Varios Publicados en la Fecha 31 de Diciembre de 2007

CASA CENTRAL C.C.

POR 5 DIAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 a mi cargo, Secretaría Unica del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, notifica al prevenido nombrado PABLO ARIEL CHAMORRO cuyo último domicilio conocido era en calle 70 Nº 344 de la localidad de Mar del Tuyú, jurisdicción del partido de La Costa, Prov. de Bs. As., el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 20 de noviembre de 2007... Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3), 62 inc. 2) y 67 del C. Penal y Arts. 321, 322, 323 inc. 1), 324 y conc. del C.P.P. Resuelvo: sobreseer totalmente a Pablo Ariel Chamorro, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, de profesión empleado, con D.N.I. 23.767.198, domiciliado en calle 70 Nº 344 de la localidad de Mar del Tuyú, Pdo. de La Costa, en orden al delito de lesiones culposas, previsto y reprimido en el Art. 94 del C. Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Regístrese, notifíquese. Luis Esteban Nitti. Juez de Ejecución, interinamente a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mí: Dr. Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 10 de diciembre de 2007. Procédase a la notificación por edicto judicial el que se publicará en el "Boletín Oficial" de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Luis Esteban Nitti. Juez de Ejecución, interinamente a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2. Ante mí: Juan Miguel Nogara. Abogado Secretario.

C.C. 215.480 / dic. 21 v. dic. 28

POR 5 DIAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Dpto. Jud. de Morón, en causa 5.582, caratulado "Ortiz, Julio s/Infracción a los artículos 85 y 86 del Dec. Ley 8.031/73, cítese a ORTIZ JULIO, argentino, instruido, de cuarenta y cuatro años, domiciliado en calle Juan Manuel de Rosas 1474 del distrito de Marcos Paz de esta Provincia. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la siguiente Providencia de la Sala II de la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: "Morón, noviembre 23 de 2005... II. Notifíquese al imputado, que encontrándose desintegrado el Tribunal, por el cese en su cargo del Dr. Alberto J. Silvestrini, en la presente causa intervendrá la suscripta, pudiendo hacerlo los señores Jueces de esta Excma. Cámara, doctores Fermín Parera, Mario Raúl Moldes, Jorge Alberto Bourdieu y Néstor Raúl Martínez...". María del Carmen Peña. Presidente". Asimismo, deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet N° 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.) de noviembre de 2007. ... Por devuelta la presente causa contravencional remitida por la comisaría instructora, ... y atento lo colectado en éstos a fs. 89 y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Ortiz Julio es oportuno disponer que se lo notifique por edicto a la misma de lo dispuesto por el Tribunal de Alzada a fs. 57 (ap. II y que deberá presentarse en calidad de "citado" dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado rebelde (Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3º del C.F. bonaerense. Eduardo A. Diforte. Juez". Dado en Merlo, Bs. As. a los 11 días del mes de diciembre de 2007. Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letardo.

C.C. 215.484 / dic. 21 v. dic. 28

POR 5 DIAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Dpto. Jud. de Morón, en causa 7.597, caratulada "Alonso, Eduardo Gabriel s/infracción a los artículos 35, 38 y 74 inc. a) del Dec. Ley 8.031/73, cíteselo a ALONSO EDUARDO GABRIEL argentino, instruido, indocumentado, nacido el día 10 del mes de diciembre de 1977, con domicilio denunciado oportunamente en autos en la calle Salguero 2661 de este Distrito. Notifíqueselo de la siguiente Providencia de la Sala III de la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: "La ciudad de Morón, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil siete.... Sentencia..., confírmese la sentencia recurrida, en cuanto condenatoria, con disminución del monto de la pena de multa impuesta a Alonso, no así de la de arresto, de manera tal que Eduardo Gabriel Alonso, queda en definitiva condenado a la multa de pesos setenta con setenta y siete centavos ($ 370.,77) equivalente al treinta por ciento (30%) del haber mensual pertinente, de la policía de esta provincia en orden al actual cargo de inicio de la jerarquía de esta, es decir, la de Oficial de Policía equivalente al cargo de ex Agente de Seguridad, Agrupamiento Comando, dos (2) días de arresto, que se tienen por compurgado con el tiempo sufrido en detención preventiva, con costas, por resultar autor material y responsable de las faltas previstas en los Arts. 35 y 38 del Código de Faltas (Dec. Ley 8.031/73) concurriendo idealmente entre sí (Art. 30 del citado ordenamiento legal) en concurso real de faltas con la del Art. 74 inc. a) del referido texto jurídico, constatadas el 19 de mayo de 2007, en la localidad y partido de Merlo...". María del Carmen Peña. Presidente. Jorge Alberto Bourdieu ante mí: Josefina R. Puglisi". Asimismo, deberá comparecer a estar a derecho dentro del plazo de cinco días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado, sito en Solanet N° 68 de Merlo, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo compulsivo (Arts. 129 y 304 del C.P.P.). Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: "Merlo (Bs. As.), de diciembre de 2007. ... Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Eduardo Gabriel Alonso, es oportuno disponer que se notifique por edictos, de lo dispuesto por el Tribunal de Alzada obrante a fs. 62/65 vta. y que deberá presentarse en calidad de "citado" dentro del plazo de cinco días de la publicación de éste, por ante esta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado rebelde (Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3° del C.F. bonaerense). Eduardo A. Diforte. Juez. Dado en Merlo, Bs. As. a los 11 días del mes de diciembre de 2007. Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letrado.

