Varios Publicados en la Fecha 24 de Mayo de 2007

Varios MINISTERIO DE SEGURIDAD CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIASPOR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por el lapso de cinco (5) días en el expediente 2138-110556 caratulado "Novelli Reidel - Albarracín Lilia Sara (concubina) /Pensión" a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 12 de enero de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Comisionado.C.C. 5.450 / may. 18 v. may. 24LAMINADOS Y PERFORADOS JONTE Sociedad de HechoPOR 5 DIAS - Haedo, Ariel David Estrugo, Abogado, comunica la disolución de "Laminados y Perforados Jonte Sociedad de Hecho" CUIT 30-70984142-0, con el rubro de venta al por mayor y fabricación de maquinarias de uso general, con domicilio en la calle Dolores Prats 1334 de Haedo, Pdo. de Morón, Prov. Bs. As. que era entre los señores Pedro Rafael Pileci y Sebastián Proto. Reclamos de Ley en la misma dirección. Ariel David Estrugo. Abogado.Mn. 61.976 / may. 18 v. may. 24SECRETARIA DE POLITICA AMBIENTALPOR 5 DIAS - La Secretaría de Política Ambiental notifica por este único medio que por expediente 2145-13270/99 caratulado "Lavadero Industrial de Oscar A. Cobas Actas A01-1476 B01-9586", el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Dpto. Jud. Quilmes, ha dictado sentencia, que en su parte resolutiva, dice lo siguiente: "Quilmes, 23 de mayo de 2003... "Resuelvo: Confirmar en su totalidad la resolución 1986/01 de la Secretaría de Política Ambiental, la cual luce agregada a fs. 30 vta. de los presentes actuados, por infracción a los Arts. 18 y 110 del Decreto 1.741/96, reglamentario de la Ley 11.459, en razón de no acreditar la presentación de Evaluación de Impacto Ambiental... Formado: Luis A. Gil Juliani. Juez Correccional". Por lo expuesto, se lo intima para que abone la multa impuesta por el Art. 1º de la Resolución 1986/01, de pesos ochocientos cincuenta y ocho con cincuenta y seis centavos ($ 858,56), la que deberá abonarse mediante efectivo o cheque certificado por la entidad bancaria dentro de diez (10) días de notificado y para dentro de los treinta (30) días acredite ante esta Secretaría haber presentado la Evaluación de Impacto Ambiental del establecimiento, conforme lo resuelto por el Art. 2º de la Resolución 1986/01. Queda Ud. notificado. Secretaría de Política Ambiental.C.C. 5.421 / may. 18 v. may 24INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 17 de abril de 2007.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 21557-19436-05 BOIDO SUSANA la Resolución N° 552203 de fecha 3 de noviembre de 2005. VISTO lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas y, CONSIDERANDOQue, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente, Ley 9650 texto ordenado 1994.Que, se han expedido los organismos técnicos y legales correspondientes.Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTICULO 1: Acordar el beneficio de jubilación ordinaria Serv. puros a Boido, Susana nacido/a el 16/08/1952 con documento de identidad DNI 10.492.427 y domiciliado/a en Pichincha N° 1563 Lanús.-ARTICULO 2: El beneficio acordado será liquidado a partir del día 01/03/2004, y será equivalente al 75 % del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de maestra de grado con 31 años desempeñado en Dirección General de Cultura y Educación.-ARTICULO 3: Notificar por la presente lo dispuesto en el Art. 60 Decreto Ley 9650 cuyo texto se acompaña.-ARTICULO 4: Aprobar el cómputo de servicios de fs 16 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que asciende a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 31 años 01 meses y 24 días de servicios.-ARTICULO 5: El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la sección Magisterio.-Observaciones: El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2 es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Percibió anticipo jubilatorio por la Ley 12.950.ARTICULO 6: Regístrese en actas, Notifíquese al interesado y pase al departamento de Adecuaciones y Altas para su cumplimiento.Alejandro BallesterPresidente IPSC.C. 5.499 / may. 22 v. may. 29INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 17 de abril de 2007.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2803-40344-87 MARÍA EDITH CAPALBO s/suc a Emmerich Bárbara Verónica la Resolución de fecha 24 de agosto de 2006 acta N° 2830. VISTO, las presentes actuaciones por medio de las cuales se analiza el incumplimiento de la propuesta de pago ofrecida en autos por Bárbara Verónica Emmerich, en su calidad de hija de la causante de autos, y; CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 455206 de fecha 5-9-2001 se determina cargo deudor por haberes percibidos sin derecho por la titular conforme lo dispuesto por el Art. 37 del Decreto Ley 9650 t.o.1994, el que asciende originalmente a $ 537,10, posteriormente por acto administrativo de fecha 27-12-2001, se recepta favorablemente la forma de pago de la deuda, propuesta por la interesada,Que según surge del informe de fs. 275 de fecha 8-10-2004, resta cancelar un saldo de $ 387,10 siendo registrado el último depósito el 10-7-2002,Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTICULO 1. Declarar legítimo el saldo deudor a favor de este Instituto de $ 387,10 en concepto de haberes percibidos indebidamente por Bárbara Verónica Emmerich, y teniendo en cuenta lo infructuoso de las notificaciones efectuadas a la misma a efecto de dilucidar la situación de autos, se deberá notificar por edictos lo actuado y posteriormente confeccionar el título ejecutivo pertinente.-ARTICULO 2. Pasen las actuaciones al Depto. Técnico Administrativo Sector Edictos, cumplido a liquidación y pago de haberes por corresponder.Alejandro BallesterPresidente IPSC.C. 5.500 / may. 22 v. may. 29INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 17 de abril de 2007POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2918-96029-77 ESTEBAN BACALO la Resolución N° 554084 de fecha 15 de diciembre de 2005. VISTO la situación previsional de don Esteban Bacalo, jubilado N° 105.420.294 de la Sección Magisterio, CONSIDERANDO:Que como resultado del análisis de actuaciones nacionales y provinciales dispuesta en orden a la auditoría efectuada por la comisión técnica jurídica "ad hoc" a efectos de evaluar beneficios múltiples, se detectó que el titular gozaba desde el 26/04/76 de una jubilación ordinaria en la órbita nacional;Que se procedió a evaluar la correspondencia del segundo beneficio en este ámbito en los términos de la Ley 21153, advirtiéndose que no reúne los recaudos exigidos por la misma, toda vez que fraccionó la reciprocidad;Que la Ley 21153 admitió la posibilidad de obtener dos beneficios jubilatorios, aunque con la condición que no se utilicen los servicios pertenecientes a un sistema para el otorgamiento de la prestación originaria;Que es dable destacar que al tornarse ilegítima la jubilación provincial, corresponde revocar la Resolución acordatoria de la prestación, determinando que se ha producido un pago indebido, dado que titular de autos no tenía derecho a las sumas percibidas en concepto de haberes jubilatorios;Que en virtud de lo expuesto, deberá calcularse la deuda generada desde el comienzo de la percepción de la jubilación Provincial hasta la baja que se opere con motivo del presente dictamen: VISTO lo actuado, y contando con la vista del señor Fiscal de Estado a fs 39, y siguiendo los lineamientos vertidos por la comisión de prestaciones e interpretación legal a fs. 41,EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE:ARTICULO 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 212.039 de fecha 07/11/77 que acordara el beneficio de jubilación ordinaria a don Esteban Bacalo, L.E. N° 5.420.294, clase 1925, domiciliado en la calle J.B. Alberdi N° 429 de la localidad de Villa Ballester, atento los motivo expuestos en los considerandos.ARTICULO 2.- Contra las resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días de notificado ( Artículo 74 Decreto Ley 9650/80 t.o. 1994).ARTICULO 3.- Se deberá liquidar cargo deudor por haberes percibidos indebidamente, por el período comprendido entre el comienzo de percepción del beneficio (09/10/1976) y la baja que deberá operarse, debiendo intimarse al titular de autos para que proponga forma de pago de la deuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondiente a su recupero.-ARTICULO 4.- Oportunamente, deberán desglosarse las actuaciones nacionales para ser giradas al ANSES-UDAI centro, para que le den el trámite correspondiente.ARTICULO 5.- Regístrese en actas, pase al Departamento Resoluciones (legajos) para su notificación al interesado.Elévese a notificación del Sr. Fiscal de Estado, pase al Departamento Mesa Gral. de Entradas a fin de cumplimentar el punto 4° de la presente; hecho pase al apoderado legal.Alejandro BallesterPresidente IPSC.C. 5.501 / may. 22 v. may. 29INSTITUTO DE PREVISION SOCIALLa Plata, 17 de abril de 2007.POR 5 DIAS.- El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente N° 2350-99414-01 GARCÍA VARAS MERCEDES TEODOMIRO s/suc a Funes Aída Carolina la Resolución de fecha 07 de diciembre de 2005 acta N° 2798.- VISTO las presentes actuaciones por medio del las cuales doña Aida Carolina Funes solicita reajuste de su haber previsional en base al adicional previsto en la Ley N° 10295 y modificatorias, y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución N° 489902 de fecha 20/12/01 se acordó beneficio de pensión a la titular de...

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