Varios Publicados en la Fecha 30 de Julio de 2008

CASA CENTRAL C.C. POR 10 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial La Plata N° 22 a cargo del Juez Dr. Alfredo Aníbal Villata, cita y emplaza a los herederos de AVELINO ZAGO y/o quienes se consideren con derecho para que en el término de diez días comparezcan a hacer valer sus derechos en autos caratulados "Ferreyra, Sergio Marcelo y otro c/ Administración Borrajo y otros s/ Escrituración". Exp. N° 122697, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente (art. 341 del C.P.C.C.). La Plata, 16 de julio de 2008. Sandra R. Artazcoz, Auxiliar Letrada.C.C. 6.460 / jul. 23 v. ago. 5POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5 del Departamento Judicial Morón a cargo del Dr. Eugenio A. Rojas Molina, hace saber que en los autos "Pugliese Antonio Adan. s/ Quiebra" Expte. 53.615 con fecha 31 de Marzo de 2008, se ha decretado la quiebra del Sr. PUGLIESE ANTONIO ADAN, DNI N° 7.657.838 con domicilio real en calle Paraíso 654 de Villa Sarmiento, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, disponiéndose: Intimar al fallido para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del Juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 88 inc. 3 de la citada ley, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. Asimismo, intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5°. Se ha fijado la fecha del 29 de Agosto de 2008 como límite hasta el cual los acreedores podrán presentar ante el síndico designado en autos Cr. Sergio Leon Fuks las demandas de verificación en el domicilio legal de aquél sito en calle Tucumán 1071 de Morón, de 9 a 13 y de 16 a 19 hs. Laura Andrea Moro, Auxiliar Letrada.C.C. 6.534 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Angel Norberto Gorostegui Juez, hace saber que en los autos "Fusaro Leonor Catalina S/ Quiebra" Expte. 65.871; con fecha 6 de Agosto de 2004 se ha decretado la quiebra de la Sra. FUSARO LEONOR CATALINA LC 2.215.666, disponiéndose: Intimar al fallido para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el art. 88 inc. 4 de L.C.Q. Asimismo intímase a todos aquéllos que tengan en su poder bienes o documentación de la fallida para que dentro del plazo de cuarenta y ochos horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o en su caso denuncien la ubicación e individualización de los bienes o instrumentos, todo ello bajo apercibimiento de ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza a la fallida conforme los términos del art. 88 inc. 5 de L. 24.522. Se ha fijado la fecha, 26 de agosto de 2008, como límite hasta el cual los acreedores podrán presentar ante el síndico designado en autos Cr. Sergio Leon Fuks las demandas de verificación en el domicilio legal de aquélla sito en calle Basavilbaso N° 2026, de Lanús los días de lunes a viernes en el horario de 15 a 19. Asimismo, se han fijado los días 22 de octubre y 11 de diciembre de 2008, para la presentación por el síndico de los informes individual y general, respectivamente (art. 35 y 39 LCQ). María Cecilia Varela, Auxiliar Letrada.C.C. 6.533 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en Civil y Comercial N° 5, Secretaría a mi cargo del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber por 5 días que en los autos: "Sauer Patricia Noemí s/ Quiebra", se ha decretado la quiebra de PATRICIA NOEMI SAUER, con domicilio en calle Colón nº 111 del Partido de Pigüé, intimándose al deudor y a quienes detentan bienes de aquél los entreguen al Síndico Cr. Oscar Reynaldo Bazerque, con domicilio en Estomba 143, Bloque A, la ciudad de Bahía Blanca. Prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 29 de agosto de 2008 hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al síndico. Bahía Blanca, 14 de julio de 2008. Dr. Darío J. Graziabile, Secretario.C.C. 6.523 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - Se cita y emplaza a CLAUDIO MANUEL MERCADO, DNI 30.352.080, en la causa contravencional Nº 2917, que por Infracción al Art. 38 de la Ley Nº 8.031 en Bahía Blanca, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 2 a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Milena Marisa Menichelli, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nº 34, piso 3º de la ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 8 de julio de 2008. María Teresa Caviglia, Auxiliar Letrada.C.C. 6.524 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - El Señor titular del Juzgado Correccional Nº 5 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Diego Tatarsky, cita y emplaza a MONTOYO BESADA JUAN RAMON, peruano, D.N.I. 10.567.142, nacido el día 19 de diciembre de 1956, en el Departamento de lca, Provincia de Chincha, Peru, hijo de Ramón y de Estela, con último domicilio en calle 37 N° 85 entre 118 y 119 de ese medio, en causa n° 490 seguida al nombrado por el delito de Resistencia a la autoridad y Lesiones, para que en el término de 5 (cinco) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N° 5 del Departamento Judicial de La Plata, sito en calle 8 entre 56 y 57 planta baja de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 6 de junio de 2008. Atento a lo resuelto por la Exma. Cámara de Apelación y Garantías a fs. 113/114, cíteselo a Montoya Besada Juan Ramón por edictos los que se publicarán durante 5 (cinco) días en el Boletín Oficial, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 5 de La Plata, bajo apercibimiento ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo, de conformidad con el Art. 129 del C.P.P., a tal fin, ofíciese al Boletín Oficial. Diego Tatarsky, Juez. María Eugenia González Pianta, Auxiliar Letrada.C.C. 6.535 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - Por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, en relación a la causa Nº 1639/2006, registrada en esta Secretaría bajo el N°J-0003605 caratulada: "Aguiar, Estefanía Estela y Matallino, Karina Mercedes s/ Robo Simple en grado de tentativa", a fin de publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal (s/Ley Nº 11.922), la resolución que se notifica a la imputada ESTEFANIA ESTELA AGUIAR, -titular del DNI N° 31.010.930-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 20 de junio de 2008. Autos y Vistos (...) Y Considerando (...) Resuelvo: I - Revocar la suspensión de juicio a prueba que le fuera otorgada a Estefanía Estela Aguiar de las restantes condiciones personales obrantes en autos, en la presente causa 1639/2006 de este Juzgado en lo Correccional N°3 Departamental a mi cargo, registrada en Secretaría bajo el N°J-0003605 (Art. 76 ter, primero y cuarto párrafo "a contrario sensu" del Código Penal) y, acumúlase el presente incidente de suspensión del proceso penal a prueba a su principal. II - Declarar la rebeldía de Estefanía Estela Aguiar, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo de la mencionada una vez que sea habida a primera audiencia. III - Suspender el trámite de la presente causa, respecto de la nombrada Aguiar, hasta tanto la misma sea habida para ser sometida nuevamente a proceso (cf. Art. 305, CPP). IV - Regístrese, notitíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. V - Fecho, líbrense las comunicaciones de Ley y, continúen los obrados principales según su estado (cf. Art. 305, segundo párrafo del CPP). (..) Fdo. Luis A. Gil Juliani, Juez". Asimismo, a fin de acreditar la pertinente notificación en los autos en que me dirijo, deberá conforme lo dispone el Art. 129, último párrafo del Código de Procedimiento Penal, remitir a este Juzgado la constancia de que se hizo la publicación, con carácter urgente. Quilmes, 7 de julio de 2008. Anahí Lidia Fernández, Secretaria.C.C. 6.536 / jul. 24 v. jul. 30POR 5 DIAS - El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, notifica a TERESA RAQUEL ARANDA y ROBERTO NICOLAS DANERI de lo resuelto en la I.P.P. Nº 06-00-033535-07 (carpeta de causa Nº 16831) por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental, resolución en cuya parte dispositiva así reza: "La Plata, 23 de mayo de 2008 ... Por ello, el Tribunal Resuelve: Hacer lugar al recurso de apelación traído fs. 35/37 y revocar el auto obrante a fs. 20/21 que ordena el inmediato desalojo de Teresa Raquel Aranda y demás ocupantes de la vivienda de la calle 530 entre 125 y 126 casa 34 de Ensenada, en la presente I.P.P. Nº 06-00-033535-07 de la U.F.I. Nº 6, carpeta de la causa Nº 16.831, Juzgado de Garantías Nº 3 Departamental, todo por los fundamentos dados...

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