Varios publicados en la fecha 25 de julio de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS – El Juzg. Nac. de 1ra. Inst. en lo Comercial de la Cap. Fed. N° 23, a cargo de la Dra. Vivian C. Fernández Garello de Dieuzeide, Secretaría N° 46 a cargo del Dr. Esteban Mariño, sito en M.T. de Alvear 1840 - CABA, hace saber por cinco días que en los autos “NEF S.R.L. s/ Quiebra” (exp. 31474) se resolvió un llamado público a mejorar la oferta recibida de $ 25.176.000 más IVA, por la venta de la planta industrial sita en calle 81 (ex Pilar) N° 1456/58, San Martín, PBA, juntamente con los bienes muebles de propiedad de las fallidas Nef S.R.L.

(C.U.I.T. 30-64720746-0) y Ranesi S.A. (CUIT 30- 50125757-1) que se encuentran en su interior conforme al detalle obrante en autos, según las condiciones obrantes a fs. 6047/9 del mencionado expediente. La posibilidad de presentarse se encuentra abierta a todos los interesados.

Las sindicaturas actuantes son Dr. Mario Oscar Bruzzo (tel. +541143281735 mob@bruzzoyasociados.com) y Estudio Manfredi - González Sturla (Dra. Cristina González Sturla (tel.

+541143133737 con e-mail:

cristinasturla@arnet.com.ar) con quienes se deberá concertar día y hora a los efectos de visitar la planta. Están prohibidas las compras en comisión y la cesión de adjudicación y boleto. Las ofertas bajo sobre deberán ser presentadas por ante la Mesa de Entradas del Tribunal hasta el día 25 de agosto de 2014, a las 10 hs. Será requisito de admisibilidad de las propuestas, la constancia del depósito en garantía en el Bco. Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Tribunales correspondiente al 20% del monto ofertado y la acreditación de la legitimación y, en caso de sociedades, copia auténtica de los documentos que acrediten la personería del firmante, actualizada en su caso, con la debida inscripción (cfr. Art. 60, LSC). Deberá contener también domicilio real y constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal y que estas ofertas se presenten por triplicado. Solo podrán mejorar el precio ofrecido superándolo en por lo menos un 5% -conforme los usos y costumbres del Tribunal-, y en lo demás se ajustarán a las condiciones “Ofrecidas en la oferta que se llama a mejorar. Los oferentes deberán denunciar al momento de efectuar su propuesta su N° de CUIT. No se otorgará al peticionante derecho de preferencia alguno, encontrándose en igualdad de condiciones con los demás oferentes a los fines de proceder a la puja, en la cual deberán estar a las condiciones de porcentaje mínimo de aumento del 5 % de la mejor postura que se efectúe. Ante la igualdad de precio ofrecido, tendrá preferencia el oferente que en su oferta inicial se comprometa a poner en funcionamiento la planta en un plazo cierto y también en el mismo plazo cierto contrate al mayor porcentaje del personal que se desempeña en la planta industrial al día de la fecha y cuya nómina resulta de fs. 5898/9. El saldo de precio deberá integrarse en efectivo a los cinco días de resuelta la adjudicación y notificada la misma al interesado. En caso de incumplimiento del oferente, sin intimación previa, se lo declarará postor remiso con las responsabilidades establecidas por el Art. 584 Cod. Proc. El I.V.A. no se encuentra incluido en el precio de venta ni será objeto de ponderación en la audiencia a celebrarse. En caso de corresponder por la presente compraventa el IVA deberá ser solventado por el comprador mediante depósito en la cuenta de autos al momento de integrar el saldo de precio. Los bienes, incluido los inmuebles, se venden en las condiciones de ocupación que surgen de la constatación efectuada y en el estado en que se encuentran. Los impuestos, tasas y contribuciones devengados con anterioridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del mismo, deberán ser verificados en autos por los organismos respectivos;

los devengados a partir del decreto de quiebra hasta la toma de posesión por el comprador, serán a cargo de la masa y los posteriores a la toma de posesión, son a cargo del adjudicatario. Los gastos, sellos e impuestos que irroguen los trámites de transferencia del dominio se encuentran a cargo y orden de quien resulte adjudicatario. Se fija audiencia para el acto público de apertura de sobres que se llevará a cabo en la sede de este Tribunal, el día 27 de agosto de 2014, a las 10 hs. En dicha ocasión y abiertos los sobres presentados oportunamente, únicamente los oferentes que cumplan las condiciones antedichas serán invitados a ingresar al recinto y mejorar las propuestas realizadas. Se labrará acta por Secretaría y se dictará resolución fundada dentro de los diez días. No se permitirá el ingreso al acto de llamado de mejora de oferta con telefonía celular móvil ni ipod, los que serán depositados ante el Actuario, junto con el DNI de los participantes.

