Varios publicados en la fecha 30 de julio de 2014

Provincia de Buenos AiresCONTADURÍA GENERALDIRECCIÓN DE SERVICIOS AL USUARIO Y ACCESO A LAINFORMACIÓNPOR 5 DÍAS - Se notifica a la empresa “FLOSAN S.R.L.”, que con fecha 7 de mayo de 2014 en el expediente Nº 2954-310/10 alc. 1 el Contador General de la Provincia dictó la Resolución Nº 161 cuyo texto se trascribe a continuación: “Corresponde expediente Nº 2954-310/10 Alc. 1. La Plata, 7 de mayo de 2014. VISTO el procedimiento del artículo 102 del Reglamento de Contrataciones iniciado a la firma “Flosan S.R.L.” CUIT N° 30- 70811125-9 Proveedor N° 100.236, Y Considerando: Que la señalada firma habría incurrido en entregas fuera de término de las siguientes órdenes de compra: Nros. 043/10, 035/10, 178/10, 283/10 y 023/10 del Hospital Z.A. “Gob. Domingo H. Mercante” de José C. Paz; Que a foja 38 la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información procedió a encuadrar la conducta de la firma en los términos del Artículo 102 inciso a) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones (Apercibimiento); Que conferido el traslado de la medida a través del Boletín Oficial conforme surge de la constancia de fojas 45, luego de infructuosas notificaciones (ver fojas 39/40 y 42/43), a efectos que el proveedor se sirva tomar vista y formule el descargo que considere ajustado a derecho, el mismo no se presentó a los fines señalados; Que posteriormente los actuados fueron girados a Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado, quienes en sus intervenciones de fojas 47 y vta. y 48 y vta., son contestes en considerar que “(...) sin perjuicio de que en el caso se encuentran acreditados los supuestos objetivos previstos en el punto 2) del inciso a) del artículo 102 del Reglamento de Contrataciones, que habilitan la aplicación de la sanción de apercibimiento, corresponde a la Contaduría General de la Provincia evaluar los demás antecedentes obrantes en autos relacionados con la conducta de la empresa que han sido referenciados, a los fines de imponer la sanción que se propicia (...)”; Que atento ello, la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información señala que, más allá del informe satisfactorio proporcionado por el hospital de mención a fojas 30, ratificado por la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a fojas 31, la firma bajo sumario registra dos (2) apercibimientos anteriores, conforme Sistema Computarizado de Datos de fojas 32 y 36, circunstancia que no permite eximirla de responsabilidad; Que por lo tanto, esta Contaduría General de la Provincia, en consonancia con lo manifestado por Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado, en sus intervenciones de fojas 47 y vta. y 48 vta., respectivamente, entiende que corresponde aplicar a la firma “Flosan S.R.L.”, lo normado en el artículo 102 inciso a) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones (Apercibimiento); Por ello;EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:ARTÍCULO 1°. Aplicar a la firma “Flosan S.R.L.” CUIT N° 30-70811125-9, Proveedor N° 100.236, la sanción del artículo 102 inciso a) apartado 2) del Reglamento de Contrataciones (Apercibimiento), en atención a las razones expuestas en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar.RESOLUCIÓN N° 161 Firmado Carlos Alberto Machiarolli Contador General de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo se comunica que cuenta con un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente para interponer recurso de revocatoria. Las actuaciones de referencia se encuentran en la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, sito en calle 46 e/ 7 y 8, planta baja, puerta 41, de la Ciudad de La Plata. Horario de 9:00 a 13:00.Queda esa firma notificada. Fdo. Dra. Claudia Barbieri. Directora de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información. Contaduría General de la Provincia.C.C. 7.702 / jul. 25 v. jul. 31 SALADO SUR S.H.POR 5 DÍAS - Se comunica que por contrato de fecha 15 de febrero de 2014, la sociedad SALADO SUR S.H. con domicilio legal en calle Bmé. Mitre 188 de la localidad de Norberto de la Riestra, Pdo. de Veinticinco de Mayo, Prov. de Buenos Aires, integrada por los señores Gabriel Carlos Fioretti y Graciela Isabel Ibarra, cuyo objeto social consistió en crianza avícola, compra-venta, importación, industrialización, comercialización, fraccionamiento, faenamiento y distribución, por unanimidad de los socios integrantes de la misma se resolvió la disolución y liquidación de la sociedad resultando liquidadores ambos socios, lo que se publica por el término de ley a sus efectos.Mn. 63.132 / jul. 29 v. ago. 4 BLOQUES DEL PARQUE DE CARRETE EDUARDO JOSÉPOR 3 DÍAS - Se comunica a los señores propietarios de los inmuebles con frente a las siguientes calles que han sido aprobadas con las siguientes fechas: Alvear 2300 (Ord.Nº 15103) 16-01-2013, Grecia 1000 (Ex Interna 4) (Ord. Nº 15025) 24-01-2013, Psje.Laplace 4900 (Ord. Nº 15068) 16-01.2013, Mallea 1200 (Ord. N° 15035) 16-01-2013, N.Pérez 1000 (Ord. Nº 15027) 16-01-2013, Coulin 450 (Ord. Nº 15036) 16-01-2013 e Indio 100 (Ord. Nº 15295) 05-04-2011; correspondiente a la obra de cordón cuneta y/o...

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