Varios publicados en la fecha 17 de marzo de 2011

Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 21557-182919-11 AGUIRRE BENJAMÍN s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio del subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.325 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 21557-149604-10 BELÉN RICARDO ERNESTO s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.326 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-144474-03 BORBOLLA MARIO ABELARDO s/Suc., el Acta Nº 3.032 de fecha 12 de enero de 2011.Corresponde al Expediente Nº 2350-144474-03.La Plata, 12 de enero de 2011.VISTO, el expediente Nº 2350-142923-03 iniciado por Celide Margarita Milozzi solicitando el pago de haberes sucesorios en su carácter de cónyuge supérstite de Mario Abelardo Borbolla, y;CONSIDERANDO:Que por Resolución del 6/05/10 de fs. 80/81 se haga lugar al pago de haberes oportunamente solicitado por la nombrada;Que a fs. 81 vta. se informa el fallecimiento de la Sta. Millozzi, sucedida con anterioridad al dictado del acto mencionado, no siendo facticamente posible cumplimentar la que éste ordena, por lo que corresponde la revocación en la parte pertinente de acuerdo a las facultades comprendidas por el Art. 113 de Decreto Ley 7.647/70 Que a fs. 84 se dictaminó rectificar la resolución “ut supra” referida;Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 12 de enero de 2011, según consta en el Acta Nº 3.032;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley Nº 8.587;Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º - Rectificar, de conformidad a lo normado en el Art. 113 del Decreto Ley 7.647/70, el artículo 1º de la Resolución de fecha6/05/2010, aprobado por Acta Nº 2.997 y a tal efecto dejar sentado el derecho que le asistía a Celide Margarita Milozzi a percibir las sumas correspondientes al pago de haberes sucesorios, correspondiendo el abono de las sumas en cuestión a quienes eventualmente acrediten judicialmente la calidad de herederos, ello atento lo expuesto “ut supra”.ARTÍCULO 2º - Registrar. Pasen las actuaciones al Dpto. Técnico Administrativo - Sector Edictos- para la publicación de estilo. Cumplido, archivar Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.327 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 21557-183056-11 CERVETTO BEATRIZ MABEL s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio del subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.328 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2337-10897-80 DAVOVE MANUAL JUAN s/Suc., el Acta Nº 2.899 de fecha 13 de marzo de 2008.Corresponde al Expediente Nº 2337-10897-80 La Plata, VISTO, las presentes actuaciones, atento el fallecimiento de la beneficiaria Emma Candela GARBARINO, se presentan los derecho-habientes a solicitar Pago de Haberes Sucesorios y;CONSIDERANDO, Que previo a la liquidación de las sumas a abonar a Edilma Rosa y Hilda Haydeé dabove en carácter de derecho-habientes de la causante, se requiere al Dpto. Tesorería, se informen las devoluciones de haberes impagos por parte del banco;Que el área citada elabora el detalle de las mensualidades percibidas y las devoluciones según constancias del Organismo, ello así por cuanto este IPS continúa depositando los haberes previsonales del causante aún con posterioridad al deceso;Que cabe destacar que el pago de haberes sucesorios deriva de la existencia de la obligación principal, generada por los haberes jubilatorios devengados y no percibidos por el titular de autos, en virtud de producirse su deceso, resultando con derecho al mismo sus causa-habientes;Que registrándose percepciones con posterioridad al fallecimiento y requerido el informe de estilo al Banco-Sucursal Ituzaingó-, no se obtuvo respuesta alguna;Que en este contexto, es que se plantea el criterio a adoptar para resolver la Solicitud de Pago de Haberes Sucesorios, toda vez que se debe analizar la procedencia del pago a los derechohabientes de las sumas originadas en tal concepto frente a la imposibilidad de obtener la información precitada, lo cual, si bien no da lugar a la presunción de la autoría en la extracción de las mismas en cabeza de los solicitantes, genera un perjuicio al Organismo por cuanto ha realizado pagos indebidos que no han sido devueltos por el banco;Que finalmente este Cuerpo hace suyos los argumentos de hecho y de derecho vertidos en el dictamen que antecede;Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º - Suspender el abono de las sumas pendientes de pago en concepto de Haberes Sucesorios a las peticionantes Edilma Rosa y Hilda Haydeé Dabove hasta tanto se dilucide la situación descripta en la Entidad Bancaria.ARTÍCULO 2º - Arbitrar el trámite de estilo tendiente a la formulación de una investigación en la Sucursal del Banco de la Prov. de Buenos Aires -Ituzaingó-.ARTÍCULO 3º - Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación, hecho dése intervención por la especialidad del trámite a la Dirección de Planificación y Control de Gestión a los efectos señalados en el ítem II del Dictamen que antecede. Cumplido siga el trámite como por derecho corresponda.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.329 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-068691-07 GARUTI BLANCA ZULEMA, la Resolución Nº 687202, Acta Nº 3011 de fecha 18 de agosto de 2010.Corresponde al Expediente Nº 21557-068691-07.La Plata 18 de agosto de 2010.VISTO, el expediente Nº 21557-68691-07 iniciado por Blanca Zulema Garuti, por el cual se formulara cargo deudor, y CONSIDERANDO:Que por Resolución Nº 589199 de fecha 29 de mayo de 2008 a fs. 37 se le acuerda el beneficio de Jubilación Ordinaria a la Sra. Garuti, Blanca Zulema, a partir del día 07/05/06, el que será acordado en base al sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Profesora con 15 hs. desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación;Que luce a fs. 41 informe del Área Técnica indicando que la titular percibió incorrectamente sus haberes atento habérsele dado el alta con fecha 1º/03/05;Que consultado el Sr. Fiscal de Estado acerca del cargo deudor surgido en autos, se expidió en forma coincidente en cuanto a su formulación, conforme Art. 61 del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994;Que a fs. 41/42 se practica el pertinente cargo deudor que asciende a la suma de $ 14.183,11 por haberes percibidos indebidamente, por el período comprendido entre el 01/03/05 al 07/05/06 Que a fs. 47 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor practicado y afectar el 20% de los haberes mensuales de la titular;Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 18 de agosto de 2010, según consta en el Acta Nº 3011;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley Nº 8.587;Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º - Declarar legítimo el cargo deudor formulado a Blanca Zulema GARU- TI que asciende a la suma de $ 14.183,11 por haberes percibidos indebidamente, por el período comprendido entre el 01/03/05 al 07/05/06, ello conforme al Art. 61 del Decreto Ley 9.650/80 T.O 1994.ARTÍCULO 2º - Afectar el 20% de los haberes mensuales del beneficio que percibe la titular de autos, por los haberes percibidos indebidamente hasta la cancelación de la deuda contraída.ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar al Dpto. de Informaciones Generales tanto para su notificación como para el registro y la afectación del haber. Hecho a la Dirección de Recaudación y Fiscalización –Sector Gestión y Recupero de Deuda-. Cumplido, archivar.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.330 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el expediente Nº 21557-183055-11 GODOY MÁXIMO ESTEBAN s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio del subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 2.331 / mar. 11 v. mar. 17 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-094709-01 LINO JOSÉ ANÍBAL s/Suc., el Acta Nº 2987 de fecha 25 de febrero de 2010.Corresponde al Expediente Nº 2350-094709-01.La Plata, 25 de febrero de...

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