Varios publicados en la fecha 15 de julio de 2010

CA SA CEN TRALC.C.POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 100.999, caratulada: "Morales"; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr. Oscar Bautista Duizeide; cita y emplaza a RUBÉN ALFREDO DURDOS (DNI: 23.595.181), por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, sita en calle Estomba 127 de esta Ciudad, a fin de recibirle declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P.; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo (Art. 129 del C.P.Penal). Bahía Blanca, 23 de junio de 2010. Marisa Mettarelli. Secretaria.C.C. 8.418 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 de Bahía Blanca a cargo del Dr. Guillermo G. Mercuri, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia Gabriela Lamoth, cita y emplaza a OMAR ANDRÉS ABARZUA, D.N.I. 33.395.178, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la sede del Juzgado de Garantías Nº 2, sito en Avda. Colón Nº 46, piso 8vo. de esta Ciudad, en el término de cinco días, a fin de ser notificado de lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones Dptal., en el marco de la I.P.P. Nº 145.261, caratulada: "Abarzua, Omar Andrés s/ Violación de Domicilio y Hurto", bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo (Art. 129 del C.P.Penal). Bahía Blanca, junio 22 de 2010. María del Rosario Serodino. Auxiliar Letrada.C.C. 8.419 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 97.635 (ca. 734), caratulada: "Bravo Horacio s/ Robo" que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr.Oscar Bautista Duizeide; cita y emplaza a HORACIO BRAVO (DNI: 16.174.612), por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, sita en calle Estomba 127 de esta Ciudad, a fin de recibirle declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P.; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 129 del C.P. Penal). Bahía Blanca, 28 de junio de 2010. Romina P. Antonelli Loid. Auxiliar Letrada.C.C. 8.427 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­ En la causa N° 11.772 (IPP N° 95303), seguida a "Gómez Cristian Celestino por Evasión", de trá- mite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado, cuyo último domicilio era calle Del Tuyú e/ Nonts y Lyon de Ostende, Pinamar, la resolución que dictará este Juzgado con fecha 14 de junio de 2010 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos... Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a CRISTIAN CELESTINO GÓMEZ, por el delito de Evasión, previsto y penado por el Art. 280 del Código Penal en Virtud de haberse Extinguido la acción penal, por haber operado la prescripción (Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2°, 280 del Código Penal y 323 inc. 1° del CPP). Regístrese, notifíquese. Fdo.Laura Inés Elías Juez de Garantías N° 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente "Dolores, junio de 2010. Atento el estado de la presente no siendo posible la notificación del prevenido Cristian Celestino Gómez del sobreseimiento dictado, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1.C.C. 8.443 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­ El Juzgado de Garantías N° 2 a cargo del Dr. Guillermo Gastón Mercuri, en la IPP N° 135511 caratulada Lucanera Jorge por Lesiones Leves, que se incluye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr.Oscar Duizeide, cita y emplaza a LUCANERA JORGE, DNI 12.605.527, último domicilio conocido en calle Viamonte 2790 de Bahía Blanca, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 3 a primera audiencia, a fin de prestar declaración en los términos delArt. 308 del CPP, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (Art. 129 del CP Penal). Bahía Blanca, junio 23 de 2010. María Florencia Parsons, Auxiliar Letrada.C.C. 8.421 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­ Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 99.760, caratulada: "Navarrete Sigifredo s/ Uso de documento público Falso"; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr. Oscar Bautista Duizeide; cita y emplaza a SIGIFREDO NAVARRETE (DNI: 16.455.241), por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, sita en calle Estomba 127 de esta ciudad, a fin de recibirle declaración en los términos del art. 308 del C.P.P.; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (art. 129 del C.P.Penal). Bahía Blanca, 28 de junio de 2010. Romina P.Antonelli Loidi, Auxiliar Letrada.C.C. 8.426 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­ El Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Zárate Campana a cargo de la Sra.Jueza Dra. Graciela Adriana Cione, notifica por este medio a JOVERALINO GONZÁLEZ ACOSTA, DNI: 92.256.235 y a MARÍA DE LAS MERCEDES NIEVES SILVERA DNI:92.246.676, que en la causa Nº 6.328 caratulada "Fontal Vilma Matilde s/ Lesiones Culposas", se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe:"Campana, 19 de enero de 2010. Autos y Vistos: / considerando: Resuelvo: I Regular los honorarios del Dr.Lautaro Ríos, Tº II Fº 144 del CAZC, CUIT 20-25355339- 2, con domicilio constituido en calle Belgrano Nº 505 de esta localidad de Campana, en 12 jus., en relación al patrocinio letrado ejercido (Arts. 9, punto I, apartado 17; 16 y 28 de la Ley 8904). Regístrese copia. Notifíquese.Fdo.: Graciela Adriana Cione, Juez. Art. 54 Ley 8.904.Mora en los honorarios judiciales y extrajudiciales.Actualización e intereses. Cedula: Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez (10) días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez (10) días de intimado a su pago, cuando sean exigibles. Operada la mora, el profesional podrá optar: a) Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el Art. 24, con más un interés del ocho (8) por ciento anual b) Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento. Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiese practicado en su domicilio real. En la cédula de notificación, en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo". Secretaría, 17 de junio de 2010.Beatriz Elena Fregeiro, Secretaria.C.C. 8.441 / jul. 8 v. jul. 15POR 5 DÍAS ­ El Juzgado de Garantías Nº 2 a cargo del Dr. Guillermo G. Mecuri, en la I.P.P. Nº 132156 caratulada: "Méndez Hugo Daniel s/ Infracción a la Ley 13944"; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr. Oscar Bautista Duizeide; cita y emplaza a HUGO DANIEL MÉNDEZ, DNI Nº 13.744.447, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a primera audiencia y a fijar nuevo domicilio en autos; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (art. 129 del C.P.Penal). Bahía Blanca, 23 de junio de 2010. María Florencia Parsons, Auxiliar Letrada.C.C. 8.420 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaría Única, del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber que en los autos caratulados: "Fullana, Alejandra Claudia s/ Quiebra (Pequeña)", Expte. 64.980, con fecha 21 de mayo de 2010, se ha decretado la quiebra de ALEJANDRA CLAUDIA FULLANA, D.N.I. N° 13.946.211 y C.U.I.L. 23-13946211-4, con domicilio el la calle Brown N° 364, Torre 2, Piso 9, Depto. 4 de Bahía Blanca, partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires. Se prohíbe a los acreedores y a terceros, hacer pagos a la fallida, los que en su caso serán declarados ineficaces, debiendo los acreedores, presentar sus pedidos de verificación al Síndico designado Cr. José Famá, con domicilio en Alsina 19, P. 14, Of. 10 de Bahía Blanca, hasta el 16 de julio de 2010. Fecha informe Art. 35 el día 9 de septiembre de 2010 y para informeArt. 39 L.C.Q. el día 19 de octubre de 2010. Bahía Blanca, 23 de junio de 2010. Pablo Federico Bostal, Abogado Secretario.C.C. 8.428 / jul. 8 v. jul. 15 POR 5 DÍAS ­ El Juzgado Civil y Comercial N° 7, de Bahía Blanca hace saber por cinco días que en los autos caratulados Kime S.A. s/ Pedido de Quiebra (Pequeña) Expte. 63194 con fecha 14...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR