Varios publicados en la fecha 31 de agosto de 2010

CA SA CEN TRALC.C.POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, Secretaría N° 7 a cargo del Dr. Hernán Torres, sito en Diag. Roque-Sáenz Peña 1211, piso 1°, C. de Bs.As., hace saber en autos caratulados "Vicuñol S.A.C.I. s/ Quiebra", Expte. N° 80.701, que el 16/07/2010 se ha decretado la quiebra de "VICUÑOL S.A.C.I.", CUIT 30- 51594598-5, con domicilio en Av. Corrientes 2322, 2° piso, Of. "205", CABA. Se pone en conocimiento de la fallida y sus administradores que deberán entregar al Síndico los libros contables, papeles y bienes que tuvieran en su poder, abstenerse de salir del país sin previa autorización del Tribunal y constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se prohíbe hacer pagos y entregar bienes al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces, e intimar a quienes tengan bienes y documentación del mismo para que la pongan a disposición del Síndico. Los acreedores deberán solicitar verificación de sus créditos a la Síndico Marcela A. Mazzoni, en Tucumán 1545, 7° piso, Of. "B", C.A.B.A, hasta el 27/09/2010. La síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley N° 24.522, los días 09/11/2010 y 22/12/2010, respectivamente. Buenos Aires, 10 de agosto de 2010. Hernán O. Torres, Secretario.C.C. 10.158 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a SOLER LEONARDO DAVID en causa nro. 8694 la Resolución que a continuación se transcribe: "Mar del Plata, 18 de mayo de 2010.Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal (conf. CPP Art. 497 y Res. 555/05 S.C.J.P.B.A.), hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 1-Informe el actuario cómputo de poena practicado en el Juzgado de Origen. 2 Intímese nuevamente al penado Soler, Leonardo David, para que deposite la suma de pesos cuarenta y seis ($ 46,00) para responder a gastos y costas del juicio, dentro del tercero día de notificado bajo apercibimiento de ejecución (conf.Ley fiscal vigente y Ley 4552). 3- Solicítese cuádruple juego de fichas dactiloscópicas. 4. Además, tómese nota que la presente causa tramitó como I.P.P. N° 5704-10, carpeta N° 1996 del Juzgado de Garantías N° 6 Deptal.-5- Informe el Actuario los antecedentes del causante.Oportunamente vuelvan los autos a despacho. Fdo:Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez". Señor Juez: Informo a V.S. que a fs. 40/41, se encuentra agregada la sentencia dictada en este proceso, en la que con fecha 7 de abril de 2010 se sanciona a Soler, Leonardo David a la pena de quince días de prisión más declaración de reincidencia, por resultar autor penalmente responsable del robo en grado de tentativa ocurrido en esta ciudad el día 24 de marzo del corriente año. Que según el cómputo de pena practicado por el juzgado de origen, aprobado, en oportunidad de dictarse la sentencia (v. fs. 40/41), se estableció que la pena impuesta al nombrado venció en mismo día en que se dictó la sentencia condenatoria, o sea, el día siete del mes de abril del año dos mil diez (07/4/2010). Que surge de las actuaciones que tengo ante mi vista que, el nombrado ha permanecido detenido con relación a este proceso desde el 24/03/2010 hasta el 07/4/2010, fecha esta última en la cual según el punto III de la parte dispositiva de la sentencia dictada, se ordena la inmediata libertad ya que según los tiempos de detención sufridos por el condenado la pena impuesta en esta causa fue compurgada el pasado 07/4/2010. Secretaría, 18 de mayo de 2010. Fdo. Gastón Albarenque, Secretario". A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Mar del Plata, 17 de agosto de 2010. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto del condenado de autos, notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. Fdo. Gastón Albarenque, Secretario.C.C. 10.139 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro.5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a CARLOS RAÚL MORENO MORA, con último domicilio en Fragata Hércules 1727 de la localidad de Barrio Villaverde de Pilar, partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres (3) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2002, que se le sigue por Portación Ilegal de Arma de Fuego de uso civil, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 9 de agosto de 2010. En atención al informe policial obrante a fs. 87, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Carlos Raúl Moreno Mora, cíteselo por edicto que se publicará por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo (arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.). Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. "Fdo. Dra. Andrea C.Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario". Secretaría, 9 de agosto de 2010.C.C. 10.138 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - La Titular del juzgado de Garantías del Joven N° 1 (Ex Tribunal de Menores N° 3) del Dpto.Judicial San Isidro, hace saber que se cita y emplaza al joven SEBASTIÁN RICARDO VILLALBA, para que en el término de treinta día comparezca por ante estos estrados a estar a derecho en el marco de lo autos N° 14-00- 005910-09 caratulados: "Villalba, Sebastián Ricardo s/ Portacion Ilegal de Arma de Guerra"; a fin de notificarse que por auto resolutorio del día 12 de julio de 2010 se ha resuelto: "Autos y Vistos: Puesto a resolver la situación procesal de Villalba Sebastián Ricardo, en la presente I.P.P nro. 005910-09 que se le sigue por el delito de Portación Ilegal de Arma de Guerra... Resuelvo: 1) Sobreseer definitivamente a Villalba, Sebastián Ricardo, D.N.I. N° 40.413.754, de 14 años de edad, nacido el día 24 de octubre de 1994 en la localidad de San Fernando, partido del mismo nombre, hijo de Julián Ricardo y de Julia Margarita Barroso, domiciliado en la calle Pocitos n° 2766, de la localidad de San Fernando, partido de San Fernando en razón de la manda del Art. 63 de la Ley 13.634, Art. 323 del C.P.P. (Ley 11.922) y concordantes, en atención a los principios elementales del sistema acusatorio en materia penal y que con fecha 10 de agosto de 2010 se ha dispuesto: "Publíquese edicto en el Boletín Oficial por el término de cinco días conforme lo normado por el Art 129 del C.P.P. haciéndole saber al joven Sebastián Ricardo Villalba que deberá presentarse en el término de treinta días a la sede de este Juzgado a los fines de notificarse de lo oportunamente resuelto a fs. 16/vta.". Fimado: Graciela B. Vega, Juez; Cecilia B. Barro Reyes, Secretaria.C.C. 10.137 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DANIEL ÁNGEL MOYA, con último domicilio en Roca Nro. 4814 de la localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres (3) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 1873, que se le sigue por Daño en Conc. Real con Port. Ilegal de Arma de uso civil, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 10 de agosto de 2010. En atención al informe policial obrante a fs. 128, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Daniel Ángel Moya, cíteselo por edicto que se publicará por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretar se su comparendo (Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P). Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr.Defensor Oficial y el Sr. Fiscal." Fdo. Dra. Andrea C.Pagliani, Juez. Ante mí: Dr. E, Osores Soler, Secretario". Secretaría, 10 de agosto de 2010.C.C. 10.136 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS ­ Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 de Saladillo, en I.P.P. Nº 06-01-000742-08, caratulada "Ibarra, Daniel Oscar - Ibarra, José Pablo s/ Encubrimiento", a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de citar al señor PABLO DANIEL BAZÁN para que comparezca, en el término de cinco días, a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 de Saladillo, sito en calle Álvarez de Toledo Nº 2903 de la ciudad de Saladillo, con el objeto de estar a derecho, aportando su domicilio...

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