Varios publicados en la fecha 26 de junio de 2012
CASA CENTRAL
C.C.
POR 5 DÍAS – En autos caratulados “Sindicatura Ex.
Bid s/ Quiebra c/ Brandli Patricia s/ Dem. Ejecutiva” (Expte. 3104/01), que tramitan por ante este Primera Instancia de Circuito N° 3 de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Fernando Villarreal, Juez, Dra.
Lidia Barroso, Secretaría, se ha dispuesto dirigir a Ud. el presente a los siguientes fines: A) Previo los trámites pertinentes se sirva publicar por cinco días en ese Boletín Oficial que dentro de los presentes, se ha dispuesto poner en conocimiento del demandado BRANDLI PATRICIA ANDREA (DNI 14.491.215); la resolución y el decreto que a continuación se transcriben: N° 742. Venado Tuerto, 28 de mayo de 2009. Y Vistos… y Considerando… Resuelvo:
Regular los honorarios profesionales por la labor de la Dra.
Ester Tomás Almena, en la suma de pesos dos mil setecientos cincuenta ($ 2.750.) equivalentes a la cantidad de 17 unidades Jus. La presente regulación a partir de los treinta días de su notificación devengará el interés de la Tasa Activa Capitalizada del nuevo Banco de Santa Fe S.A. para operaciones de descuento de documentos.
Vista a Caja Forense. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dr. Alberto Frinchaboy, Juez, Dra. Lilia Arleo, Secretaria. Venado Tuerto, 30 de junio de 2009.
Téngase presente lo manifestado. A los fines solicitados, publíquense edictos en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Alberto Frinchaboy, Juez. Dra. Lilia Arleo, Secretaria. Venado Tuerto, 27 de mayo de 2010. Pase oficio a la firma.
Hágase saber el nuevo Juez que va a entender (Art. 62 inc.
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CPCC). Notifíquese. Fdo. Dr. Fernando Villareal, Juez, Dra. Lidia Barroso, Secretaria. Para su recaudo se le hace saber lo siguiente. a) La parte actora es la “Sindicatura Ex Bid Cl. s/ Quiebra”, con domicilio en calle Brown 1744 de Venado Tuerto, en tanto que la parte demandada es:
Brandli Patricia Andrea (DNI 14.491.215), domicilio en Gorriti 963 de Baradero, Prov. de Buenos Aires, y el juicio en cuestión es un Juicio Ejecutivo proveniente de un convenio celebrado con la actora. b) El tribunal oficiante es competente para el presente pleito, territorialmente, y por la razón de la causa y del monto del asunto. c) La presente medida fue solicitada por la apoderada de la actora, Dra. Ester Tomás Almena, con domicilio legal en calle Azcuénaga 655 de la ciudad de Venado Tuerto, y esta ordenada por decreto emanado de este Juzgado de fechas Venado Tuerto, 30 de junio de 2009 que dice:
Téngase presente lo manifestado. A los fines solicitados, publíquense edictos en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Alberto Frinchaboy, Juez, Dra. Lilia Arleo, Secretaria. d) La presente medida fue solicitada por la parte actora antes individualizada. e) Se hace constar que la Dra. Ester Tomás Almena, y/o el Dr. Pablo Garriga Lacaze, y/o el Dr.
Eduardo Gaultieri y/o Lino González y/o el Dr. Miguel Scarlatta y/o la Dra. Miriam Amengual y/o la persona que cualquiera de ellos indique, se encuentran ampliamente facultades conferidas al efecto. f) Las presentes actuaciones tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de las presentes actuaciones tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia Circuito N° 3 de Venado Tuerto, Departamento General López, Prov. de Santa Fe, a cargo del Dr. Fernando Villareal, Juez, Dra. Lidia Barroso. g) Asimismo se hace constar que la presente publicación se encuentra exenta del pago de gastos, sellados y aranceles de todo tipo, por aplicación del Art.
182 de la Ley Concursal 24.522. Cumplimentado que sea el presente sírvase devolverlo a este Juzgado para constancia y glosamiento en autos. Julia Petracco, Secretaria.
C.C. 6.075 / jun. 19 v. jun. 26
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaría a mi cargo, del Departamento Judicial Bahía Blanca, sito en Estomba N° 32, Piso 2°, en autos: “Janyistabro Antonio s/ Quiebra (pequeña)” (Expte. 100969/11), hace saber que se ha decretado la quiebra de ANTONIO JANYISTABRO, DNI N° 10.324.116, CUIT N° 20-10324116-3, con domicilio real en el establecimiento rural ubicado sobre la ruta nacional N° 33, en cercanías de la localidad de Tornquist, correspondiente al Cuartel X del Partido de Saavedra, con fecha 23 de marzo de 2012. Intímase al fallido y a los terceros que tengan bienes de éste, los entreguen al Síndico Cr. Oscar Rubén Ohaco, con domicilio constituido en calle D‘Orbigny N° 325 de Bahía Blanca, como así también los libres de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Prohíbese al fallido hacer pagos y recibirlos de terceros, so pena de ser declarados ineficaces. Fíjase el día 6 de agosto de 2012 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación al Síndico, de lunes a viernes en el horario de 16 a 20 horas. Fíjase el día 04 de septiembre de 2012 para que el Síndico presente el informe individual previsto por el Art. 35 de la Ley N° 24.522 y para la presentación del informe general el día 18 de octubre de 2012. Bahía Blanca, junio 01 de 2012. Fernando Hugo Fratti, Secretario.
C.C. 6.104 / jun. 19 v. jun. 26
POR 5 DÍAS - En Causa N° 01221-10, autos caratulados “Hidalgo, Dardo Silvestre s/ Robo” de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N° 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N° 19 de esta localidad, a fin de notificar, al menor HIDALGO, DARDO SILVESTRE con DNI N° 37.380.548, cuyo último domicilio conocido es en calle Larrea Casa N° 4 de la localidad de Castelli. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución a notificar: Resolución N° 0213-12. Dolores, 27 de marzo de 2012. Autos y Vistos:... Considerando: ... Resuelvo:
Declarar extinguida la acción penal en la presente Carpeta de Causa N° 1221-10, I.P.P. N° 03-00-007821-10, que se sigue al Joven Dardo Silvestre Hidalgo con DNI 37380548 sobreseyéndolo definitivamente en orden al delito de Robo, delito previsto y penado por el Art. 164 del Código Penal. Notifíquese al señor Agente Fiscal y Defensor.
Líbrese oficio a comisaria para notificar al menor y persona responsable acompañando copia de la presente.
Líbrese oficio al centro de referencia Informándole la presente y el cese de su intervención. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite.” “Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven N° 1. A mayor ilustración se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: “Dolores, de junio de 2012. I. Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Castelli, en la presente Carpeta de Causa N° 01221-10, Y atento a lo informado por personal comisionado a efectos de notificar la Resolución N° 0213-12 de fecha 27 de marzo de 2012 al joven Dardo Silvestre Hidalgo con DNI N° 37.380.548, ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada persona mediante edictos (conf. Art.
129 del C.P.P.), debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. II. A fin de que se dé cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven N° 1 Departamental. Dolores, 06 de junio de 2012. C.C. 6.063 / jun. 19 v. jun. 26
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº Dos a cargo del Dr. Iber M. J. Piovani, Secretaría Única, de la ciudad de Tres Arroyos; hace saber por cinco días que en autos caratulados “Osorio, Ricardo Ignacio s/ Quiebra“ Expte. Nº 38.333 con fecha 11 de mayo de 2012 se ha decretado la quiebra de RICARDO IGNACIO OSORIO, DNI 11.043.612, domiciliado en calle Olivero Duggan Nº 775 de la ciudad de Tres Arroyos.- Continua interviniendo en carácter de Síndico el Cr.
Domingo Fortunato Leonel Elías con domicilio constituido en calle Colón N° 535, 2do. Piso, Oficina 4 de la ciudad de Tres Arroyos.- Se ha dispuesto que los acreedores que soliciten verificación, lo hagan por vía incidental (conf. Art.
202 LCO). Se intima al fallido y a terceros que posean bienes y/o papeles del mismo, los entreguen al Síndico en el plazo de cinco días, prohibiéndoles a los terceros efectuarle pagos al causante, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Tres Arroyos, 5 junio de 2012. Mariana C. Druetta, Abogada Secretaria.
C.C. 6.071 / jun. 19 v. jun. 26
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N° 1 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24 de esta ciudad, cita a DAVID NICOLÁS RODA, argentino, soltero, empleado, hijo de José y de Blanca Esther Fernández, DNI N° 36.603.628, nacido el día 9 de septiembre de 1991 en San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, último domicilio Avda. de los Constituyentes N° 3168 Planta Alta Barrio Las Tunas Ptdo. de Tigre, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 30 de mayo de 2.012.
Atento al resultado de la diligencia policial de fs. 207 y 216 y lo informado por el padre del imputado a fs. 210, ignorándose el paradero actual del encartado David Nicolás Roda y no surgiendo otro particular o laboral, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. Art. 129 del C.P.P.), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención (cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.). Fdo.
Rubén Edgardo Enz, Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de robo en San Nicolás, en la causa N° 2853 de este registro -I.P.P. N° 5091/09, caratulada: “Roda, David Nicolás- lesiones graves en San Nicolás”, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N° 24 de la ciudad de San...
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