Varios Publicados en la Fecha 17 de Agosto de 2007

CASA CENTRAL C.C. POR 5 DIAS - En la causa Nro 14.790 (I.P.P. Nro 03/1098/07) caratulada "Incidente de eximición de prisión en favor de Guerra Guillermo Matías y Guerra Marcelo Mauricio", de trámite ante este Juzgado de Garantías Nro 1 a cargo del Dr. Luis Nitti, como Juez de Feria, Secretaría Unica interinamente a mi cargo, del Deto. Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar Edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados, cuyo último domicilio conocido era calle Av. Central y La Plata de Ostende, la resolucón que dictará este Juzgado con fecha 31 de mayo de 2007, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: ... Por ello: Argumentos expuestos, y disposiciones legales citadas, Resuelvo: "No hacer lugar a la exmición de detención solicitada por la Dra. María Rosa Lagar en favor de los imputados GUILLERMO MATIAS GUERRA, MARCELO MAURICIO GUERRA y WALTER ALEJANDRO OBREGON. Regístrese, notifíquese. Fdo. Dra. Laura Inés Elías. Juez de Garantiás Nro 1". Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores,... de agosto de 2007. Atento lo que surge de la notificación de Marcelo Mauricio Guerra y Guillermo Matías Guerra en la que se informa que los mismos no pudieron ser notificados de la denegatoria a la eximición de detención solicitada, ya que se ausentaron de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C. P. P. Regístrese. Proveo como Juez de Feria. Fdo. Dr. Luis Esteban Nitti. Juez". Fdo. Mónica A. Barrionuevo. Auxiliar Letrada. C. C. 9.706 / ago. 14 v. ago. 21POR 5 DIAS - El Juzgado de Garantías Nro 1 del Depto. Judicial de Bahía Blanca, interinamente a cargo de la Dra. María Pía Fava de Solana, cita y emplaza a CRISTIAN ARIEL FRIAS, argentino, nac. el 5 de septiembre de 1981 en Bahía Blanca, hijo de Andrés y de Angélica Totaro, DNI 33.167.433, imputado del delito de Amenazas (causa 13497 U.F.I.J. Nro 3 I.P.P. 102110) para que comparezca dentro de los cinco días de publicado el presente a la sede de la Unidad Funcional de Investigación Tres, a los fines de obtenerse del nombrado fichas dactiloscópicas, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Bahía Blanca, 3 de julio de 2007. Nancy M. Añez. Secretaria.C. C. 9.698 / ago. 14 v. ago. 21POR 5 DIAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 26, a cargo de la Dra. María Fernanda Lesch, Secretaría Nº 51 a cargo del Dr. Pablo D. Frick, sito en Callao 635, 1º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 8 de mayo de 2007 se decreto la quiebra de MOLINA, LUCIO HECTOR, D.N.I Nº 7.704.786, con domicilio en la calle Cucha Cucha Nº 927, de la ciudad autónoma de Buenos Aires. Ha sido designada Síndico la C.P.N. María del Pilar Enríquez, con domicilio en la calle Adolfo Alsina 1495, 4º Piso Of. "4", de la esta Ciudad, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos en los términos del art. 200 de la LC, hasta el día 18 de septiembre de 2007. El síndico deberá presentar los informes previstos en los artículos 35 y 39 de la L.C.Q los días 31 de octubre de 2007 y 12 de diciembre de 2007, respectivamente. Intímase a la fallida y a terceros para que entreguen a la síndico, dentro de las 72 horas, todos los bienes del deudor que se hallaren en su poder; intímase a la fallida para que, dentro de las 24 horas, entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad e intímasela también para que dentro de las 48 horas de notificada constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces. La fallida deberá asimismo acreditar dentro de los cinco días el cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 86 LC. El auto que ordena el presente dice: "Buenos Aires, 8 de mayo de 2007... 14) Publíquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial de la Capital Federal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires en los que constarán las disposiciones...". Firmado: María Fernanda Lesch. Juez Subrogante. Buenos Aires, 17 de julio de 2007. Pablo D. Frick. Secretario.C.C. 9.695 / ago. 14 v. ago. 21POR 5 DIAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 26, a cargo de la Dra. María Fernanda Lesch, Secretaría Nº 51 a cargo del Dr. Pablo D. Frick, sito en Callao 635, 1º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 8 de mayo de 2007 se decretó la quiebra de ISRAELSON, ALICIA, D.N.I Nº 10.688.518, con domicilio en la calle Cucha Cucha Nº 927, de