Varios Publicados en la Fecha 15 de Octubre de 2003

POR 10 DIAS. - Juicio Palavecino Dora Trinidad y otro c/ Díaz Angel Pablo y otro s/ Daños y Perjuicios, Expte. Nº 3546/01. En los autos del rubro que tramitan por este Juzgado Civil y Comercial Común de la Quinta Nominación, Centro Judicial Capital, titular Dra. Viviana Calzetta de Vidal, Secretaría Va., a cargo de la autorizante Proc. María Ester García, domicilio en Pasaje Vélez Sarfield Nº 450 de esta Ciudad Capital, se ha dispuesto librar a Ud. el presente oficio, a fin de que, por intermedio de quien corresponda, se sirva dar cumplimiento con la providencia que a continuación se transcribe: “San Miguel de Tucumán, 6 de diciembre de 2001. Por presentado, con los recaudos legales acompañados, y constituido domicilio legal, téngase a la letrada compareciente en el carácter invocado a mérito de la copia de poder general adjuntada, y désele intervención. Atento lo solicitado y conforme lo previsto en el art. 268 del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos.- Líbrense los oficios exigidos por la ley 6314, otorgándose al peticionante un plazo de treinta días para acreditar el diligenciamiento de los mismos, Cítese a los demandados a fin de que dentro del perentorio término de quince días, se apersonen a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de rebeldía.- En el mismo acto, córraseles traslado de la demanda para que la contesten dentro de igual término.- Notifíquese personalmente.- A fin de la notificación de Raúl Aníbal Rosilio, líbrese oficio ley 22172 haciéndose constar que se designa diligenciador al letrado Antonio DanieI Bustamante y/o a quien él designe. Lunes y jueves para las notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de feriado. Fdo. Dra. Viviana Calzetta de Vidal, Juez.- San Miguel de Tucumán, 7 de agosto de 2003. Agréguese y téngase presente. Atento lo solicitado y constancias obrantes en autos, publíquense edictos en el Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires y por el plazo de diez días, la Providencia de fecha 6 de Diciembre de 2001, haciéndose constar en los mismos, el nombre de los autos del rubro, Previamente, desígnese letrado diligenciador del oficio ley 22172 a librarse.- Fdo. Dra. Viviana Calzetta de Vidal, Juez, “San Miguel de Tucumán, 3 de septiembre de 2003.- Téngase presente, y como designado letrado diligenciador al oficio ley 22172 ordenado en la providencia de fs. 81, a Antonio Daniel Bustamante y/o quién éste designe. - El oficio ordenado, se deberá tramitar libre derechos por actuar el actor con el beneficio para litigar sin gastos . - Fdo.: Dra. Viviana Calzetta de Vidal, Juez. C.C. 7.833 - oct. 6 v. oct.17 POR 5 DIAS. - La Fiscalía de Cámara del DepartamentoJudicial de La Matanza, Unidad Funcional de Instrucción N° 2, a cargo del Dr. Claudio Daniel Polero, sita en la calle Florencio Varela N° 2601 de la localida de San Justo, Partido de La Matanza, en autos que llevan el N° 174357 cita y emplaza a MIGUEL ANGEL CABALLERO con D.N.I. N° 31.696.095 sobrenombres y apodos: no posee, edad 17 años, estado civil soltero, profesión u ocupación albañil, nacionalidad argentino, fecha de nacimiento 18-6-85, nacido en Resistencia, Prov. del Chaco, actualmente domiciliado en el Barrio La Salada, en Laprida s/n. Esquina San Juan, de la Localidad de Ingeniero Budge, Pdo. de Lomas de Zamora, cuyo domicilio anterior lo fue en Resistencia, prov. del Chaco, condiciones de vida acorde a su actividad, si sabe leer y escribir si sabe, nombre y apellido del padre Claudio Omar Caballero (f), nombre y apellido de la madre Beatriz Mercedes Avilán, de profesión u ocupación empleada, por el término de cinco días a presentarse a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado enel Art. 129 2° párrafo del C.P.P., se transcribe el auto que lo ordena: Cítese y emplácese a Miguel Angel Caballero y a Ramón Ariel Leguizamón a presentarse a derecho y bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado por el Art. 129 segundo párrafo del C.P.P. - Fdo.: Claudio Daniel Polero Agente Fiscal.