Varios Publicados en la Fecha 28 de Marzo de 2006

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE LA PRODUCCION DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA POR 5 DIAS. Notificación al señor Ricardo Enrique Falabella de la Disposición Nº 12 de fecha 04 de marzo de 2004 emanada de la Autoridad Minera Provincial, Expediente Nº 2721-583/99. Disposición Nº 12. La Plata, 04 mar 2004. Visto: El expediente Nº 2721-583/99 tramitado por Ricardo Enrique Falabella; y Considerando: Que el artículo 216 del Código de Minería, determina que la concesión de la mina caduca por falta de pago cuando expresamente dispone: "El canon se pagará adelantado y por partes iguales en dos semestres, que vencerán el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año, contándose toda fracción de semestre como semestre completo. El canon comenzará a devengarse desde el día del registro, salvo lo dispuesto en el artículo 224, esté o no mensurada la mina. La concesión de la mina caduca ipso facto por falta de pago de una anualidad después de transcurridos dos meses desde el vencimiento".; Que el artículo 219º del Código de Minería determina que: "Que en cualquier caso de caducidad la mina volverá al dominio originario del Estado y será inscripta como vacante, en condiciones de ser adquirida como tal de acuerdo con las prescripciones de este Código. Cuando la caducidad fuera dispuesta por falta de pago del canon minero, será notificada al concesionario en el último domicilio constituido en el expediente de concesión..."; Que la mina de arcilla "La Alcancia II" Expediente nº 2721-583/99, adeuda canon de acuerdo a informe de folio 32 del expediente de referencia; Por ello: El Director Provincial de Minería en Ejercicio de la Autoridad Minera de la Pcia. de Buenos Aires dispone: Artículo 1º) Notificar con relación a los derechos mineros que han tramitado en el expediente Nº 2721-583/99, por Ricardo Enrique Falabella, sobre la mina de arcilla "La Alcancia II", ubicada en Circ. XX, Sección H, Chacra 791, Parcela 1, Partido de Olavarría, que se ha producido la caducidad ipso facto de los mismos, conforme lo normado en el artículo 216 del Código de Minería. Artículo 2º) Notifíquese a los interesados y a los acreedores hipotecarios y/o privilegiados que hubiere, para que dentro de cuarenta y cinco (45) días, ejerzan los derechos que puedan corresponderles, bajo apercibimiento de inscribir la mina como vacante, artículo 219 del Código de Minería. Artículo 3º) De no existir acreedores hipotecarios y/o privilegiados, o vencidos los cuarenta y cinco (45) días sin que hayan ejercido sus derechos, inscríbase la mina como vacante y en la situación del artículo 219 del Código de Minería. Artículo 4º) Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial por tres (3) veces en el término de quince (15) días y resérvese en el Departamento Minería. Hay dos sellos y firmas del Dr. Marcelo Caballe-Director Provincial de Minería-Ministerio de Producción Provincia de Buenos Aires y de Hugo Juan Fabiano-Escribano de Minas de la Pcia. de Bs. As. La Plata, 9 de marzo de 2006. Dr. Marcelo Caballe. Director Provincial de Minería.C.C. 2.046 - mz. 21 v. mz. 28Provincia de Buenos Aires H. TRIBUNAL DE CUENTASPOR 5 DIAS: De Acuerdo con los artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5) días a la Señora Adriana Lydia Maldonado, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 06/12/2005, en el expediente 228/00 Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano Ejercicio 2000, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 6 de Diciembre de 2005 ... Resuelve: ... Artículo Primero: Mantener las sanciones aplicadas conforme lo establecido en el considerando Primero a los siguientes responsables ...y llamado de atención a la Señora Adriana Lydia Maldonado. Artículo tercero. Dejar sin efecto el cargo pecuniario formulado en forma solidaria a los Señores ... y Adriana Lydia Maldonado por la suma de pesos dos mil ochocientos tres con ochenta y cuatro centavos ($ 2.803,84) y aprobar erogaciones por la suma de pesos dos mil ($ 2.000,00) conforme con lo establecido en el Considerando Tercero. Artículo quinto: Intimar a los responsables mencionados en el Artículo Primero para que dentro del término de quince (15) días procedan a depositar en el Banco de la provincia de Buenos Aires - Cuenta Fiscal N° 1865/4 orden "Tribunal de Cuentas o/Presidente "- las sumas indicadas en dicho artículo, como pertenecientes a este pronunciamiento, debiendo notificar fehacientemente a este H. Tribunal de dichos depósitos en el término de diez (10) días de efectuados, bajo apercibimiento de darle intervención al Fiscal de Estado para que promueva las acciones previstas en el Art. 159 de la Constitución Provincial y Artículo 33 de la Ley 10.869 y modificatorias. Artículo Séptimo: Rubricar ... Firmado: Doctor Eduardo B. Grinberg Presidente; Miguel O. Teilletchea; Cecilia R. Fernández Gustavo E. Fernández; Héctor B. Giecco; ante mí: Contador Roberto A. Vicente (Secretario General)". La Plata, 21 de febrero de 2006. Firmado: Contador Roberto A. Vicente, Secretario General H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.C.C. 2.094 - mz. 21 v. mz. 28POR 5 DIAS.- De acuerdo con el Artículo 27 "in fine" Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5) días al Señor Esteban Alberto Williams, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, le ha conferido traslado por el término de quince (15) días del informe producido por la División Relatora en el Expediente N° 2.170.0/04 relativo a la rendición de cuentas del Instituto de la Vivienda por el Ejercicio 2004. Al mismo tiempo se les hace saber que el H. Tribunal, al día de la fecha se encuentra constituido de la siguiente forma: Presidente: Doctor Eduardo B. Grinberg; Vocales: Contadores Miguel O. Teilletchea; Cecilia R. Fernández; Héctor B. Giecco y Gustavo E. Fernández. La Plata, 16 de Febrero de 2006. Firmado: Contador Roberto A. Vicente, Secretario General H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.C.C. 2.093 - mz. 21 v. mz. 28POR 5 DIAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias Leyes 10.876 y 11.755, hácese saber por el término de cinco (5) días a la Señora Marina Lafleur, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, ha dictado fallo con fecha 15/12/2005, en el expediente 236/00 relativo a la Rendición de Cuentas del Consejo Provincial del Menor. Ejercicio 2001, cuya parte pertinente dice: "La Plata, 15 de diciembre de 2005 Resuelve: Artículo Duodécimo: Sancionar con una "Multa" ... a la Señora y Marina Lafleur multa de $ 500,00 a cada uno de ellos por lo señalado en los Considerando Tercero, Sexto, Octavo y Duodécimo. Articulo Décimo Tercero: Declarar patrimonialmente responsables y formular cargo pecuniario por...

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