Varios publicados en la fecha 18 de setiembre de 2012

Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N° 21557-194035-11 y agregados N° 2350-6008-96, y N° 21557- 188188-11, ABADIE ALBERTO JUAN s/Suc., la Resolución N° 719156 de fecha 28 de marzo de 2012.VISTO el Expediente Nº 21557-194035-11 y agregados N° 2350-6008-96, y N° 21557-188188-11 por el cual se presenta Elsa Ester Abadie, en su carácter de hija de Alberto Juan Abadie, fallecido el 12 de junio de 1956, caído en el levantamiento cívicomilitar de junio de 1956, solicitando el beneficio de Pensión Graciable que otorga la Ley 8.253 con las modificaciones introducidas por las Leyes 10.840, 12.251, 12.465 y 13.350, y CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 398161, de fecha 27 de febrero de 1997, se otorgó beneficio de pensión en los términos de la normativa apuntada a Delia Elsa Bocazzi, en su condición de esposa del causante;Que habiendo fallecido la señora Bocazzi, madre de la peticionante, con fecha 7 de junio de 2010, corresponde analizar la petición a tenor del orden de prelación establecido en el artículo 2° de la citada Ley;Que no existe óbice legal para el otorgamiento del beneficio impetrado por Elsa Ester Abadie en su carácter de derechohabiente de Alberto Juan Abadie (Fojas 13); Que sin perjuicio de lo expuesto de la Declaratoria de Herederos obrante a fojas 16 y 50 se advierte la existencia de otro hijo del causante que no se ha presentado a solicitar el beneficio, el señor Jorge Alberto Abadie, por lo que corresponde reservar la cuota parte que pudiera corresponderle;Que de acuerdo con la documentación obrante en las presentes actuaciones, lo expuesto por la Asesoría General de Gobierno y la vista del Sr. Fiscal de Estado, procede dictar el presente acto administrativo;Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º. Acordar el beneficio de pensión graciable a Elsa Ester ABADIE (DNI 5.399.486, clase 1946) en su carácter de hija de Alberto Juan Abadie, caído en el levantamiento cívico militar de junio de 1956, a partir del 8 de junio de 2010, día posterior al fallecimiento de Delia Elsa Bocazzi esposa del causante, atento la documentación obrante en autos y de conformidad a lo normado por la Ley 8.253 modificada por Leyes 10.840, 12.251, 12.465 y 13.350. ARTÍCULO 2º. El presente beneficio será liquidado en un 50% a favor de Elsa Ester Abadie, reservándose la cuota parte (50% restante) que pudiera corresponder a su hermano, Jorge Alberto Abadie, atento lo expuesto en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3º. Oportunamente citar por Edictos a Jorge Alberto Abadie, a efectos de notificarse de lo actuado en autos y ejercer el derecho que le corresponda, en su condición de hijo del causante.ARTÍCULO 4º. El gasto demande el presente beneficio se atenderá con la siguiente imputación: Jurisdicción del Ministerio de Trabajo – Instituto de Previsión Social- Finalidad 03 – Función 03- Fuentes Financiamiento 11 –Partida Principal 05- Sub- Principal 51- Partida Parcial 511 – Sub-Parcial 010, presupuesto General 2012, Ley 14.331.ARTÍCULO 5º. Regístrese en actas y pase al Departamento de Leyes Especiales.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.557 / sep. 12 v. sep. 18 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N° 21557-170628-10 ACTIS ALDEMIO OSCAR S/Suc. la Resolución Nº 721.966 de fecha 30 de mayo de 2012.VISTO el presente Expediente por el cual Aldemio Oscar Actis solicita se le acuerde el beneficio de Jubilación por Invalidez y CONSIDERANDO:Que durante la tramitación del beneficio se produce el fallecimiento de Aldemio Oscar Actis, con fecha 8 de febrero de 2012 atento el certificado de defunción agregado;Que se encuentran reunidos los recaudos exigidos por el del Decreto Ley 9650/80 T.O 1994;Que contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a fs.42. Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 718.003 de fecha 22 de febrero de 2012, obrante a fs. 49 por haber sido dictada con posterioridad al fallecimiento de Aldemio Oscar Actis.ARTÍCULO 2º.- Reconocer que a Aldemio Oscar Actis DNIM N° 4.672.968, clase 1934, le asistía el derecho al goce de un beneficio de Jubilación por Invalidez equivalente 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Maestro de Enseñanza Práctica con 24 años, ambos desempeñados en Colegio Transferidos, el que será abonado a partir del 1 de noviembre de 2009, y hasta el día 8 de febrero de 2012, fecha en que se produjo su deceso, y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales las sumas devengadas por dicho concepto.ARTÍCULO 3º.