Varios publicados en la fecha 31 de agosto de 2011

CASA CENTRALC.C.POR 10 DÍAS - Dra. Susana G. Calcinelli, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N° 3 Departamental, en la I.P.P.N° 836-09, caratulada: “Bertola Gustavo Daniel s/ Abuso sexual”, que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 a cargo del Sr.Agente Fiscal Dr. Eugenio Casas; cita y emplaza a BER- TOLA GUSTAVO DANIEL, DNI 20.715.614, por medio de edictos que se publicarán durante diez días, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4, sita en calle Estomba N° 127, a fin de notificarle el Art. 60 del C.P.P. y ordenar la extracción sanguínea para pericia de ADN; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo compulsivo (Art. 129 del C.P.P.). Bahía Blanca, 2 de agosto de 2011. Alberto A. Manzi, Auxiliar Letrado.C.C. 9.180 / ago. 17 v. ago. 31 POR 10 DÍAS - La Sra. Jueza, Dra. Alejandra C.Bozzano, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minería N° 2, sito en calle Rivadavia 205-211, 5° piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza por el término de diez días, al Sr. ALEJANDRO AVIT, DNI N° 18.180.094, nacido el 01/07/1966 para que comparezca a estar a derecho en autos caratulados: “Avit Alejandro s/ Sucesión Ab-Intestato“ Expte N° 404594/09. Secretaría, 26 de abril de 2011. María Lorena Spikerman, Secretaria.C.C. 9.565 / ago. 25 v. sep. 7 POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a DAMIÁN FEDERICO BRIZUELA, cuyos datos filiatorios son los siguientes: argentina, soltero, hijo de Rubén Raúl y de Roxana Delfina Monsalve, nacido en Lanús con fecha 24 de junio de 1990, DNI 37.198.749 y con último domicilio conocido en Calle Magdalena N° 1857 de Villa Obrera, para que en el término de cinco (5) días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa N° 3193, caratulada Brizuela, Damián Federico s/ Tenencia ilegítima de Estupefacientes (J. Gtías N° 1- UFI N° 21- Gestión, N° 1499-11), cuya resolución se transcribe: “Lomas de Zamora, 8 de agosto de 2011. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado por la Comisaría de Lanús Seccional Octava, ver fs. 135 cítese a Brizuela Damián Federico por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art.129, del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo.“ Fdo.: Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: Dra. María Carola Origone, Auxiliar Letrada. Secretaría, 8 de agosto de 2011.C.C. 9.560 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a MARTÍN ALBERTO DI PIETRO (nacido el día 16 de abril de 1984, en Rosario, nacionalidad argentina), a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del Incidente de Ejecución de Condena en Suspenso N° 013591-10/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: “Lomas de Zamora, 12 de agosto de 2011. En atención a lo que surge de fs. 19, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Martín Alberto Di Pietro, de conformidad con lo normado en elart. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa N° del registro del Juzgado en lo Correccional N° 5. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto. Conste. Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de Ejecución”. Se hace constar que de no presentarse el mencionado Martín Alberto Di Pietro en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de ocho meses de prisión de ejecución condicional que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata Captura (Arts. 26; 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Secretaría, 12 de agosto de 2011. Claudia Alejandra Lueje, Secretaria.C.C. 9.559 / ago. 25 v. ago. 31POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ORLANDO ENRIQUE NACIMIENTO BARRIENTOS, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del Incidente de Ejecución de Condena en Suspenso N° 057300-09/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena: “Lomas de Zamora, 5 de agosto de 2011. En atención a lo que surge de las presentes actuaciones, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Orlando Enrique Nacimiento Barrientos, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa N° 2861/6 del registro del Tribunal en lo Criminal N° 6 Departamental. Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada… Fdo. Dra. Etel B. Bielajew, Juez de Ejecución”. Se hace constar que de no presentarse el mencionado Orlando Enrique Nacimiento Barrientos en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata Captura (Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Secretaría, 5 de agosto de 2011. Cecilia Vázquez, Secretaria.C.C. 9.558 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a DARÍO LUIS VERA MORENO, a estar a derecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal), en el marco del Incidente de Ejecución de Condena en Suspenso N° 713858/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así ordena: “Lomas de Zamora, 10 de agosto de 2011. En atención a lo que surge de fs. 19, y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Darío Luis Vera Moreno, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la condena que le fuera impuesta en el marco de la causa N° 713858 del registro del Juzgado Correccional N° 03 Departamental-Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. En igual fecha se libró edicto.Conste.... Fdo. Dra. Etel B. Bielajew, Juez de Ejecución”. Se hace constar que de no presentarse el mencionado Darío Luis Vera Moreno en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de dos años y cuatro meses de prisión que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata Captura (Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal). Secretaría, 10 de agosto de 2011. Cecilia Vázquez, Secretaria.C.C. 9.557 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS – El Juzgado de Garantías N° 03 a cargo de la Dra. Liliana Clarisa Natiello, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Adriana Conesa Perroud, sito en Camino Negro y Larroque, Edificio de Tribunales, cuarto piso, sector “J”, por medio del presente se entera y notifica a PEDRO HUMBERTO PEREYRA en la causa N° 49.941/5, que tramitara por ante el Ex-Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 05 Departamental, se ha dictado la siguiente resolución: “Lomas de Zamora, 22 de julio de 2011. Por recibido, y en atención al contenido que se desprende de las constancias incorporadas a fojas 1155/1156, relativas a los informes remitidos por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Registro Nacional de Reincidencia respectivamente en cuanto a los antecedentes penales de Pedro Humberto Pereyra, otórgase carácter Definitivo al resolutorio de fojas 1143 vta;/1144 vta; Así lo resuelvo.(Artículo 62 inciso Segundo del Código Penal)”. Fdo. Dra.Liliana C. Natiello, Juez de Garantía. Sebastián A.Monelos, Auxiliar Letrado.C.C. 9.556 / ago. 25 v. ago. 31 POR 5 DÍAS – La Sra. Juez Titular...

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