Varios Publicados en la Fecha 22 de Julio de 2009

TRIBUNAL FISCAL DE APELACIÓNPOR 5 DÍAS - La Plata, 26 de junio de 2009. Se notifica a JUAN CARLOS GARCÍA que en el expediente N° 2306-143870/04, caratulado "Organización Coordinadora Arg. S.A.", en trámite por ante la Sala 1 del Excmo. Tribunal Fiscal de Apelación, se ha dictado resolución que dice así: "La Plata, 26 de junio de 2009. Autos y Vistos: l.- Atento el resultado negativo de las notificaciones realizadas por carta documento a los domicilios de calle Juramento N° 750 y de O’ Higgins N° 1836, Piso 9, ambos de la Ciudad Autónoma de Bs. As. (constancias a fs. 1.560/1.561 vta. y 1.569/1.570 vta., respectivamente), notifíquese al Sr. Juan Carlos García, el auto de fs. 1.555 y vta. por edictos, bajo apercibimiento de no dar curso a su presentación (Art. 17 Decreto Ley 7603/70 y modificatorias, Arts. 9 inc. 3 del Reglamento de Procedimiento, 109 y cc. del Código Fiscal T.O. 2004). Firmado: Dr. Luis Adalberto Folino. Vocal. Ante mí: Dra. María Cristina Semorile. Secretaria de Sala". Providencia de fs. 1555: "La Plata, 26 de marzo de 2009. Autos y Vistos: I.- Atento el estado de autos, impúlsese el trámite de la presente causa, (Art. 15 Ley 7.603/70 y sus modificatorias). II- Hágase saber que conocerá la Sala I, la que se integrará con la Vocal de 8va. Nominación, Dra. Dora Mónica Navarro en carácter de Juez Subrogante, en virtud de encontrarse vacante la Vocalía de 1° Nominación (Art. 2° del Reglamento de Procedimiento y 8° del Decreto/Ley 7603/70 y sus modificatorias). III- Intímese al Sr. Juan Carlos García a que en el plazo de diez días (10) se haga patrocinar por abogado o contador público matriculado en la Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de no dar curso a su presentación (Art. 17 Decreto Ley 7603/70 y modificatorias, Arts. 9 inc. 3 del Reglamento de Procedimiento, 109 y cc. del Código Fiscal T.O. 2004). También, póngase en conocimiento de la parte, que para el caso de que el patrocinio esté en cabeza de abogado el profesional actuante, deberá acreditar el pago del anticipo previsional del Art. 13 de la Ley 6716, bajo apercibimiento de comunicar su incumplimiento a la Caja Profesional. Asimismo, intímeselo a constituir domicilio procesal en el radio de La Plata, en el plazo de diez días (10), bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. IV- Igualmente intímese a las partes apelantes para que en el plazo de diez (10) días acrediten el pago de la contribución establecida por el artículo 12 inciso g) "in fine" de la Ley 6716 (t.o. Decreto 4771/95), que asciende a la suma de pesos mil doscientos veintinueve con sesenta y seis centavos ($ 1229,66), la que deberá ser abonada mediante Formulario ASER 304, de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, bajo apercibimiento de tener por firme la resolución apelada en el caso, que se produjere la caducidad del procedimiento en esta instancia (Arts. 15 de la Ley citada, 36 inc. 1 y 318 del Código Procesal Civil y Comercial y 127 del Decreto- Ley 7647/70). Asimismo, intímese a los Dres. Luis Marcelo Núñez y Abel Horacio Bradichansky a que acrediten el pago del anticipo previsional del artículo 13 de la mencionada Ley, bajo apercibimiento de comunicar su incumplimiento a la Caja Profesional respectiva. V.- Notifíquese. Firmado: Luis Adalberto Folino. Vocal Sala I. Ante mí: Dra. María Cristina Semorile, Secretaria Sala I". María Verónica Romero, Prosecretaria Sala I.C.C. 7.883 / jul. 16 v. jul. 22INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALLa Plata, 2 de junio de 2009.POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-050675-06 VILLARRUEL, ARTURO la Resolución Nº 575.871 de fecha 5 de julio de 2007. Corresponde al expediente Nº 21557-050675-06.Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas yCONSIDERANDO:Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Decreto Ley 9.650 Texto Ordenado 1994.Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.Por ello,EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAPROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVEARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Jubilación Ordinaria Serv. Mixtos a Villarruel, Arturo nacido /a el 06/10/1940, con Documento de Identidad DNIM 5186718 y domiciliado en 168 e/ 521 y 522 s/Nº Melchor Romero, La Plata.ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será liquidado a partir del día 1º/08/2006, y será equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Cat. 8, Obrero 48 hs. con 22 años de antigüedad desempeñado en Ministerio de Salud.ARTÍCULO 3º - Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 Decreto Ley 9.650 cuyo texto se acompaña.ARTÍCULO 4º - Aprobar el cómputo de servicios de fs. 11 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computados 29 años, 06 meses y 21 días de servicios.ARTÍCULO 5º - El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Administración General.Observaciones: El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.Por tratarse de Servicios reconocidos anteriores al 13/10/93, no se requerirá el cálculo y transferencia de aportes y contribuciones a la caja reconocedora atento lo establece el Decreto 78/94, reglamentario del Art. 168 de la Ley 24.241.ARTÍCULO 6º - Regístrese en Actas; notifíquese al interesado.Juan C. Lightowler StahlbergPresidente I.P.S.C.C. 5.587 / jul. 16 v. jul. 22INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALLa Plata, 2 de junio de 2009.POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-018621-05, DE DIOS, HILDA ANGÉLICA s/Suc, la Resolución Nº 580.268 de fecha 4 de octubre de 2007. Corresponde al expediente Nº 21557-018621-05Causante De Dios, Hilda AngélicaSolicita 04 pensión ex empleado c/ esposa /oNº-LIQ. 407223.Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas yCONSIDERANDO:Que, se encuentran reunidos todos los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 9.650/80 Texto Ordenado 1994,Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.Por ello,EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAPROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVEARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Pensión a Raúl Kees, clase 1938, DNIM 5476301 domiciliados en Tacuarí Nº 2039 Olavarría.ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será abonado a partir del día 16/01/2005, y será equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de P. Técnico Clase II A, 44 hs. Cat. 14 con 26 años de antigüedad desempeñado por el causante en Municipalidad de Olavarría.ARTÍCULO 3º - Aprobar el cómputo de servicios de fs. 51 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 26 años, 09 meses y 15 días de servicio.ARTÍCULO 4º - El Departamento de Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades.Observaciones: Se deja constancia que la movilidad establecida por el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad. Oportunamente las presentes actuaciones volverán al tramite atento lo solicitado a fs. 50.ARTÍCULO 5º - Regístrese en Actas; notifíquese al interesado.Juan C. Lightowler StahlbergPresidente I.P.S.C.C. 6.588 / jul. 16 v. jul. 22INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALLa Plata, 2 de junio de 2009.POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 002350-039960-98 larocca, Miguel Angel, la Resolución Nº 580.362 de fecha 4 de octubre de 2007. Corresponde al expediente Nº 002350-039960-98.Visto lo solicitado en las presentes actuaciones y las constancias acumuladas yCONSIDERANDO:Que, el titular acredita los requisitos que dan derecho a la prestación solicitada, de acuerdo a la normativa vigente Ley 13.237.Que se han expedido los Organismos técnicos y legales correspondientes.Por ello,EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAPROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVEARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de Jubilación por Inv. Serv. Mixtos a Larocca, Miguel Ángel nacido /a el 9/04/1951, con Documento de Identidad DNIM 8559380 y domiciliado /a en 42 Y 189 Casa 89 Nº 0 Lisandro Olmos, La Plata.ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será abonado a partir del día 24/06/2005, y será equivalente al 100% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Suboficial Mayor (E.G) con 25 años de anos de antigüedad desempeñado en Servicio Penitenciario.ARTÍCULO 3º - Notificar por la presente lo dispuesto por los Arts. 29 y 30 de la Ley 13.237 cuyo texto se acompaña.ARTÍCULO 4º - Aprobar el cómputo de servicios de fs. 45 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0, estableciendo que se han computado 28 años, 00 meses y 20 días de servicio.ARTÍCULO 5º - El Departamento Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Servicio Penitenciario.Observaciones: Se deja constancia que la movilidad establecida por el Art. 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR