Varios Publicados en la Fecha 24 de Noviembre de 2006

CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 174 La Plata, 3 de marzo de 2006.POR 5 DIAS - Expte. 2914-23.123/04. VISTO: El incumplimiento contractual celebrado mediante la Orden de Provisión de una prótesis total de cadera no cementada, por parte de la firma "IP MEDICAL S.A.", emitida por el Instituto de Obra Médica Asistencial, y ,CONSIDERANDO:Que se ha acreditado el incumplimiento.Que la referida proveedora ha efectuado descargo, de cuyo análisis surge que los argumentos vertidos no resultan suficientes para eximirla de responsabilidad.A fs.141, se deja constancia que señor Osvaldo Kail tiene acreditada la personería que invoca en el legajo de la firma "IP MEDICAL S.A." de este Registro de Proveedores.(Art. 14 Dec.Ley 7647/70, sobre Procedimiento Administrativo).Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2),con los alcances del art. 105, del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "IP MEDICAL S.A.", legajo n°11.326, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2), con los alcances del art. 105 del Reglamento de Contrataciones, por el incumplimiento contractual celebrado mediante la Orden de Provisión de una prótesis total de cadera no cementada, emitida por el Instituto de Obra Médica Asistencial.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.144 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 234La Plata,17 de abril de 2006.POR 5 DIAS - Expte. 2907-1965/05. VISTO: Las entregas fuera de término de las Ordenes de Compra n° 163/04, 154/04, 245/04, 74/04, 245/04, por parte de la firma "JAITEX S.R.L.", legajo n°10.622, emitidas por el Ministerio de Salud, y ,CONSIDERANDO:Que se han acreditado las entregas fuera de término.Que la referida proveedora ha efectuado descargo, de cuyo análisis surge que los argumentos vertidos no resultan suficientes para eximirla de responsabilidadQue es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "JAITEX S.R.L.", legajo n° 10.622, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por las entregas fuera de término de las Ordenes de Compra n° 163/04, 154/04, 245/04, 74/04, 245/04 emitidas por el Ministerio de Salud.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.145 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 48La Plata, 3 de febrero de 2006.POR 5 DIAS - Expte. 2960-4785/01. VISTO: La rescisión parcial de contrato referente a la Orden de Compra n° 968/01, por parte de la firma "CEOS MEDICA S.A", legajo n°8429, emitida por el Ministerio de Salud, y ,CONSIDERANDO:Que se ha acreditado la rescisión parcial de contrato.Que la referida proveedora ha efectuado descargo, de cuyo análisis surge que los argumentos vertidos no resultan suficientes para eximirla de responsabilidadQue es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "CEOS MEDICA S.A", legajo n° 8429, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por la rescisión parcial de contrato referente a la Orden de Compra n°968/01, emitida por el Ministerio de Salud.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.146 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 172La Plata, 3 de marzo de 2006.POR 5 DIAS - Expte. 2968-2651/02. VISTO: La rescisión parcial del contrato celebrado mediante la Orden de Compra n° 267/01, por parte de la firma "FEDIMED S.A.", legajo n°12.858, emitida por el Ministerio de Salud, y ,CONSIDERANDO:Que se ha acreditado la rescisión parcial del contrato.Que la referida proveedora no ha efectuado descargo, solo obran fotocopias simples agregadas por la empresa.Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "FEDIMED S.A.", legajo n° 12.858, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por la rescisión parcial del contrato celebrado mediante la Orden de Compra n° 267/01, emitida por el Ministerio de Salud.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.147 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 161La Plata, 2 de marzo de 2006.POR 5 DIAS - Expte. 2907-1556/05. VISTO: Las entregas fuera de término de las Ordenes de Compra n° 85/05, 52/05, 17/05, 40/05, 25/05, 8/05, 31/05, 33/05, 04/05, por parte de la firma "POGGI RAUL JORGE LEON ", legajo n°8301, emitidas por el Ministerio de Salud, y ,CONSIDERANDO:Que se han acreditado las entregas fuera de término.Que la referida proveedora ha efectuado descargo, de cuyo análisis surge que los argumentos vertidos no resultan suficientes para eximirla de responsabilidadQue es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "POGGI, RAUL JORGE LEON", legajo n° 8301, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por las entregas fuera de término de las Ordenes de Compra n° 85/05, 52/05, 17/05, 40/05, 25/05, 8/05, 31/05, 33/05, 04/05, emitidas por el Ministerio de Salud.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.148 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 1050La Plata, 19 de diciembre de 2005.POR 5 DIAS - Expte. 2961-600/05. VISTO: El incumplimiento de la Orden de Compra n° 11759/04, por parte de la firma "DES S.A.", legajo n°11.159, emitida por el Ministerio de Salud, y ,CONSIDERANDO:Que se han acreditado el incumplimiento.Que la referida proveedora no ha efectuado descargo, estando debidamente notificada.Que es opinión de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado que la firma nombrada se hace pasible a la sanción prevista en el Art. 102 inc. a), ap. 2), del Reglamento de Contrataciones, criterio que comparte el Registro de Proveedores y Licitadores,Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:Artículo 1°: Aplícase a la firma "DES S.A ", legajo n° 11159, la sanción de APERCIBIMIENTO prevista en el artículo 102, inciso a), apartado 2) del Reglamento de Contrataciones, por el incumplimiento de la Orden de Compra n° 11759, emitida por el Ministerio de Salud.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dr. Mario Oscar CuraContador General de la ProvinciaC.C. 11.149 / nov. 20 v. nov. 24CONTADURIA GENERAL Resolución Nº 1049La Plata, 19 de diciembre de 2005.POR 5 DIAS - Expte. 5400-598/05. VISTO: La publicación periodística que da cuenta de la clausura del depósito ubicado en Blanco Escalada 3040, de Lanús, perteneciente a la firma HABITAT ECOLOGICO S.A., yCONSIDERANDO:Que a fs. 5, se ordenó librar oficio a la Secretaría de Política Ambiental, y a UFI N° 11, de Lomas de Zamora.Que a fs. 20, obra la respuesta al oficio librado en el presente a la Secretaria de Política Ambiental, adjuntando el señor Director de Relaciones Institucionales de la mencionada Secretaría copias certificadas de la Resolución n°533/03, por medio de la cual se otorgó el certificado de aptitud ambiental a la firma HABITAT ECOLOGICO S.A. para su planta industrial en calle Blanco Ensenada n° 3040, de Lanús, por el término de dos años; y de la Resolución n°598/05, por la cual se convalida la clausura preventiva total del establecimiento de la firma HABITAT ECOLOGICO S.A. dedicado al almacenamiento, acondicionamiento y tratamiento primario de residuos, sito en calle San Lorenzo n° 823, de Lanús (ambos actos administrativos emanan de la Secretaría de Política Ambiental).Que a fs. 21, el señor Agente Fiscal adjunto de la U.F.I. N° 11, de Lomas de Zamora, informa que la IPP N°583.515, relativa a la denuncia efectuada por el señor Secretario de Política Ambiental de la Pcia. de Bs. As., se encuentra en plena etapa de investigación, no habiendose adoptado hasta el momento ninguna medida procesal respecto de los integrantes de la empresa HABITAT...

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