- Imputar las sumas devengadas en dicho concepto a la cuenta del Instituto de Previsión Social- Sección Magisterio ARTÍCULO 4º.- Establecer que se han sido computado 15 años y 10 meses de servicios.ARTÍCULO 5º.- Oportunamente las presentes actuaciones volverán al tramite atento lo solicitado por Expte. N° 21557-217655-12.ARTÍCULO 6º.- Regístrese en Actas. Publíquese en Edictos.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.558 / sep. 12 v. sep. 18 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco (5) días en el Expediente N° 21557-132084-09 CRESPO EULOGIA ISABEL s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio de Pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.559 / sep. 12 v. sep. 18Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N° 21557-137940-09 CURRUMIL CÉSAR CARLOS s/Suc. la Resolución Nº 722.163 de fecha 30 de mayo de 2012.Presentase en autos César Carlos Currumil solicitando se le acuerde el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada;CONSIDERANDO:Que durante la tramitación del beneficio se produce el fallecimiento de César Carlos Currumil, con fecha 26 de septiembre de 2009 atento el certificado de defunción obrante a fs. 55;Que se encuentran reunidos los recaudos exigidos por el del Decreto Ley 9650/80 T.O. 1994;Que contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a fs. 51 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Relataría a fs. 58 Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 699.996 de fecha 30 de marzo de 2011, por la que se acordó el beneficio jubilatorio por cierre de cómputos a César Carlos Currumil, atento lo expuesto en los considerando.ARTÍCULO 2º.- Reconocer que a Cesar Carlos Currumil DNIM N° 5.500.135, clase 1944, le asistía el derecho al goce de un beneficio de Jubilación por Edad Avanzada equivalente 57% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero Cat. 10-35 HS., con 26 años de antigüedad, desempeñado en la Municipalidad de Coronel Borrego, sin efectos patrimoniales atento que el titular de autos ha fallecido antes de producirse el cese en sus tareas.ARTÍCULO 3º.- Establecer que han sido computados 26 años, 10 meses y 03 días de servicios.ARTÍCULO 4º.- Regístrese en Actas. Notifíquese el presente acto por Edictos.Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.560 / sep. 12 v. sep. 18 Provincia de Buenos AiresINSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALPOR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N° 21557-184242-11 DALTO SUSANA CRISTINA s/Suc. la Resolución Nº 721.462 de fecha 23 de mayo de 2012.VISTO el presente Expediente por el cual Susana Cristina Dalto solicitando se le acuerde el beneficio de Jubilación Ordinaria.CONSIDERANDO:Que durante la tramitación del beneficio se produce el fallecimiento de Susana Cristina Dalto, con fecha 13 de abril de 2012 atento el certificado de defunción agregado;Que se encuentran reunidos los recaudos exigidos por el del Decreto Ley 9650/80 T.O. 1994;Que contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a fs.39; Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 719-774 de fecha 18 de abril de 2012, obrante a fs. 40, por haber sido dictada con posterioridad al fallecimiento de Susana Cristina DaltoARTÍCULO 2º.- Reconocer que a Susana Cristina Dalto DNIF 5.949.623, clase 1949,le asistía el derecho al goce de un beneficio de Jubilación Ordinaria equivalente al 75% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Cat. 10 Administrativo, 40 HS., con 35 años de antigüedad, desempeñado en el Ministerio de Asuntos Agrarios el que será abonado a partir del 1º de diciembre de 2010, día siguiente al cese y hasta el día 13 de abril de 2012, fecha en que se produjo su deceso y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales las sumas devengadas por dicho concepto. Se deja constancia que la titular de autos venia percibiendo el beneficio de forma transitoria. Percibió Anticipo Jubilatorio por la Ley 12.950.ARTÍCULO 3º.- Imputar las sumas devengadas en dicho concepto a la cuenta del Instituto de Previsión Social – Sección Administración General.ARTÍCULO 4º.- Establecer que han sido computados 26 años, 10 meses y 03 días de servicios.ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas y...

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