Varios Publicados en la Fecha 22 de Agosto de 2003

POR 5 DIAS - La Señora Juez, a cargo del Juzgado Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Claudia Andrea Dávalos. Cita y Emplaza a PATRICIA RIOS para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en la causa Nº 1.683 seguida a la nombrada en orden al delito de Abuso de Arma, cuya resolución se transcribe: " Lomas de Zamora, 5 de agosto de 2003.- Visto Y Considerando: . . . Resuelvo: 1) Citar a Patrcica Ríos por intermedio de edictos, los que publicarán por el término de 5 días y en forma establecida en el Art. 129 del Código Procesal Penal en el Boletín Oficial, a cuyo efectos líbrese oficio, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía (Art. 303 y siguientes del Código Procesal Penal).- 2) . . . Notifíquese.- Fdo. Claudia Andrea Davalos, Juez. Ante mí: Fernando Hugo Avecilla, Secretario. Secretaría, 5 de agosto de 2003.-C.C. 06.268 - ag. 15 v. ag. 22POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, a cargo del Dr. Jorge Luis Zunino, Secretaría Nº 11, a mi cargo, sito en Ituzaingó 340, Piso 6º, del Departamento Judicial San Isidro, comunica por cinco días que con fecha 3 de junio de 2003 se decretó la quiebra de doña VICTORIA KINDERMAN DE STOK, D.N.I. 13.792.668 con domicilio en la calle Francisco Beiró 1775 Florida, Pdo. de Vicente López, casada con Jorge Eduardo Stok, se intima a la fallida para que dentro de las 24 hs. ponga a disposición del Juzgado todos los bienes en el modo previsto por el Art. 88 inc. 3 de la Ley 24.522, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso.- Se intima a todos los que tengan en su poder bienes o documentación de la fallida para que en el plazo de 48 hs. de la última publicación de edictos pongan a disposición de S.S. los mismos, o en su caso denuncien la ubicación o individualización de los bienes o instrumentos, todo bajo apercibimiento de Ley. Se intime a la fallida para que entregue al Síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad (Art. 88 inc. 4 de la Ley 24.522). Hácese saber prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán considerados ineficaces. Hácese saber a los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo y anteriores a la declaración de quiebra podrán efectuar sus pedidos de verificación en la forma dispuesta por el Art. 202 de la Ley 24.522. El Síndico deberá realizar el recálculo de los créditos, en la forma que estos fueron reconocidos en la verificación tempestiva, en el concurso preventivo. San Isidro, 5 de agosto de 2003. María Alejandra Peña, Secretaria.C.C. 06.267 - ag. 15 v. ag. 22POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 22 de La Plata, a cargo del Dr. Alfredo Aníbal Villata, hace saber que con fecha 02 de julio de 2003, se decretó la quiebra de ACCION BURSATIL S.A. con domicilio en calle 48 Nº 535 - Piso 4º - oficina 17 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se dispone que el Síndico actuante en el concurso - Contador Jorge Mauricio Gobbi - continuará en funciones durante el trámite de la quiebra hasta su conclusión. Los acreedores posteriores a la presentación en concurso podrán requerir la verificación de sus créditos por la vía incidental (Art. 200, 1er. párrafo de la L.C.). Los acreedores que obtuvieron verificación de sus créditos en el concurso preventivo, el Síndico deberá proceder en los términos del Art. 202, 2º párrafo de la Ley 24.522. Se intima a la fallida para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas., pongan a disposición del Síndico todos los bienes en el modo previsto en el Art. 88 inc. 3 de la citada Ley, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. Se intima a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación de la fallida para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación de edictos coloquen los mismos a disposición del mencionado funcionario o, en su caso, denuncien la ubicación e individualiación de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de Ley. Se pone en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza a la fallida conforme a los términos del artículo 88 inc. 5º L.C. La Plata, 10 de agosto de 2003. Sandra Raquel Artazcoz, Auxiliar Letrada.C.C. 06.291 - ag. 15 v. ag. 22POR 5 DIAS. - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra. Graciela María Buscarini, cita y emplaza a LLANOS JOSE JESUS LEON, peruano, indocumentado, hijo de José Jesús y de Irma Llanos, con último domiclio en calle de 122 Nº 1006 de La Plata, en causa Nº 599-3 seguida al nombrado por el delito de Tentativa de Hurto, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57 1º Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata 