Varios Publicados en la Fecha 26 de Julio de 2007

VariosCONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA INSTRUCCION DE SUMARIOSLa Plata, 12 de julio de 2007.POR 5 DIAS: La Instrucción Sumarial -Contaduría General de la Provincia- notifica al ex agente Carlos Antonio López, D.N.I. N° 5.174.533, que en el expediente N° 2946-6310/02 -y agreg.- se ha dictado Auto de Imputación que a continuación se transcribe:"Corresponde Expediente N° 2946-6310/02 c/ agreg. expte. N° 2981-1781/06.AUTOS Y VISTOS:Que por las presentes actuaciones se sustancia sumario administrativo de responsabilidad patrimonial ordenado por el señor Contador General de la Provincia mediante Resolución N° 416/05, con motivo de la sustracción de bienes que se encontraban en la ambulancia U.T.I.M. R.O. N° 26.392, marca Ford Transit 190L, dominio BTY-667, motor N° VU41379, modelo 1997, con base en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes, y,CONSIDERANDO:Que por el acto administrativo citado anteriormente, se me designa Instructora Sumariante -artículo 2°- (fs. 61 y vuelta), procediendo en consecuencia a aceptar el cargo (fs.63), decretando la apertura de la acumulación de la prueba de cargo y el secreto de sumario (fs. 64 y vuelta).Que los aludidos bienes son una radio transmisión a base, una radio pasacassette AM/FM y una silla de ruedas plegables; los cuales fueron dados de baja mediante Disposición N° 11/04 (ver fs. 46).-Que por el hecho en cuestión se efectuó la correspondiente denuncia policial, de la cual surge que el Sr. Carlos López, el día 1 de enero de 2002 a las 03:30 hs. trasladó la ambulancia de marras hasta su vivienda, dejándola estacionada frente a ésta, advirtiendo a las 09:30 hs. que autores ignorados habían ingresado sin ejercer violencia y le habían sustraído los bienes descriptos (fs. 3).-Que con respecto al valor de reposición de los bienes sustraídos, el mismo asciende a la fecha de exteriorización del hecho:01/01/02 a la suma de pesos un mil novecientos veinte ($ 1.920,00) fs. 38.-Que a fs. 56 la Dirección del nosocomio informa que no obra en sus registros autorización para que el Sr. López trasladara la ambulancia a su domicilio.-Que respecto a las notificaciones enviadas a los domicilios indicados en autos, informados tanto por el nosocomio en cuestión como por el Sr. Juez Federal con Competencia Electoral, fueron todas con resultados negativos -ver fs. 67, 72/73, 79/80, 92/93-; asimismo, se ha ordenado la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y la propalación del texto en Radio Provincia, por el término de cinco (5) días, emplazando al ex agente Carlos Antonio López a fin de que preste declaración indagatoria, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado -fs. 81/83-, adjuntándose las constancias respectivas a fs. 84/85; y a fs. 86 luce el acta labrado dejando asentado la incomparecencia del aludido agente.Que habiéndose cumplimentado las etapas procedimentales pertinentes según el ordenamiento legal vigente, esta Instrucción se encuentra en condiciones de evaluar teniendo en cuenta cada uno de los elementos obrantes en autos, entendiendo en consecuencia que el agente en cuestión no contando con autorización expresa de la Dirección del Hospital Iriarte de Quilmes llevó a su domicilio particular la ambulancia que dejó estacionada en la vereda el día 1° de Enero de 2002, constatándose su negligencia respecto al cuidado y conservación de dicho bien, ocasionando que personas ignoradas procedieran a la apertura de la ambulancia y a la sustracción de los bienes que se hallaban en su interior, transgrediendo de esa manera lo normado por los art. 64 y 65 del Decreto Ley N° 7764/71 T.O. Decreto N° 9167/86.Por ello,la Instruccion, RESUELVE:ARTICULO PRIMERO: Cerrar la etapa de acumulación de la prueba de cargo y levantar el Secreto de Sumario, Artículo 72 inc. 2, apartado 2° Decreto N° 3300/73, modificado por su similar Decreto N° 5612/84.ARTICULO SEGUNDO: Determinar el monto del perjuicio fiscal en la suma de pesos un mil novecientos veinte ($ 1.920,00) a la fecha de exteriorización del hecho:01/01/02 (fs. 38).