la ciudad autónoma de Buenos Aires. Ha sido designada Sindico la C.P.N. María del Pilar Enríquez, con domicilio en la calle Adolfo Alsina 1495, 4º Piso Of. "4", de la esta Ciudad, ante quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos en los términos del art. 200 de la LC, hasta el día 18 de septiembre de 2007. El síndico deberá presentar los informes previstos en los artículos 35 y 39 de la L.C.Q. los días 31 de octubre de 2007 y 12 de diciembre de 2007, respectivamente. Intímase a la fallida y a terceros para que entreguen a la síndico, dentro de las 72 horas, todos los bienes del deudor que se hallaren en su poder; intímase a la fallida para que, dentro de las 24 horas, entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad e intímasela también para que dentro de las 48 horas de notificada constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces. La fallida deberá asimismo acreditar dentro de los cinco días el cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 86 LC. El auto que ordena el presente dice: "Buenos Aires, 8 de mayo de 2007... 14) Publíquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial de la Capital Federal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires en los que constaran las disposiciones...". Firmado: María Fernanda Lesch. Juez Subrogante. Buenos Aires, 17 de julio de 2007. Pablo D. Frick. Secretario.C.C. 9.696 / ago. 14 v. ago. 21POR 5 DIAS - El Juzg. De Para. Inst. Civil y Comer. N° 20 La Plata, hace saber que la seña a integrarse en los autos de subasta-licitación "TORRES ROBERTO OSCAR S/ QUIERA S/ INCIDENTE DE REALIZACIÓN DE BIENES", es del 40 % y no del 10 % como por error se consignó en las publicaciones de fecha 6,7,8,9 y 10 de agosto de 2007. La Plata, 13 de agosto de 2007. Santiago H. Di Ielsi- secretario.C.C. 9883 / ag. 15 v. ag. 22POR 5 DIAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 13, cargo del Dr. Luis María Codeglia, Secretaría a mi cargo, del Departamento Judicial San Isidro, con domicilio en la calle Ituzaingó 349, Piso 3° de San Isidro, comunica por cinco días, que en fecha 2 de julio de 2007, se ha decretado la quiebra de S.O.M. SINDICATO DE OBREROS MUNICIPALES DE SAN FERNANDO, cuya personería gremial le fuera otorgada por el Ministerio de Trabajo de la Nación bajo el N° 001213, en fecha 2 de agosto de 1984, con domicilio en la calle Belgrano 748, del Partido de San Femando, provincia de Buenos Aires, siendo Síndico el Estudio Categoría "A" "Padulo-Di Nicola- Torres Barros", integrado por los Contadores Cristina Zulema Padulo, Francisco Alberto Di Nicola y Jerónimo Torres Albano, con domicilio en la calle Ituzaingó 369, Piso 2° Oficina 208, San Isidro (Tel. 4747-0493) Se Hace saber a la fallida que queda intimado para que en el término de 24 horas ponga a disposición del Juzgado, todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 88 inc. de la ley 24.522, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. Se intima a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Se pone en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5° de la ley citada. Se ordena la continuación de la actividad sindical, en razón que la interrupción de la misma podaría prima facie provocar daño grave e irreparable al interés de los acreedores y a la conservación del patrimonio. Para ello, las autoridades del sindicato continuaran ejerciendo las funciones de carácter estrictamente gremial, debiendo informar de todo lo actuado a la sindicatura, la cual ejercerá la tarea de contralor continuando la misma es decir la sindicatura con la administración de los bienes patrimoniales del sindicato. Se ha dispuesto también la realización de los bienes del deudor. Hácese saber a los acreedores posteriores a la presentación lo dispuesto por el art. 202 de la ley 24.522. San Isidro, 17 de julio de 2007.- Patricio Chevallier Boutell. Secretario.C.C. 9.757 / ago. 15 v. ago. 22POR 5 DIAS - El Juzgado Civil y Comercial N° Uno, Secretaría Unica del Departamento Judicial Pergamino, hace saber que en autos caratulados: "Venecia, Oscar Alberto s/ Concurso Preventivo", expediente N° 47.743, con fecha 31/05/07 se ha decretado la quiebra, del Sr. OSCAR ALBERTO VENECIA, D.N.I. N° 10.916.541, con domicilio en Av. Julio A. Roca N° 858, piso 8º, Dpto. "B" de la ciudad de Pergamino, Los acreedores posteriores a la fecha de...

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