Varios Publicados en la Fecha 16 de Marzo de 2004

CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATAResolución Nº 40/03Puerto La Plata, 12 de diciembre de 2003.POR 3 DIAS. - VISTO: QUE desde la entrada en vigencia de la Ley 25.561 y del Decreto 214 se ha modificado considerablemente el contexto macroeconómico.QUE el incremento de los precios correspondiente a los años 2001-2002 de los principales rubros relacionados con el servicio de ferro tracción han sufrido un importante incremento: Gas-oil 166,82%, Mano de Obra 66.79%, Mantenimiento de Parrilla Ferroviaria 210.01% Mantenimiento locomotoras 28,40% Energía Eléctrica 35.50%, gastos Administrativos 163,25 %, Telefonía 115,50%, Servicio de Señaleros 53,33%, Seguros 398%, Amortización de Parrilla ferroviaria 200% y Amortización de locomotoras 75%.QUE por tanto el porcentaje promedio de incremento de los rubros antes mencionados asciende al 137,51%.QUE las tarifas de ferroviarias de estación portuaria no sufrieron modificación desde 1 de Enero de 1992; siendo la misma de $1,31 más IVA por tonelada para trafico interno y de $ 1,71 más IVA por tonelada para trafico de intercambio.CONSIDERANDO:QUE de conformidad con lo estatuido en el art. 24 inc. b) y art. 7 del Estatuto del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, aprobado por el Decreto Provincial nro. 1596/99, otorga al Directorio facultades suficientes para fijar o modificar las tarifas relacionadas con los servicios que presta como consecuencia de la Administración y Explotación del Puerto La Plata.QUE en ejercicio de las facultades delegadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires el Consorcio de Gestión Puerto La Plata tiene la obligación de velar por el resguardo de los bienes de dominio público provincial, no pudiendo incurrir en situaciones deficitarias que afecten la operatoria eficaz del Puerto La Plata, y la calidad de los servicios prestados.QUE el índice empleado por la Resolución N° 190 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires es el que mejor representa al sector involucrado.QUE la Resolución de referencia en su anexo III item 83 – transporte ferroviario- establece para Noviembre del 2.003 un valor de referencia de 2.357. Lo que implique un incremento del 135 % desde Diciembre de 2001 a la fecha.QUE el incremento de las tarifas de Intercambio y Trafico representa un aumento de la totalidad del servicio de un 65.55% .QUE asimismo es necesario que el Consorcio de Gestión Puerto La Plata recupere y mantenga las inversiones que viene efectuando en la infraestructura vial y material rodante..QUE ante este nuevo contexto económico y con el fin de asegurar las condiciones del servicio ferroviario es necesario actualizar su Régimen Tarifario.Por todo ello,el DIRECTORIO del CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA,en uso de sus legitimas atribuciones,RESUELVEArt. 1: Modificar a partir del 1 de enero del año 2004 el cuerpo tarifario en lo referente al cobro de servicios relacionados con la tracción ferroviaria el cual queda determinado de la siguiente forma:a) Trafico Interno $ 3,09 mas IVA por tonelada.-b) Trafico de Intercambio $ 1,71 más IVA por tonelada.-Art. 2: Regístrese , Notifíquese. Cumplido, archívese.-Jorge G. Metz, Presidente Consorcio de Gestión del Puerto La Plata; Alberto Amiel, Roberto Cacciamani, Francisco Gliemmo, Pedro A. Pereira, Omar Alberto Souto, Hugo Raggio, Julián Zaratiegui, Directores.C.C. 1.409 - mar. 12 v. mar. 16Provincia de Buenos AiresMinisterio de Infraestructura, Vivienday Servicios Públicos.DIRECCION PROVINCIALDEL TRANSPORTEPOR 5 DIAS. - Atento a la imposibilidad reiterada de efectuar las pertinentes notificaciones de diversos actos administrativos de acuerdo a las pautas estatuidas por el art. 65º de la L.P.A., corresponde en esta instancia solicitar se lleven a cabo las mismas, mediante la publicación en el Boletín Oficial, en los términos del art. 66º de dicha ley, a tenor del listado que a continuación se detalla.-Expediente Disposición Destinatario2417-4790/02 1365/03 BURCEZ, ROBERTO GUSTAVO(DNI 24.305.210)2417-7336/03 1393/03 VAZQUEZ, JORGE EDUARDO(DNI 11.898.707)2417-3181/01 1486/03 CERAOLO, LUCIANO DARIO2417-6988/03 1470/03 GONZALEZ, JOSE (DNI 12.270.019)2417-6879/03 1769/03 SABARTES, PABLO MARCELO(DNI 17.032.427)2417-7060/03 1390/03 SABARTES, PABLO MARCELO(DNI 17.032.427)2417-4125/01 2164/03 CHAYE, MARCELO EDGARDO (DNI 16.835.202)2417-4192/01 2256/03 AGUILAR, LORENZO JUSTINIANO(DNI 5.649.098)2417-4814/02 2020/03 GONZALEZ, J. PUGLIESE Y OTROSSOCIEDAD DE HECHO2417-5415/02 1814/03 TRANSPORTES AUTOMOTORESSAN LORENZO S.A.C.I.F.I.2417-5863/02 1815/03 MARIANO MORENO S.A.2417-4544/01 2392/03 MESAGLIO, JULIO CESAR (DNI 10.079.479)LUISO, JULIO LUIS (DNI 8.479.305)2417-6848/03 2315/03 MORENO, JORGE (L.E. 8.240.099)2417-7297/03 2497/03 UTENOR S.A.2417-8319/03 2522/03 LOPEZ, MANUEL DIEGO (L.E. 5.206.519)2417-4531/01 2634/03 EXPRESO PARANA S.A.2417-6312/02 2642/03 SAN JOSE S.R.L.2417-7145/03 2646/03 UTENOR S.A.2417-7523/03 2655/03 UTENOR S.A.2417-7569/03 2659/03 UTENOR S.A.2417-7904/03 2588/03 FERNANDEZ, RICARDO EDUARDO(DNI 12.881.637)2417-7304/03 2830/03 EXPRESO PULLMAN LA PAZ DE YUNINOJUAN ALFREDO (DNI 5.258.102)2417-7883/03 180/04 UTENOR S.A.2417-8142/03 134/04 UTENOR S.A.2417-7964/03 IMPUTACIÓN FERNÁNDEZ, RITA GLADYS2417-8093/03 IMPUTACIÓN ATADIA, VERONICA2417-8232/03 IMPUTACIÓN LOMBARDO, HECTOR RAMON(DNI 4.917.220)2417-8267/03 IMPUTACIÓN SANTOS, JORGE MANUEL (DNI 14.723.172)2417-8274/03 IMPUTACIÓN BASTON, MIRTA LILIANA (DNI 10.859.777)2417-8287/03 IMPUTACIÓN VLEMINCHX, JULIO ORLANDO(DNI 13.315.669)2417-7622/03 IMPUTACIÓN UTENOR S.A.2417-7960/03 IMPUTACIÓN UTENOR S.A.INHIBICIÓN GENERAL DE BIENESExpediente Fecha DestinatarioInhibición2417-713/00 20/08/02 CAUSERANO, MARIA CRISTINA(DNI 6.360.220)2417-3049/01 25/03/02 MORETA, MARINA (DNI 14.478.157)2417-3277/01 03/11/03 COOPERATIVA SAN JORGE2417-3611/01 02/09/03 POLLET, RUBEN OSVALDO(DNI 13.075.456)2417-3817/01 19/09/03 CANZIO, OSCAR NICOLAS (DNI 8.272.859)2417-4000/01 09/10/03 SALTO, CELESTINA ISABEL(DNI 24.782.179)2417-4002/01 23/09/03 VILAJOSANA, MARCELA FERNANDA(DNI 23.801.673)2417-4457/01 23/09/03 BERTONI, CRISTIAN LEONARDO(DNI 25.528.837)2417-4465/01 23/09/03 DEL PUERTO, HERNAN (DNI 26.861.891)2417-4717/02 23/09/03 MANSILLA, JUAN SEVERO (DNI 11.572.802)2417-4721/02 02/09/03 LONGTUR S.R.L.2417-4761/02 09/10/03 TURISMO RACHED HNOS S.R.L.2417-4820/02 09/10/03 KAHL, GERARDO (DNI 22.066.085)2417-5106/02 03/11/03 GONZALEZ, HECTOR RICARDO(DNI 12.151.157)2417-5199/02 09/10/03 D´ONOFRIO, NICOLAS ANTONIO(DNI 4.385.026)2417-5256/02 19/09/03 ACCIARI, OSCAR RICARDO (DNI 4.583.225)2417-6126/02 19/09/03 MITUR S.R.L.C.C. 1.416 - mar. 12 v. mar. 18Provincia de Buenos AiresCONTADURIA