-ARTICULO TERCERO: Imputar el monto del perjuicio fiscal ocasionado al ex agente Carlos Antonio López, D.N.I. N° 5.174.533, por transgresión a lo establecido en los artículos 64 y 65 del Decreto Ley N° 7764/71 T.O. Decreto N° 9167/86.ARTICULO CUARTO: Notificar al imputado mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y propalación del texto del presente en Radio Provincia durante cinco (5) días, para que en el plazo de cinco (5) días efectúe el descargo a que se considere con derecho y a acompañar y/u ofrecer la prueba de que intente valerse.Asimismo se deja constancia que cuenta con un plazo de cinco (5) días para que efectúe el descargo a que se considere con derecho y a acompañar y/u ofrecer la prueba de que intente valerse, encontrándose el expediente de mención en el Departamento de Instrucción sito en calle 46 entre 7 y 8 -primer piso- La Plata Pcia. de Bs. As. C.P. 1900. Queda ud. notificado.Gabriela A. FerreyraInstructor SumarianteC.C. 7.911 / jul. 20 v. jul. 26BANCO CREDICOOP C.L.POR 15 DIAS - Por el presente, el Banco Credicoop C.L. notifica a sus asociados y público en general, que en circunstancias que aún se encuentran en etapa de investigación por ante la UFI Nº 10 del Depto. Judicial San Martín, PBA; se ha producido el hurto de las chequeras, que se detallan a continuación:Suc.Números de cheque TipoCta. Cte. Nro.desdehastaChequera020-11297/650884015088420CPDiferido020-11297/67571545175715500COMUN020-11696/150884215088500CPDiferido020-11774/248989414899140CPDiferido020-11825/744409614440980CPDiferido020-12172/148991414899180CPDiferido020-12172/17564235175642400COMUN020-12728/650221615022180CPDiferido020-12812/850718415071880CPDiferido020-14308/850718815071900CPDiferido020-15911/77570900175709050COMUN020-15940/77563680175636850COMUN020-16204/950885015088540CPDiferido020-16204/950885415088580CPDiferido020-16204/950885815088620CPDiferido020-16204/950886215088660CPDiferido020-16204/950886615088700CPDiferido020-16204/97571550175715600COMUN020-16204/97571560175715700COMUN020-16204/97571570175715800COMUN020-17012/950032415003260CPDiferido020-17012/950032615003280CPDiferido020-17025/950719615071980CPDiferido020-17092/150389215038940CPDiferido020-17735/950222215022260CPDiferido020-18186/445243814524400CPDiferido020-19259/247978414797860CPDiferido020-19440/650719815072020CPDiferido020-19440/650720215072060CPDiferido020-20825/350720615072080CPDiferido020-20825/350720815072100CPDiferido020-21053/346558014655840CPDiferido020-21195/67563020175630250COMUN020-21195/67567325175673300COMUN020-21812/446558414655880CPDiferido020-22105/650390015039020CPDiferido020-24329/07569585175695950COMUN020-28247/550721015072180CPDiferido020-21094/650389415039000CPDiferido020-21094/67569575175695850COMUN Por lo expuesto, solicitamos abstenerse de recibir y/o transmitir cualesquiera de los valores involucrados en el detalle precedente. Gerardo Galmés. Gerente General a/c.C.F. 31.013 / jul.23 v. ag. 10MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS DIRECCION PROVINCIAL DEL TRANSPORTEPOR 5 DIAS. - Atento a la imposibilidad reiterada de efectuar las pertinentes notificaciones de diversos actos administrativos de acuerdo a las pautas estatuidas por el art. 65 de la L.P.A., corresponde en esta instancia solicitar se lleven a cabo las mismas, mediante la publicación en el Boletín Oficial, en los términos del art. 66 de dicha ley, a tenor del listado que a continuación se detalla.-EXPEDIENTE, DISPOSICION, DESTINATARIO:2417-8401/03, 1785/06, MENESCALDI, HUGO OSCAR (DNI 13.818.763)2417-333/05, 500/07, D´ERAMO, OSCAR AGUSTIN (DNI 8.488.972)2417-770/05, 187/07, BENEGAN, AMERICO VICTORINO (DNI 8.250.964)2417-1549/05 y agreg.2417-2342/06, 709/07, BENITO REVOLLO...

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