C.C. 215.485 / dic. 21 v. dic. 28

POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo interinamente del Dr. Hernán S. Archelli, Secretaría Unica, sito en Moreno 623, 1° piso de San Isidro (C.P. B1642BXM), Tel. Fax (011) 4575-4494/4492, en causa 1.926/06 (Sorteo 73/06 e I.P.P. 53.077) caratulada "Pardal Rodrigo Marcelo s/Lesiones Leves en conc. real c/daño", en los términos del Art. 129 del C.P.P. se notifica a RODRIGO MARCELO PARDAL, con último domicilio conocido en Almirante Brown 731 B° Villa Mora de la localidad y Pdo. de Pilar, de la resolución que a continuación se transcribe: "San Isidro, 4 de diciembre de 2007. Autos y Vistos: ... Y Considerandos: ... Resuelvo: sobreseer en la presente causa 1.926/06 respecto de Rodrigo Marcelo Pardal, por extinción de la acción penal en orden al delito de lesiones leves en concurso real con daño, en los términos de los Arts. 321, 322 y 323 inc. 1° del C.P.P. Notíquese, tómese razón y firme que sea, comuníquese y archívese. P.D.S. Hernán Archelli, Juez. Ante mí: María Victoria Vannucci, Auxiliar Letrada". Secretaría, 6 de diciembre de 2007. María M. Vannucci. Auxiliar Letrada.

C.C. 215.486 / dic. 21 v. dic. 28

POR 5 DIAS. - El Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno N° 623, 1er. piso de la ciudad de San Isidro, cita y emplaza a RODRIGO OMAR BOTTA, con DNI Nro.34.555.727, nacido el 16 de enero de 1989 en Los Polvorines, argentino, desocupado, hijo de Rubén Aníbal, y de Norma Beatriz Siciliano, soltero, y con último domicilio conocido en calle Costa Rica y Los Patos, de la localidad de Tortuguitas, Pdo. de Malvinas Argentinas, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N° 1.781/07 que se le sigue por el delito de robo simple, bajo apercibimiento de ser de clarado rebelde. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 12 de diciembre de 2007.- En atención a lo que surge de la constancia de fs. 64 y 71, a lo manifestado por la Fiscal de juicio en el escrito obrante a fs.67, y a lo referido por la Defensa oficial a fs. 73 vta., desconociéndose el actual domicilio del encausado RODRIGO OMAR BOTTA, cíteselo por edicto, en la forma que establece el art. 129 del CPP., para que dentro del término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.- (art. 303 del CPP).- Fdo: Andrés Martín Mateo, Juez.- Ante mí: Maximiliano Savarino Secretario.-" Secretaría, 12 de diciembre de 2007.

C.C. 215.616 / dic. 21 v. dic. 28

POR 5 DIAS.- El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, en causa Nro. 3357 seguida a MORENO MARCOS JOEL por el delito de Robo agravado automotor notifica a las víctimas, Sr. Gastón Alberto Pathenay con último domicilio conocido en calle Almirante Brown N° 1.588 piso 4° depto. "f" y Sr. Walter Aníbal Gurini con último domicilio...

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