Varios publicados en la fecha 07 de julio de 2014

CASA CENTRAL

C.C.

POR 10 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa N° 603/14-4831, caratulados “CARA- BAJAL MARCOS NICASIO s/ Amenazas y lesiones leves en concurso real en Moreno (B)”, I.P.P. N° 09-02-007192- 12, UFI 5 Moreno-Gral. Rodríguez, Juzgado de Garantías N° 2 de Moreno-Gral. Rodríguez, notifica al nombrado Carabajal, de la siguiente resolución:”en la audiencia del día cinco de junio del año dos mil catorce,... Resuelvo I. En virtud de lo informado a fs. 21 y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Carabajal por edictos, intimándoselo a que deberá presentarse ante este juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde (Art. 129 del C.P. P.). II.

Hágase saber... Fdo.: Dra. María Laura Pardini, Juez”. Mercedes, 5 de junio de 2014. C.C. 6.568 / jun. 25 v. jul. 8

POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Común de la Ila. Nominación del Centro Judicial de Concepción, Secretaría a cargo del Dr. Paulo Federico Uribio se tramitan los autos caratulados: Di Primio de Álvarez Yolanda Antonia c/ Rojas José Claudio s/ Reivindicación (en 10/08/05 por Inhib. Pasa a Juzg C.C.C.

IIA N.), en los cuales el Sr. Juez que entiende en la causa a dictado el siguiente proveído: “Concepción, 10 de diciembre de 2013. Por lo solicitado y constancias de autos: Publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de diez días, notificando a los Sres. DI PRIMIO ALFREDO ATILIO, RÍOS LUIS ÁNGEL y RÍOS JOSÉ ANTONIO de los proveídos de fecha 20/09/2010 y 25/06/2010. Fdo. Dr. Guillermo Alfonso Robledo - Juez.” “Concepción, 20 de septiembre de 2010. Atento lo solicitado: Córrase traslado de la demanda a José Antonio Ríos y a los herederos de Fermina Genoveva Ríos de Ortiz, en los domicilios denunciados.- Personal. Fdo. Dra. Marcela Fabiana Ruiz - Juez” “Concepción, 25 de junio de 2010.- Téngase presente lo manifestado. En consecuencia: 1º. Líbrese oficio conforme lo solicita. 2º. Atento lo peticionado, cítese a: Gladis Isabel Di Primio, Atilio Alfredo Di Primio y Roque Ángel Di Primio y/o sus herederos y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio, para que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes (Art. 402 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las copias para traslado. 3º. Cítese y emplácese a Di Primio Yolanda Antonia y Di Primio Juan Carlos, en el domicilio sito en calle Pampa Nº 547- Concepción; a Daniel Humberto Di Primio

y Mercedes Isabel Di Primio en el domicilio sito en calle 25 de Mayo Nº 361 - Concepción; y Armando Ramón Di Primio en el domicilio sito en calle Entre Ríos Nº 2082 - Concepción, a estar a derecho en el presente juicio y por el mismo acto, córraseles traslado de la demanda para que la evacuen en el plazo de seis días, bajo apercibimiento de ley. Desígnanse los días martes y viernes o subsiguiente día hábil para las notificaciones en Secretaría. A sus efectos Líbrese cédula en el domicilio denunciado, acompañándose copias para el traslado pertinentes.

Personal. Fdo. Dra. Marcela Fabiana. Ruiz - Juez”. Se Háce Constar que el presente deberá Diligenciarse Libre de derecho (Ley 6.314) Concepción, 17 de diciembre de 2013. C.C. 6.687 / jun. 27 v. jul. 11

POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N° 2368- 12 autos caratulados “Duarte, Oscar Alberto y González, Aylén Luciana s/ Lesiones Leves”, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N° 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N° 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a OSCAR ALBERTO DUARTE, DNI N° 39.745.268 cuyo último domicilio conocido fuera calle Quinteros y Guido Spano, de la localidad de Nueva Atlantis y a AYLÉN LUCIANA GONZÁLEZ, DNI N° 41.210.109, con último domicilio en Esquiú N° 1169 de la localidad de San Bernardo, ambas de la provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: “Dolores, 22 de noviembre de 2012. Autos y Vistos:.. Considerando:.. Resuelvo: I) Sobreseer definitivamente por hecho al menor Duarte, Oscar Alberto nacido, el día 27 de julio de 1996 en la ciudad de La Matanza, con Documento Nacional de Identidad N° 39.745.268, hijo de Oscar y de Lucía Beatriz Mentasti, con domicilio en calle Quinteros y Guido Spano de Nueva Atalntis, en orden al delito de Lesiones Leves previsto y penado en el Art. 89 del Código Penal, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP.

Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. II) Sobreseer definitivamente por edad y por hecho a la menor González, Ayelén Luciana nacida el día 11 de junio de 1998 en la ciudad de Lanús Oeste, con Documento Nacional de Identidad N° 41.210.109, hija de Julio Ignacio y de Delavalle Carolina, con domicilio en calle Esquiú N° 1169 de la localidad de San Bernardo, en orden al delito de Lesiones Leves previsto y penado en el art. 89 del Código Penal, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP.

Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. III) Encontrándose los menores bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar los menores antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. IV) Notifíquese a la Señora Defensora Oficial del Joven y a la Señora Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. V) Líbrese oficio a Comisaría de San Bernardo para notificar a los menores y persona mayor responsable. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores.

Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente “Carpeta de Causa N° 2368-12 - IPP N°: 03-00-006548-12 - Dolores, de junio del 2014. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N° 2368-12, provenientes de Destacamento Nueva Atlantis y Comisaría de San Bernardo, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N° 867-12 de fecha 22 de noviembre de 2012 a fin de notificar a los menores Oscar Alberto Duarte y Aylén Luciana González y sus respectivos mayores responsables por edictos (conforme lo normado en el Art. 129 del CPP) por el término de 5 días. Fdo. María Fernanda Hachmann, Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Deptal.

Dolores. Dolores, 4 de junio de 2014. Agustina M. Franco, Secretaria.

C.C. 6.813 / jul. 1° v. jul. 7 POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N° 3106- 14 autos caratulados “Gómez, Maximiliano Ezequiel y Longo, Thomas Juan Manuel s/ Hurto”, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N° 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N° 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a THOMAS JUAN MANUEL LONGO y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle 7 y Naval de la localidad de San C.

Del Tuyú, provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente:

“Resolución: 152-14 // Carpeta de Causa N° 3106-14 - Dolores, de marzo de 2014. Autos y Vistos: ... II ... Considerando: ... Resuelvo: (1°) Sobreseer definitivamente por hecho al menor: I) Thomas Juan Manuel Longo, nacido el 10 de octubre de 1998, con DNI N°41739090, hijo de Daniel Abel Longo, con domicilio en calle 73 N° 1775 y Avenida Naval de la localidad de San C. Del Tuyú, II) Maximiliano Ezequiel Gómez, nacido el 9 de agosto de 1996, con DNI N° 39748870, hijo de Juan Pablo Gómez, domiciliado en calle 7 N° 2152 entre calle 17 y Avenida Cuarta de San Clemente, orden al delito de Hurto Simple delito previsto y penado en los Arts. 162 del CP conforme lo normado en el Art. 323 inc. 5 del CPP. (2°) Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. (3°) Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa, sin perjuicio de la facultad propia del Ministerio Público Fiscal de requerir por propia iniciativa y en forma directa al servicio de promoción y protección de los derechos del niño su intervención ante la posible vulneración de derechos del menor encausado. Notifíquese al Defensor Oficial del Joven y señor Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental...

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