Varios Publicados en la Fecha 14 de Diciembre de 2009

CASA CENTRAL C.C.POR 5 DÍAS - El señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 10 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, José Ignacio Polizza, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días a SERGIO MANUEL MEZA SÁNCHEZ, a estar a derecho (Art. 129 del Código Procesal Penal) en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 1-015894-08, seguida al nombrado en orden al delito de robo calificado por el empleo de arma de fuego. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 26 de noviembre de 2009. Teniendo en cuenta lo informado a fs. 68 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el Art. 129 del C.P.P., se cita y emplaza al encausado Sergio Manuel Meza Sánchez, por el término de cinco días, para que comparezca ante este Tribunal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, a tales efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental. José Ignacio Polizza, Juez. Secretaría, 26 de noviembre de 2009. Jimena A. Tino. Auxiliar Letrada.C.C. 14.571 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a JOSÉ LUIS ALBERTO GÓMEZ BARREIRA, con último domicilio en Barrio Presidente Mitre, Casa 110, de la localidad y Partido de Capital Federal, por el plazo de tres (3) días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 1.782, que se le sigue por resistencia a la autoridad y daño calificado, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 17 de noviembre de 2009… desconociéndose el actual domicilio del co-imputado de autos José Luis Alberto Gómez Barreira, citéselo por edicto que se publicará por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo (Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.). Andrea C. Pagliani, Juez. Ante mí: E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 17 de noviembre de 2009. Estanislao Osores Soler. Secretario.C.C. 14.568 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a JUAN RAMÓN LÓPEZ, argentino, nacido en Residencia (Chaco) el día 10 de junio de 1982, hijo de Juan Rubén y de Rosa Alvarez, último domicilio conocido en calle Rademil s/Nº, Barrio 9 de Julio, de San Nicolás, por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 26 de febrero de 2003. Autos y Vistos: … y Considerando: … Resuelvo: Sobreseer en la presente I.P.P. Nº 50296, a Juan Ramón López, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, por el delito de tentativa de robo, en los términos del Art. 164 en relación con el 42 del Código Penal, de conformidad con el Art. 323 inc. 4º del C.P.P. Ricardo Prati, por licencia comunicada de la Titular. Cristian A. Pérez. Secretario.C.C. 14.561 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - En la causa Nº 4/63.193 caratulada “Paso, Cristina Raquel su Denuncia en Dolores” de trámite por ante este ex Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Federico Omar Marasco, del Dpto. Judicial Dolores, a los efectos de proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a EDUARDO DANIEL FRINO Y ESTER ROSARIO VARAS, con último domicilio conocido en José Ingenieros 210 de Beccar, la resolución cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Dolores, 27 de abril de 2009. Autos y vistos: Considerando: Por ello, Resuelvo: Declarar extinguida por la prescripción operada la acción penal en esta causa Nº 4/63.193, seguida a Eduardo Daniel Frino y Ester Rosario Varas por el delito de infracción al Art. 173 inc. 2 del C.P. en San Bernardo, por el transcurso del tiempo, conforme lo normado por los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 67 y 173 inc. 2º del Código Penal. Regístrese, Notifíquese. Fdo. Carlos E. Colombo, Juez”. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: “Dolores, 3 de septiembre de 2009. No habiendo sido posible notificar a Eduardo Daniel Frino y Ester Rosario Varas del auto de fs. 188/190 que dispone la extinción de la acción penal por prescripción, procédase a notificarlos mediante edicto judicial. Fdo. Dra. Laura I. Elías, Juez”.C.C. 14.573 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la Ciudad mencionada, notifica a JUAN PABLO ESQUIVEL, DNI.: 29.635.942, argentino, nacido en Rosario (Provincia de Santa Fe), el día 20 de febrero de 1982, hijo de Carlos Romualdo y de Marta Teodora Gómez, siendo su últimos domicilios conocidos en: calle Mitre 321 y/o Sánchez Nº 885, Barrio 25 de Mayo, ambos de San Nicolás; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se trasncribe a continuación: “San Nicolás, 11 de noviembre de 2009. Autos: y Vistos:. Y Considerando: Resuelvo: I) Declarar prescripta la acción penal en la presente causa Nº 77140/04, y en consecuencia Sobreseer Totalmente a Juan Pablo Esquivel, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, por el delito de robo en gardo de tentativa, Arts. 164 y 42 del Código Penal, de conformidad con el Art. 323 inc. 1º del C.P.P.. Fdo. María Laura Vázquez”. Dr. Cristian A. Pérez, Secretario.C.C. 14.564 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3, del Departamento Judicial de Junín, Dr. Jorge Ariel Cóppola, hace saber que en las actuaciones registradas bajo el Nº 492/09, caratuladas: “Vázquez Jorge Luis s/ Robo”, ha dictado la siguiente resolución: “Junin, 24 de noviembre de 2009. Autos y vistos: y Considerando: Resuelvo: 1) Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, durante cinco días, a fin de notificar a JORGE LUIS VÁZQUEZ, argentino, nacido el 15 de agosto de 1986, en José C. Paz, DNI. Nº 32.618.109, albañil, sin apodo, hijo de Jorge Vázquez y de Catalina Domínguez, último domicilio en Pirovano y Agrelo, de José C. Paz, que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 338 del C.P.P., se dispuso su citación a juicio, a fin de que interponga las recusaciones que estime pertinente y ofrezca las pruebas que pretende usar en el debate. Asimismo, hacer conocer al nombrado que deberá concurrir a la sede de este Juzgado Correccional Nº 3, calle Mayor López Nº 2, subsuelo del edificio de Tribunales de Junín, dentro del término de 15 días desde la última publicación del edicto a estar a derecho bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, será declarado Rebelde. Arts. 129, 303 y ccs. del CPP. 2) Notifíquese y firme, líbrense los correspondientes edictos. Firmado: Dr. Jorge Ariel Cóppola, Juez. Ante mí: Dra. Karen Gallinari, Secretaria”.C.C. 14.588 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - En la Investigación Penal Preparatoria Nº 15-00-43790-08, caratulada “Domínguez Carlos Javier s/ Portación de Arma de Guerra”, que tramita por ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 12 del Departamento Judicial de San Martín, sita en Avda. Ricardo Balbín Nº 1753, piso 11 del edificio tribunalicio, de la Localidad y Partido de Gral. San Martín, interviniendo el Juzgado de Garantías Nº 3 del mismo Departamento Judicial a cargo del Dr. Mariano Grammático se cita y emplaza por el término de cinco días al imputado DOMÍNGUEZ, CARLOS JAVIER, argentino, instruido, DNI. 14.044.495 con último domicilio conocido en la calle “Barrio del Dr. Rene Favaloro, manzana 47, casa 3 de la Localidad de José C. Paz, a fin que comparezca a la sede de esta Fiscalía con el objeto de cumplimentar reconocimiento en fila de personas respecto del mismo, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de ser declarado Rebelde y solicitarse su Captura. Se expide el presente en la Ciudad de San Martín, a los 24 días del mes de noviembre de 2009. Karina Alexandra Carbonella, Agente Fiscal.C.C. 14.584 / dic. 7 v. dic. 14POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica en causa Nº 8191 la resolución que a continuación se trancribe: “Mar del Plata, 26 de noviembre de 2009. Es por ello que Resuelvo: I) Tener presente el planteo de nulidad impetrado ante el Tribunal Provincial de Casación Penal por la Defensa Particular, contar la cédula de notificación dirigida a esa Defensa notificándosela del fallo dictado por ante esa instancia. Arts. 201 y sstes. CPP. II) En consecuencia, no hallándose aún firme la sentencia dictada en este proceso, declarar las nulidad de todo lo actuado en esta etapa de ejecución penal en el presente proceso, por no darse aún los presupuestos legales de intervención del suscripto en el mismo, nulidad abarcativa del auto de fs. 83/84 y todo lo actuado en consecuencia. Arts. 31 y sstes., 201 y sstes., 497 y sstes. CPP. III) En función de lo expuesto, comuníquese a las autoridades a las que se comunicará el fallo aquí recaido lo dispuesto en el presente auto, librándose a dichos fines oficio al Ministerio de Seguridad de la Prov. de Buenos Aires, al Registro Civil de las Personas, a la Cámara Electoral Nacional y al Patronato de Liberados Provincial, Publicándose la parte dispositiva de la presente resolución en el Boletín Oficial. IV) Téngase el aporte efectuado a fs. 94 por el aquí causante como pago adelantado de las costas del proceso, dado el carácter de sentencia no firme del auto dictado en la presente, sin perjuicio de lo que corresponda resolverse al respecto de recaer sentencia absolutoria en...

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