4 de agosto de 2003. Surgiendo de los informes policiales de fs. 66 y 67 que el imputado José Luis León Llanos se ha ausentado del domicilio fijado en autos (fs. 26), ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fine, ofíciese al "Boletín Oficial" a fin de que se publique durante cinco (5) días la presente, término durante el acua deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenrse su comparendo (Art. 150 del CPP). - Fdo.: Graciela M. Buscarini. Juez. Ante mí: Marisa Zuccolillo. Secretaria.C.C. 6.288 - ag. 19 v. ag. 25POR 5 DIAS. - La Sra. Juez titular del Juzgado Correcional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra. Graciela María Buscarini, cita y emplaza a MIGUEL GRACIELA, indocumentada, argentina, nacida el 15 de agosto de 1930 en La Plata Prov. de Bs. As., ama de casa, analfabeta, estao civil soltera, hija de Jorge Miguel y Amalia Miguel; Miguel Yanina o Margarita o Rocío argentina, indocumentada, nacida el 2 de abril de 1972 en Córdoba Capital,. Prov. del mismo nombre, ama de casas, analfabeta, estado civil soltera, hija de Antonio Miguel y Graciela Miguel, y Lucia Miguel, indocumentada, argentina, nacida el 21 de agosto de 1979 en Santa Fe, Prov. del mismo nombre, ama de casa, analfabeta, estado civil soltera, hija de Antonio Miguel y Graciela Miguel, último domicilio conocido de las nombradas en calle 137 y 525, La Plata, Prov. de Bs. As., en causa Nº 628-3 seguida a las nombradas por el delito de Hurto, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57, 1º Piso , La Plata), bajo apercibimiento de ser declaradas rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se trascribe la resolución que orden el presente: La Plata, 5 de agosto de 2003. 2 Atento las constancias de autos, que dan cuenta que las imputadas Miguel Graciela, Miguel Yanina o Margarita o Rocío y Miguel Lucía se han ausentado del domicilio fijado en autos, ignorándose el lugar de residencia actual de las mismas, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procresal Penal cítenselas durante cinco días por edictos a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial, término durante el cual deberán comparecer las citadas por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y ordenarse sus comparendos (Arts. 129, 150, 303 y 304 del CPP) - Fdo. Graciela M. Buscarini (Juez). Ante mí: Leandro F. González (Auxiliar Letrado).C.C. 6.287 - ag. 19 v. ag. 25POR 5 DIAS. - Por disposición del Sr. Juez Dr. Federico Guillermo Atencio, titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Dpto. Judicial La Plata. Secretaría Unica a mi cargo, me dirijo a Ud. en relación con la Investigación Penal Preparatoria 72.284 (Reg. Interno 10.677) caratulada Peluffo Adriana Ethel s/ Denncia estafa que diera origen a la carpeta de la causa 3.941 de esta sede, a fin de que por su intermedio disponga lo pertinente para que se publique en el "Boletín Oficial" la providencia que a continuación se transcribe: La Plata, 25 de junio de 2003. Atento las constancias obrantes en autos de los que surge que, pese a las distintas diligencias practicadas por la Policía Federal Argentina los encartados Pessaressi Roberto y Jareño Nélida Alicia no han podido ser localizadas, conforme o resuelto por la Sala Primera de la Excma Cámara de Apelación y Garantías Dptal. Resuelvo: ordenar la publicación por edictos a efectos que los encartados Roberto Pessaressi y Nélida Alicia Jareño comparezcan por ante este Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal, con el fin de notificarselo de lo resuelto en el Incidente de Eximición de Prisión en favor Roberto Pessaressi y Nélida Alicia Jareño, a cuyo fin líbrese el oficio del caso al "Boeltín Oficial". Arts. 129, 182 del C.P.P. y ccs. de C.P.P. Notifíquese. Fdo.: Federico Guillermo Atencio, Juez de Garantías. María Graciela Franquet, Secretaria.C.C. 6.286 - ag. 19 v. ag. 25POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Luis Alberto Ruiz Díaz, Secretaría Nº 1 a cargo de la Dra. María Laura Oneto del Departamento Judicial San Isidro, hace saber en autos "Gaona María Teresa S/Quiebra" Expte. 59589, que se ha decretado el 02 de octubre de 2002 la quiebra de la MARIA TERESA GAONA, domiciliada en López de Vega Nº 125 de Boulogne, Provincia de Buenos Aires, DNI: 10.743.416. Hace saber a los acreedores que el plazo para presentar verificaciones de créditos y títulos justificativos vence el 05 de setiembre de 2003. Ha fijado el 17 de octubre de 2003 para que el Síndico presente el informe individual y el 28 de noviembre de 2003 para el informe general. Intimar a la fallida (quien además de...

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