GENERALResolución 89Expte. N° 5400-8430/03 Alc. 18.La Plata, 29 de enero de 2004.POR 5 DIAS - Visto: La nómina de los proveedores comprendidos en los legajos n° 12.500 a n° 12.800, obrante a fs. 5, que no han actualizado los mismos, de conformidad con lo prescripto en la Resolución n° 803/01 y su similar n° 700/02, del señor Contador General de la Provincia, y,CONSIDERANDO:Que por el art. 8° de la Resolución n° 803/01, se impuso a todo aquél inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia la obligación de actualizar su legajo en el plazo de un año, fecha a partir de la cual caducará automáticamente su credencial sin necesidad de emplazamiento previo, circunstancia que operó el 8/XI/02, verificándose efectivamente el motivo de eliminación, sin necesidad de acreditar la imputabilidad por culpa o dolo de la causal.Que el procedimiento que se está llevando a cabo es el mismo previsto para el Art. 89, del Reglamento de Contrataciones, encontrándose justificado por la publicidad que se dio al acto administrativo de alcance general, o sea, la Resolución n° 803/01.Que a fs. 7, este Organismo ha encuadrado la conducta de los aludidos proveedores en el art. 96 inc. d) ap. 2 del Reglamento de Contrataciones.Que a fs. 8 y 10 toman intervención el señor Asesor General de Gobierno y el señor Fiscal de Estado, prestando su conformidad al procedimiento incoado y siendo coincidentes en que se publicara la lista en el Boletín Oficial y que se dicte el pertinente acto administrativo mediante el cual se proceda a la eliminación como proveedores del Estado conforme lo previsto por el art. 96°, inc. d), ap. 2) del Reglamento de Contrataciones.Que a fs. 14 luce copia autenticada de la publicación en el Boletín Oficial de la nómina de proveedores precedentemente mencionada.Que a fs. 16 se adjunta la nómina de los proveedores que a la fecha, y habiendo vencido el plazo establecido para la actualización de legajo, no han cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos para dicho trámite.Que es del caso destacar, que en la medida que se presentan proveedores a actualizar su legajo con posterioridad al inicio de estas actuaciones, y, encontrándose completa la documentación que aportaren, se procede a volcar al sistema informático en forma inmediata la respectiva actualización y, posteriormente, archivar los obrados respectivos en el legajo del proveedor.Que es opinión del Registro de Proveedores y Licitado res que corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando a las firmas que se detallan a fs. 16 la sanción de ELIMINACIÓN prevista en el art. 96° inc. d) ap. 2) del Reglamento de Contrataciones por falta de actualización de legajo.Por ello,EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIARESUELVEArtículo 1°: Aplicar a las firmas que se detallan en el ANEXO I, la sanción de ELIMINACIÓN del Registro de Proveedores y Licitadores prevista en el Art. 96°, inc. d), ap. 2) del Reglamento de Contrataciones, por falta de actualización de legajo.Artículo 2°: Regístrese y por la Dirección General de Administración comuníquese a quien corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Fdo: Dr. Mario Oscar Cura-Contador General de la Provincia de Buenos Aires.01251020180702092SANTILLI, CLAUDIO FABIAN01251130504415747CALCATERRA S.A.C.I.F.I. Y C...

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