Varios Publicados en la Fecha 17 de Mayo de 2005

POR 10 DIAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 13, Secretaría N° 7 de San Isidro, sito en calle Ituzaingó 340. P. 3°, San Isidro, cita por diez días a REVERBERI, ORLANDO LICINIO Y DIAZ NUÑEZ, DOLORES y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en la calle Francisco Borges N° 1725 y/o Borges N° 1725 de Olivos. Nomenclatura Catastral: C: VI. S: G. M: 48. P. 13. N° Inscripción F° 1029/30. Partida 13.567, según título Manzana E. Lote 20, entre calles Juan de Garay y Sarmiento para que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrar Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente en el expediente caratulado Franco y Tortora, Laura M. y Otra c/ Reverberi, Orlando y Otro s/ Prescripción Adquisitiva. San Isidro, 18 de abril de 2005. Arturo Goya. Secretario. C.C.3.739 - may. 6 v. may. 19.POR 5 DIAS- En la causa correccional Nº 170 del registro del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, a cargo del Sr. Juez Dr. Daniel Alberto Leppén, seguida a OSCAR ANTONIO ALVAREZ por el delito de Hurto Simple. S.S., dispuso notificar a Oscar Antonio Alvarez -apodado “Tony”, de nacionalidad argentina, de 39 años de edad, siendo último domicilio conocido sito en la calle Albeniz N° 609 del Barrio Loma Grande, Partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires, nacido el día 5 de marzo de 1966 en Ciudadela, Provincia de Buenos Aires, instruido, hijo de Oscar Humberto y de Mercedes Conde, titular del D.N.I. 17.910.592- de la resolución cuya parte dispositiva se transcribe seguidamente: “Morón, 29 de abril de 2005.- y Vista: ... Resulta: ... y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar extinguida por prescripción -desde el día 22 de marzo de 2003- la acción penal respecto de Oscar Antonio Alvarez, en orden al delito de Hurto Simple, del que se hallaba imputado; como cometido el día 23 de febrero de 2000, en la localidad de Parque San Martín, partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires. II.- Regístrese copia. Notifíquese. Firmado, Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional; Luis Lamperti, Secretario. Dado, firmado y Sellado en Morón, el 29 de abril de 2005.C.C. 3.918- may. 11 v. may. 17POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a JULIO CESAR ENRIQUEZ (indocumentado) que en la causa N° 4-15620, caratulada “Oviedo Daniel Alejandro y Enríquez, Julio César s/ Tva. de robo” se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa N° 4-15620, respecto de Julio César Enríquez y en orden al delito de Robo Simple en grado de Tentativa (Arts.. 164 en función del 42 del CP.) imputado, de conformidad con lo normado por los Arts.. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. II) Dejar sin efecto la rebeldía y captura de Julio César Enríquez, la cual fuera dispuesta en el resolutorio de fs. 116. A tal fin ofíciese a la Jefatura de Policía Provincial. III) A fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589, Notifíquese a Julio César Enríquez de lo aquí resuelto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5º de la Ley 12.059.- Notifíquese.- Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez”. Secretaría, 26 de abril de 2005. Marisa P. Capurso, Secretaria.C.C. 3.888- may. 11 v. may. 17POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a JORGE ARIEL OLMOS (DNI 23.442.533) que en la causa N° 4-14746 caratulada “Olmos, Jorge Ariel s/ Lesiones en riña”, se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas: ... Y Considerando: ... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripcion en la presente causa N° 4-11172,-respecto de Jorge Ariel Olmos y en orden al delito de Lesiones Graves (Art. 90 del CP.) imputado de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto.... Notifíquese.- Fdo. Javier Alfredo Romañuk, Juez”. Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas: ... Y Considerando... RESUELVO... III) A fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589, Notifíquese a Jorge Ariel Olmos de lo aquí resuelto mediante Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5° de la Ley 12.059.-Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez.”.Secretaría, 26 de abril de 2005. Marisa P. Capurso, Secretaria.C.C. 3.889- may. 11 v. may. 17POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a JOSE LUIS VIVONE (DNI 17.448-041) que en la causa N° 4-10592 caratulada “Anagua Yucra, René Iván -Anagua Yucra, Efraín - Pingitore, José Marcelo s/ Robo Automotor - inf. Art. 33 Dto-Ley 6.582/58” se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando ... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa N° 4-10592, respecto de José Luis Vivone y en orden al delito de Robo Automotor (Art. 164 del C.P.) e Infracción al Art. 33 Decreto Ley 6.582 imputado, de conformidad con lo normado por los Arts.. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67 párrafo cuarto y quinto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. Notifíquese. Fdo: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas: ... Y Considerando... Resuelve ... III) A fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589, Notifíquese a José Luis Vivone de lo aquí resuelto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, Conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5° de la Ley 12.059. .- Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez”. Secretaría, 26 de abril de 2005. Marisa P. Capurso, Secretaria.C.C. 3.890- may. 11 v. may. 17POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a GUSTAVO RAMON RUIZ DIAZ (nacido el 4/11/73 en Concepción del Uruguay, hijo de Ruiz María Ruiz Díaz y de Isolina Gómez,) que en la causa N° 4-12636 caratulada “Reyes Mansilla, Ramón- Valussi, Marcelo- Ruiz Díaz, Gustavo- Medina Darío Daniel s/ Robo Calif- Atent. y Resist. Aut- Ten. Arma Guerra Inf. Art. 289 (en casillero de capturas) se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 25 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando ... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa N° 4-12636, respecto de Gustavo Ramón Ruiz Díaz y en orden al delito de Atentado y Resistencia a la Autoridad en concurso ideal (Art. 238 inc.1° y 239 del C.P.) imputado, de conformidad con lo normado por los Arts.. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67 párrafo cuarto del Código Penal Ley 25.990; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto.... Notifíquese.- Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez”. Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Campana, 25 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando... Resuelvo... III) A fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589 y, no habiendo sido habido hasta el presente Gustavo Ramón Ruiz Díaz notifíqueselo de lo aquí resuelto mediante Edictos que se publícarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5° de la Ley 12.059, toda vez que la resolución recaída no le causa gravamen alguno.- Fdo. Javier Alfredo Romañuk, Juez”. Secretaría, 25 de abril de 2005. Marisa P. Capurso, Secretaria.C.C. 3.891- may. 11 v. may. 17POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición N° 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a ARNALDO MARTIN FERREYRA (DNI 24.576.175) que en la causa N° 3-16498 caratulada “Ferrreyra, Arnaldo Martín s/ Robo Simple”, se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando... Resuelvo: I) Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa N° 4-11172, respecto de Arnaldo Martín Ferreyra y en orden al delito de Robo Simple (Art.164 del CP.) imputado de conformidad con lo normado por los Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2° y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto.. Notifíquese.- Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Campana, 26 de abril de 2005. Vistas ... y Considerando... Resuelvo ... III) A fin de dar cumplimiento con lo normado por el Art. 448 inc. 1° del CPP. Ley 3.589, Notifíquese a Arnaldo Martín Ferrreyra de lo aquí resuelto mediante Edicto que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, Conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Ley 11.922, de aplicación en los términos del Art. 5° de la Ley 12.059. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez.”...

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