Varios publicados en la fecha 03 de diciembre de 2010

CA SA CEN TRALC.C.POR 5 DÍAS – En causa N° 2-14.625 seguida a Ángel Benjamín Costa por el delito de estafa, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era en calle 1 N° 1906 o Avenida 3 N° 2061 de la localidad de San Clemente del Tuyú, la siguiente resolución que en su parte pertinente se transcribe: “Dolores, 11 de noviembre de 2010. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente por la prescripción operada conforme lo normado por los Arts. 59 inc. 3° y 62 inc. 2° del CP. II. Levantar la averiguación de paradero, oportunamente decretada contra ÁNGEL BENJAMÍN COSTA, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbrese oficio de estilo. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal, Defensor Oficial y Dra. Marina P. Michelis (por la parte damnificada), mediante cédula y al imputado mediante edicto, a tal fin líbrese oficio al Boletín Oficial.Firme destrúyase el día 11/11/2015. Fdo. Gastón E. Giles, Juez”. Dolores, 11 de noviembre de 2010.C.C. 215.076 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS – En la causa N° 17513 (IPP N° 03/2601/09) seguida a “AYALA MARTA ISABEL (i) s/ Falsa Denuncia”, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única interinamente a cargo de la Dra. Lucía Brunno Hermosa, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a la prevenida nombrada cuyo último domicilio conocido era calle Tordillo e/ La Rastra e Irupé N° 2229 de Florencio Varela, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:… Resuelvo: Reanudar el juicio en la presente causa… Regístrese, notifíquese. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, de noviembre de 2010… desconociéndose el domicilio de la imputada, procédase a su notificación por el edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP… Fdo. Dra.Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 15 de noviembre de 2010. C.C. 215.077 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS – En causa N° 12.722, seguida por el delito de Infracción Art. 200 y 201 del CP, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido PÉREZ MIGUEL ÁNGEL, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 04 de noviembre de 2010. Autos y Vistos:… Resuelvo: I.Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa por Infracción Art. 200 y 201 del CP, por la prescripción operada conforme lo normado por losArts. 59 inc. 3° y 62 inc. 2° del CP II. Levantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra Miguel Ángel Pérez, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbrese oficio de estilo. III.Notifíquese mediante el Boletín Oficial a Miguel Ángel Pérez, a Bernatene, Vaccari y Niggli por oficio a la Comisaría correspondiente y al Sr. Agente Fiscal y Defensor Oficial mediante cédula. Firme destrúyase el día /11/2015. Fecho devuélvase al PADE a los efectos legales pertinentes. Fdo. Gastón Giles, Juez”. Dolores, 4 de noviembre de 2010.C.C. 215.075 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS – En Causa N° 4958 seguida por el delito de Cohecho a José Cirilo Cabrera, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, de noviembre de 2010. Autos y Vistos: Por lo expuesto precedentemente Resuelvo: I.Tener por transformado de pleno derecho en definitivo el sobreseimiento provisional de JOSÉ CIRILO CABRERA en orden al delito de Cohecho por el cual se lo indagara (Art.384 del CPP). II. Levantar la averiguación de paradero oportunamente decretada a fs. 1166, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tan fin líbrese oficio de estilo. III. Notifíquese solamente al imputado Cabrera mediante oficio al Boletín Oficial. Estése a la destrucción dispuesta a fs. 2016. Fecho devuélvase al PADE a los efectos legales pertinentes. Gastón Eduardo Giles, Juez. Dolores, 4 de noviembre de 2010.C.C. 215.074 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS – En Causa N° 3-52.403, seguida a Anso Gonzalo Israel y otros por el delito de Tentativa de Hurto Simple, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar a los prevenidos SOSA ARIEL ENRIQUE y MARIO ALBERTO LUONE PRESTE, cuyos últimos domicilios conocidos eran en jurisdicción de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, 11 de noviembre de 2010. Autos y Vistos:… Considerando:… Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente respecto de los imputados Ariel Enrique Sosa y Mario Alberto Luone Preste, por la prescripción operada conforme lo normado por los Arts. 59 inc. 3° y 62 inc 2° del CP.II. Levantar las averiguaciones de paradero oportunamente decretadas contra los nombrados ut supra, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo.A tan fin líbrese oficio de estilo. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y Defensor Oficial mediante cédula, y a los imputados mediante publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial. Firme destrúyase el día 11/11/2015.Fecho devuélvase al PADE a los efectos legales pertinentes. Fdo. Gastón E. Giles, Juez”. Dolores, 11 de noviembre de 2010. C.C. 215.070 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS – En Causa N° 2-5648, seguida por el delito de Hurtos y Robos, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar a los imputados GUSTAVO ANDRÉS FIRPO, HÉCTOR EDUAR- DO RAMIS, GABRIEL JUAN BALESTRIERE, DARÍO FERMÍN AGUSTINELLI, JUAN JOSÉ ÁLVAREZ, DANIEL EDUARDO NÚÑEZ, el siguiente texto que a continuación se transcribe: “Dolores, de noviembre de 2010. Autos y Vistos… Por ello Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en esta causa 2-5648 seguida contra Gustavo Andrés Firpo, Héctor Eduardo Ramis, Gabriel Juan Balestriere, Darío Fermín Agustinelli, Juan José Álvarez, Daniel Eduardo Núñez, por los delitos de Robos y Hurtos, por haber transcurrido con creces el plazo de seis años desde el 24 de junio de 2004 hasta la fecha (Arts. 59, 62, 67, 162 y 164 del CP). Líbrese oficio al Boletín Oficial. Notifíquese al Fiscal y Defensor Oficial mediante cédula de estilo. Declarar que la presente causa se encuentra en condiciones de ser destruida el día 10 de noviembre de 2015 (ac. 3397/08 SCJBA). Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 10 de noviembre de 2010.C.C. 215.069 / nov. 29 v. dic. 3 POR 5 DÍAS - Por Disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental, Dra.María Eva Merlo, en Causa N° 496/04 (Investigación Penal Preparatoria N° 65.015; U.F.I. N° 2 Deptal. e Investigación Penal Preparatoria N° 63.416; U.F.I. N° 1 Deptal.), caratulada: “Villamon, Arnaldo Andrés Lesiones Leves (hecho 1) y Amenazas (hecho 2) todos en Concurso Real entre sí a Galván, Héctor Gabriel y Hurto en Grado de Tentativa a Domínguez María del Carmen en Maipú”, de trámite por ante este Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N° 87, a fin de notificar a la víctima de autos Sr. HÉCTOR GABRIEL GALVÁN, cuyo último domicilio conocido era en calle Ramos Mejía y Lebenson de la localidad de Maipú, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: “Dolores, 18 de octubre de 2010. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado el escrito presentado por la Agente Fiscal, Dra.Lis Grisel Brestolli, agréguese a la presente y atento a lo manifestado; póngase en conocimiento de la víctima Sr.Héctor Gabriel Galván, que se encuentran a su disposición a los fin, es de su retiro, el efecto registrado bajo el N° 188, del Libro de Efectos de este Juzgado, consistente en: una (1) camisa a cuadros marca “Charro”, talle M;dentro de los noventa 90 días de notificados, bajo apercibimiento de proceder a la destrucción del mismo, previo peritaje (Arts. 4 y concs. Ley N° 1796/78; 522 del C.P.P. 2, 3 y concs. Ley N° 8873/77). A tales fines líbrese oficio a la Comisaría correspondiente a su domicilio... Notifíquese al Agente Fiscal.” Fdo. Dra. María Eva Merlo, Juez en lo Correccional N° 1 Departamental. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: “Dolores, 15 de noviembre de 2009. Autos y Vistos: Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación de la víctima Héctor Gabriel Galván, provenientes de la Comisaría de Maipú; agréguese a la presente y atento a lo allí informado, no habiéndose podido notificar al mencionado Galván de la resolución dictada por el Juzgado con fecha 18 de octubre del corriente año...

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