caro Roberto Damián s/ Inf. Art. 43 Inc C.

Dec. Ley 8.031/ 7.331/ 73, Expte. N° C-14935. Moreno, 5 de julio de 2013. Laura Noemí Hualde, Auxiliar Letrada.

C.C. 7.865 / ago. 16 v. ago. 23

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental, Dra.

María Eva Merlo, en Causa N° 72/10, (Investigación Penal Preparatoria N° 03-00-008210-08; U.F.I. N° 1, Deptal.), caratulada: "Rivero, Jonathan Arturo Tenencia Simple de Estupefacientes en San Bernardo", de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N° 87, a los efectos de -solicitarle en reiteración del librado con fecha 06/02/2013- que se proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al imputado JONATHAN ARTURO RIVERO, cuyo último domicilio conocido era en calle Buenos Aires N° 973 de la localidad de Mar de Ajó, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe:"Dolores, 18 de diciembre de 2012. Autos y Vistos:...Y Considerando: Por ello, y conforme a la normativa citada, Resuelvo: 1.- Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa 72/10, correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Jonathan Arturo Rivero, de nacionalidad argentino, DNI N° 31.499.968, sin apodos, que sabe leer y escribir, de 27 años de edad, nacido el 29 de junio de 1985 en la localidad de San Fernando; Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, hijo de Héctor Rivero y de Mirta Esther Goncevate, desocupado, de estado civil soltero, con domicilio sito calle Buenos Aires N° 973 de la localidad de Mar de Ajó Norte, partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires, por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes (Art. 14 primer párrafo de la Ley 3.737), que fuera materia de requisitoria de elevación a juicio, sin costas (Arts. 6 ter. cuarto párrafo del C.P. y Arts. 530, 323 y conc. del C.P.P.).- 2.- Una vez firme la presente, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la Excma.

Cámara de Apelación Departamental a los fines dispuestos en el artículo 22 de la Acordada 2840 S.C.J.B.A.- Regístrese. Notifíquese al Fiscal, a la Defensa Oficial, y al imputado. Asimismo, comuníquese al Patronato de Liberados de intervención."- Fdo. Dra. María Eva Merlo - Jueza en lo Correccional N° 1 Departamental - Ante mí: Dra. María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria - Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental. Dolores, 31 de julio de 2013. C.C. 7.866 / ago. 16 v. ago. 23

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental, Dra.

María Eva Merla, en Causa Contravencional N° 1572 caratulada: "Alaniz Jeremías Samuel, Infracción artículos 72 y 74 inciso "A" del Decreto Ley 8.031/73 en Dolores", de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N° 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al infractor JEREMÍAS SAMUEL ALANIZ, cuyo último domicilio conocido era en calle Robles N° 360 de la localidad de Dolores, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Autos y Vistos:...Y Considerando:... Por ello, de conformidad a las disposiciones legales citadas y los fundamentos expuestos, Fallo en la presente Causa Contravencional N° 1572; Absolviendo libremente a Jeremías Samuel Alaniz, argentino, de estado civil soltero, instruido, de profesión y/u ocupación peón de albañil, D.N.I. N° 37.405.963, hijo de Oscar Horacio y de Ester Susana Pérez, nacido el 04 de abril de 1993 en la localidad de Mar del Plata, domiciliado calle Robles N° 360, de esta ciudad, en la Infracción a los artículos 72 y 74 inciso "a" del Decreto Ley 8.031/ 73 que diera motivo a la formación de estas actuaciones (Arts. citados y 105, 136, 137 y concs. del Cod. de Faltas y 24 del C.P.P.). Regístrese. Notifíquese al Defensor Oficial. Una vez firme y consentida, comuníquese al Registro de Contraventores (Art. 147 del Código de Faltas). Para la notificación Alaniz, líbrese oficio a la Comisaría local, debiendo efectuarse la misma personalmente o por cédula al domicilio constituido, con transcripción de la parte resolutiva de la presente del contenido del artículo 144 del Código de Faltas. Dada, firmada y sellada en la Sala de mi Público Despacho, en la ciudad de Dolores a los 12 días del mes julio del año dos mil trece. Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N° 1 Departamental - Ante mí Dra. María Verónica Raggio, Abogada - Secretaria. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: "/Dolores, 30 de julio de 2013. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del infractor Jeremías Samuel Alaniz, provenientes de la Comisaría de Dolores, agréguese a la presente y atento a lo informado a fojas 33 y no habiéndose podido notificarlo de la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 25/26 y vta.; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.

Notifíquese al Defensor Oficial."- Fdo. Dra. María Eva Merlo - Jueza en lo Correccional N° 1 Departamental.

Dolores, 30 de julio de 2013. María Verónica Raggio, Secretaria.

C.C. 7.867 / ago. 16 v. ago. 23

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel C. E.

Ropolo, Presidente del Tribunal...

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