Varios publicados en la fecha 02 de mayo de 2013

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Morón, sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector "K", de la mencionada localidad, en causa N° 1.695

seguida a RUBÉN FERNANDO LARES por el delito de Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese al nombrado Lares, titular del D.N.l.

13.508.220, de nacionalidad argentina, instruido, remisero, nacido el día 01/07/1957 en la Ciudad Autónoma de Buenas Aires, hijo de Adolfo Ruperto Lares (f) y de Blanca Susana Casaleggi (f), con último domicilio sito en la calle Balcarce N° 3480 de la localidad de Gervasio Pavón, Partido de Morón, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (art. 129 y 304 del C.P.P.). Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 15 de abril de 2013. I.- Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y ténganse presentes. II.- Atento a lo informado a fs. 103 y 106, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia a Rubén Fernando Lares por el término de cinco (5) días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo. (Art. 129 y 304 del C.P.P.). Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria.

Secretaría, 15 de abril de 2013.

C.C. 3.660 / abr. 25 v. may. 2

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Morón, en causa N° 1676 seguida a GUILLERMO ALEJANDRO REVANEIRA por el delito de Robo simple, del registro de esta Secretaría Única a mi cargo, cítese y emplácese al nombrado Revaneira, argentino, soltero, argentino, desocupado, titular del D.N.I. 35.107.979, hijo de René Revaneira y de Verónica Verón, nacido en Santiago del Estero el día 23 de julio de 1990, con último domicilio sito en la calle Centenera N° 292 (Km. 34 y 172) del Barrio Pompeya, partido de Merlo, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector "K", de la mencionada localidad, declarado Rebelde y ordenar su captura (art. 129 y 304 del C.P.). Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 11 de abril de 2013. I.- Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y ténganse presentes. II.- Atento a lo informado a fs. 78/79, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Guillermo Alejandro Revaneira por el término de cinco (5) días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura (art. 129 y 304 del C.P.P.). Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional;

Dra. Silvia L. Caparelli, Secretaria". Secretaría, 11 de abril de 2013.

C.C. 3.661 / abr. 25 v. may. 2

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.

Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única, en relación a la causa N° 950/2008, registrada en esta Secretaría bajo el N°J-0004552 caratulada: "Guevara, Rubén Alejandro s/Portación Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el artículo 129 del Código Procesal Penal, la resolución que se notifica al imputado RUBÉN ALEJANDRO GUEVARA, titular del DNI N° 31.431.744, de nacionalidad argentina, nacido en Florencio Varela, el día 26 de diciembre de 1984, hijo de Rubén Guevara, desconociendo el nombre de su madre, de ocupación empleado, quien sí sabe leer y escribir, con domicilio en 1354 y 1317 de la localidad y Partido de Florencio Varela, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Ciudad de Quilmes, 10 de febrero de 2013. ... Resuelvo: I) Declarar la rebeldía de Rubén Alejandro Guevara, titular del DNI N° 31.431.744, de nacionalidad argentina, nacido en Florencio Varela, el día 26 de diciembre de 1984, hijo de Rubén Guevara, desconociendo el nombre de su madre, de ocupación empleado, quien sí sabe leer y escribir, con último domicilio conocido en calle 1354 y 1317 de la localidad y Partido de Florencio Varela, en los términos de los artículos 303 y 304 del Código Procesal Penal, disponiendo, en consecuencia, el comparendo compulsivo del nombrado, una vez que sea habido, a primera audiencia. II) Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Guevara sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (conforme artí- culo 305 del Código Procesal Penal). III) Regístrese, notifí- quese a la Fiscalía y a la Defensa Oficial intervinientes y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado Rubén Alejandro Guevara, conforme lo dispone el artículo 129 del Código Procesal Penal. Firmado: Dra. Julia Andrea Rutigliano - Juez correccional. Ante mí: María Cecilia González -Secretaria". María Cecilia González. Secretaria.

C.C. 3.680 / abr. 25 v. may. 2

POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.

Julia Andrea Rutigliano, titular del Juzgado en lo Correccional N°3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa n° 2479/2012, registrada en esta Secretaría bajo el N°J- 0006321 caratulada: "Cortez Muñoz, Luz Amparo s/ Hurto en Grado de Tentativa", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (s/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado LUZ AMPARO CORTEZ MUÑOZ, titular del DNI N° 51.565.233, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "Quilmes, 13 de marzo de 2013. Y Visto: .... y Considerando: .... Resuelvo: I.- Declarar la rebeldía de Luz Amparo Cortez Muñoz, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II.- Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto la imputada Cortez Muñoz sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf.

Art. 305, CPP). III.-...

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