- La Matanza, 22 de setiembre de 2003.C.C. 7.957 - oct. 8 v.oct. 15POR 5 DIAS. - La Fisalía de Cámara del Departamento Judicial La Matanza, Unidad Funcional de Instrucción N° 2, a cargo del Dr. Claudio Daniel Polero, sita en la calle Florencio Varela N° 2601 de la localidad de San Justo, Partido de La Matanza, en autos que llevan el N° 174357, cita y emplaza a RAMON ARIEL LEGUIZAMON con D.N.I. 29.929.380 sobrenombres y apodos: no posee, edad, 19 años, estado civil soltero, profesión u ocupación ayudante de panadero, nacionalidad argentino, fecha de nacimiento 26-7-83, nacido en Puero Tirol, Prov. del Chaco, actualmente domiciliado en Barrio Las Antenes, Pdo. de La Matanza, cuyo domicilio anterior lo fue siempre vivio en el mismo lugar, condiciones de vida acorde a su actividad, si sabe leer y escribir no sabe, nombre y apellido del padre Miguel Alcides Leguizamón, ocupación: Ladrillero, nombre y apellido de la madre Norma Beatriz Caballero, de profesión u ocupación ama de casa, por el término de cinco días a presentarse a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado en el Art. 129 2° párrafo del C.P.P., se transcribe el auto que lo ordena: Cítese y emplácese a Miguel Angel Caballero y a Ramón Ariel Leguizamón a presentarse a derecho y bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado por el Art. 129 segundo párrafo del C.P.P. - Fdo.: Claudio Daniel Polero Agente Fiscal. - La Matanza, Secretaría 22 de setiembre de 2003.C.C. 7.958 - oct. 8 v. oct. 15POR 5 DIAS. - La Fiscalía de Cámara del Departamento Judicial La Matanza, Unidad Funcional de Instrucción N° 5 a cargo del Dr. Gustavo Banco, sita en la calle Florencio Varela N° 2601 de la localida de San Justo, Partido de La Matanza, en autos que llevan el N° 161841, cita y emplaza a JUAN CARLOS GONZALEZ a presentarse a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado en el Art. 129 2° párrafo del C.P.P. Se transcribe el auto que lo ordena: San Justo, 29 de setiembre de 2003. Cítese y emplácese a Juan Alberto González a presentarse a derecho y bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, conforme lo normado por el Art. 129 segundo párrafo del C.P.P. La Matanza, Secretaría 29 de setiembre de 2003. - Sandra R. Ramírez, Secretaria.C.C. 7.960 - oct. 8 v. oct. 15POR 5 DIAS. - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Rodolfo M. Lanza. Cita y emplaza, por el término de cinco días a MIGUEL ANGEL PINO CASTILLO, a estar a derecho (artículo 129 del código de Procedimiento Penal). El presente se libra en causa N° 1632/1 del registro del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, seguida a Miguel Angel Pino Castillo en orden al delito de tenencia ilegal de arma y municiones de guerra, resistencia a la autoridad abuso de arma. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Bánfield, 23 de setiembre de 2003. En atención a lo que surge de los informes de fojas 126 vta. y 138 vta. y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P. Se cita y emplaza al encausado Miguel Angel Pino Castillo, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Fdo.: Rodolfo M. Lanza, Presidente del Tribunal, ante mí: Pablo R. Díaz Lacava, Secretario. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal. - Secretaría, 23 de setiembre de 2003.C.C. 7.963 - oct. 8 v.oct. 15POR 5 DIAS. - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Rodolfo M. Lanza, Cita y emplaza, por el término de cinco días a JOSE LUIS SANTANA, a estar a drecho (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal). El presente se libra en causa N° 210/1 del registro del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, seguida a José Luis Santana en orden al delito de robo atentado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Bánfield, 25 de setiembre de 2003. En atención a lo que surge de los informes de fojas 121 vta. y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado José Luis Santana, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Fdo.: Rodolfo M. Lanza, Presidente del Tribunal, ante mí: Pablo R. Díaz Lacava, Secretario. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde (artículo 129 del Código de Procedimiento Penal). - secretaría, 25 de setiembre de 2003.C.C. 7.965 - oct. 8 v. oct. 15POR 5 DIAS. - Por disposición del Sr. Juez Dr. Manuel Barreiro, titular del Juzgado en lo Correccional N° 6 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Secretaría Unica, dirijo a Ud. El presente en la Cusa N° 423, seguida a MEIOJAS WALTER MOISES en orden al delito de Amenazas, a fin de solicitarle tenga a bien ordenar la publicación del edicto que a continuación y como recaudo legal se transcribe. - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a Meiojas Walter Moisés, DNI. 13.481.397, hijo de León y Marta María Spagnuolo, nacido el 27 de diciembre de 1957, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado “ut supra” a estar a derecho en la causa N° 423, seguida a Meiojas Walter Moisés en orden al delito de Amenazas. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 26 de setiembre de 2003. En atención a lo que surge del informe de fs. 148 y en razón de ignorarse el domicilio de en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines...

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