Buenos Aires, 10 de julio de 2014. Esteban Mariño, Secretario.

C.C. 7.448 / jul. 21 v. jul. 25

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de San Isidro a cargo de la Dra.

María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1º piso de San Isidro, (CP: B1642BXM), Tel./Fax: (011) 4575-4494/4492, correo electrónico juzcorr2-si@jusbuenosaires.gov.ar, en causa Nº 3.940/13 (Sorteo Nº 2261/2013 e I.P.P. Nº TI/2021), caratulada “Vergara Hernán Darío. Desobediencia”, instruida por el delito de desobediencia, en los términos del Art. 129 del C.P.P. cita a HERNÁN DARÍO VERGARA, de estado civil soltero, DNI 33.790.431, de ocupación empleado, nacido el 8 de marzo de 1989, en la localidad de Talar, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en lucero 2112 de la localidad de Talar, hijo de Juan Víctor y de Ana María Sasso , a los fines de que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica: “San Isidro, 4 de julio de 2014. Por recibido, agréguese y en atención a lo solicitado por el Sr. Defensor Oficial en la foja que antecede, a fin de no vulnerar el derecho constitucional de Defensa en Juicio, como así también el derecho a ser oído establecido por el Art. 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, previo a resolver lo solicitado por el Sr. Fiscal a fs. 160 y toda vez que Hernán Darío Vergara no fue encontrado en los domicilios aportados en autos, intímeselo a que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de ordenar su comparendo compulsivo.

Notifíquese a la Defensa y líbrense edictos y oficio a los domicilios obrantes en autos. Fdo: Dr. Andrés Martín Mateo, Juez P.A.M”. Secretaría, 7 de julio de 2014. María Sandra Foschi, Secretaria.

C.C. 7.444 / jul. 21 v. jul. 25

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno Nº 623, 1er. piso de la ciudad de San Isidro, cita y emplaza a RICARDO ENRIQUE CENTURIÓN D.N.I. Nº 20.341.637, y a ELSA FERNANDA MICARI D.N.I. Nº 31.926.374, con último domicilio conocido de ambos en calle 14 de Julio Nº 1568 de Boulogne, partido de San Isidro, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 312/14 que se le sigue por el delito de Usurpación de inmueble, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: “San Isidro, 4 de julio de 2014. Por devuelta la causa, téngase presente lo manifestado por la Defensa a fs. 227 y en virtud de lo que surge de fs. 225 (fs. 230), desconociéndose el actual paradero y/o domicilio de Ricardo Enrique Centurión y Elsa Fernanda Micari, previo a resolver lo que corresponda cíteselos por edicto, en la forma que establece el Art. 129 del CPP, para que dentro del término de cinco (5) días comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarados rebelde (Art. 303 del CPP). Fdo.: Andrés Martín Mateo, Juez. Ante mí: Maximiliano Savarino, Secretario”. Secretaría, 4 de julio de 2014.

C.C. 7.445 / jul. 21 v. jul. 25

POR 5 DÍAS - Rubén Moreno, Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 4 dependiente de la Fiscalía de Cámara del Departamento Judicial de San Martín, sita en la calle Roca Nº 129 de la localidad y partido de San Martín, en la Investigación Penal Preparatoria que lleva el número 15-00-039195-08, cita y emplaza a DANIEL GUSTAVO SANTILLÁN, DNI 24.818.443, con último domicilio conocido en la calle: Granada y Trinidad Tobago s/N° de José C. Paz, a presentarse y estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y ordenarse su averiguación de paradero, conforme lo normado por el Art.129 del CPP, se transcribe el auto que lo ordena: “... 8 de julio de 2014. Cítese por edictos a Daniel Gustavo Santillán, el que se publicará durante 5 días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su averiguación de paradero, conforme lo ordenado por el Art. 129 del C.P.P. Fdo. Dr. Rubén Moreno, Agente Fiscal. En San Martín, a los 8 días del mes de julio del año 2014. UFI 4, 08 de julio de 2014. C.C. 7.446 / jul. 21 v. jul. 25

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Sandra Claudia Martucci, Jueza titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en causa Nº 629 y su acumulada Nº 1972, seguida a GERARDO OMAR AYALA, por el delito de Amenazas agravadas por el empleo de arma y encubrimiento, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente:

“Ciudad de Quilmes, 18 de junio de 2014. Autos y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa Nº 629 seguida a Gerardo Román Ayala por el delito de Amenazas agravadas por el empleo de arma, conforme lo normado por el Art. 149 bis del C.P....

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