Varios Publicados en la Fecha 2 de Julio de 2004

POR 5 DIAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes (B), en causa nº 2023/03-1117 caratulada: "Buceta Jorge Luis s/incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en Nueve de Julio", notifica por este medio al mentado Buceta, que deberá presentarse ante este Juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a prtir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo se lo declare rebelde (art. 129 del C.P.P.). Mercedes, 28 de mayo de 2004. María l. Pardini. secretaria.C.C. 4.244 - jun. 28 v. jul. 2.POR 5 DIAS - El Sr. Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes, a cargo del Doctor Roberto Daniel Vila, cita y emplaza a ALCIDES PAIVA para que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho con respecto de la causa 726/04-1298 seguida al nombrado por Resistencia a la Autoridad y Lesiones Leves y se notifique de la resolución que se transcribe: "Mercedes, 28 de mayo de 2004. "Autos y Vistos: … y lo preceptuado por el Art. 129 Néstor A. de Aspro. Secretaria Unica a mi cargo, me dirijo a Ud. en la carpeta de la causa N° 9684, (I.P.P. N° 69.231) caratulada "AGUIRRE, Esteban Eduardo S/Lesiones Culposas", a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: "/Plata, 26 de abril de 2004, RESUELVO: SOBRESEER POR HABER SIDO EXTINGUIDA LA ACCION PENAL AL IMPUTADO AGUIRRE ESTEBAN EDUARDO en orden al delito de Lesiones Culposas que diera motivo a la formación de la Investigación Penal Preparatoria N° 69231, carpeta de causa N° 9684, en la que se le recepcionará declaración en los términos del art. 308 del C.P.P. (Art. 323 inciso 1 del Código Procesal Penal y arts. 62 inc. 2 en relación con el 94 del Código Penal) ... Fda.: Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. Ante mi, Juan Cruz Condomi Alcorta, Auxiliar Letrado. C.C. 4212 – un. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - Tengo el agrado de dirigirme a ud., por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaria Unica a mi cargo, en relación a la causa n° 3857/2003, registrada en esta Secretaria bajo el N°J-0001660 caratulada: "CHORNE, ROBERTO MOISES S/ LESIONES LEVES EN CONCURSO REAL CON AMENAZAS SIMPLES", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado ROBERTO MOISES CHORNE, -titular del DNI N° 17.968.596, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe. "///mes, 24 de mayo de 2004.-Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ... RESUELVO: I. DECLARAR LA REBELDIA DE ROBERTO MOISES CHORNE, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido la primera audiencia.- II.- SUS PENDER EL TRAMITE DE LA PRESENTE CAUSA, hasta tanto el imputado CHORNE sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. art. 305, CPP).-lII.- Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.- IV.- Fecho, líbrense las comunicaciones de ley y resérvese la presente causa en Secretaria (cf. art. 305, tercer párrafo, CPP).-( ... Fdo. Luis A. Gil Juliani -Juez-... Ante Anahí Lidia Fernández, Secretaria.C.C. 4211 – jun. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaria Unica a mi cargo, en relación a la causa n° 3786/2003, registrada en esta Secretaria bajo el J-0001632 caratulada: "García, Alberto Maximiliano S/Lesiones leves en conc. real con amenazas" a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado ALBERTO MAXIMO GARCIA, -titular del DNI 24.001.500-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "///mes, 24 de mayo de 2004.-Y Visto: Y Considerando: Resuelvo.. I- Declarar la rebeldía de Alberto Máximo García, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia.- II- Suspender el tramite de la presente causa, hasta tanto el imputado García sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf. art. 305, CPP).- (.) Fdo. Luis A. Gil Juliani Juez— Ante mí: Anahí Lidia Fernández -Secretaria-".C.C. 4218 – jun. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Unica a mi cargo, en relación a la Causa n° 113/2004, registrada en esta Secretaría bajo el J-0001724 caratulada: "Juárez, Walter Hugo S/ Lesiones leves en conc. real con amenazas", a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado WALTER HUGO JUAREZ, -titular del DNI N° 23.680.026-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "///mes, 24 de mayo de 2004. - Y Visto.. Y Considerando.. Resuelvo. I- Declarar la rebeldía de Walter Hugo Juárez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia.- II- suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Juárez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf art. 305, CPP).-III Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129 del Código de Procedimiento Penal.(..) Fdo. Luis A. Gil Juliani -Juez-... Ante mi: Anahí Lidia Fernández -Secretaria- ".C.C. 4219 – jun. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - Tengo el agrado, de dirigirme a Ud., por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Unica a mi cargo, en relación a la causa n° 2652/2003, registrada en esta Secretaría bajo el N°J-0001386 caratulada: "DE LORENZO, HECTOR RUBEN S/ LESIONES LEVES CALIFICADAS" a fin de solicitarle, se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado HECTOR RUBEN DE LORENZO, titular del DNI N° 14.693.768, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: "///mes, 24 de mayo de 2004.- Y VISTO..Y CONSIDERANDO.. RESUELVO: I- DECLARAR LA REBELDIA DE HECTOR RUBEN DE LORENZO, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia.- II.- SUSPENDER EL TRAMITE DE LA PRESENTE CAUSA, hasta tanto el imputado DE LORENZO, sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf art. 305, CPP). -III - Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco (5) días, al imputado, conforme lo dispone el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Luis A. Gil Juliani -Juez-... Ante mi: Anahí Lidia Fernández – Secretaria.C.C. 4220 – jun. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., por disposición del Sr. Juez, Dr. Luis Alejandro Gil Juliani, titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Unica a mi cargo, en relación a la causa n° 3222/2003, registrada en esta Secretaría bajo el N°J-0001507 caratulada: "MALDONADO, CARLOS ALEJANDRO S/ HURTO" a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el art. 129 del Código de Procedimiento Penal (S/Ley 11.922), la resolución que se notifica al imputado CARLOS ALEJANDRO MALDONADO, -titular del DNI 23.877.216-, y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: ///mes, 26 de mayo de 2004.- Y VISTO: Y CONSIDERANDO: RESUELYO: I- DECLARAR LA REBELDIA DE CARLOS ALEJANDRO MALDONADO, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia.- II- SUSPENDER EL TRAMITE DE LA PRESENTE CAUSA, hasta tanto el imputado MALDONADO sea habido para ser sometido nuevamente a proceso (cf art. 305, CPP). Fdo: Luis A Gil Juliani - Juez Correccional... Ante mi. José Marcelo La Leta -Auxiliar Letrado.C.C. 4225 – jun. 28 v. jul. 2POR 5 DIAS - El Juzgado de Garantías Nro. Uno del Departamento Judicial de Bahía Blanca, a cargo de la Dra. Gilda C. Stemphelet, cita y emplaza a HECTOR DOMINGO RODA -L.E. 12.416.661- imputado del delito de hurto calificado (causa nro 9620 UFI 3 IPP nro. 4446) para que COMPAREZCA DENTRO DE LOS CINCO DIAS DE PUBLICADO EL PRESENTE a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción nro. Tres sita en calle Estomba 127 de esta ciudad, a los fines de prestar declaración en los términos del art. 308 del C.P.P., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde ordenarse su captura. Bahía Blanca, mayo, 14 de 2004. Gilda C. Stemphelet, juez de garantías.C.C. 4228 jun. 28 v...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR